Norma Legal Oficial del día 18 de marzo del año 2013 (18/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, lunes 18 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES

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Huancavelica, Pasco, MORDAZA e Ica senalados en los Anexos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9 de la presente resolucion, son considerados de alto riesgo y muy alto riesgo, por lo que su remediacion es de caracter prioritaria; siendo necesario realizar el cierre de los mismos mediante la ejecucion de proyectos de cierre de pasivos ambientales mineros tales como Proyecto "Relavera Ticapampa" ubicado en la region MORDAZA, Proyecto "Acombamba", Proyecto "Lichicocha" y Proyecto "Pacococha", ubicados en la region MORDAZA, Proyecto "Chugur" ubicado en la region MORDAZA, Proyecto "Santa MORDAZA 2" ubicado en la region Huancavelica, Proyecto "Azulmina" ubicado en la region Pasco, Proyecto "Delta Upamayo y Rio San Juan" ubicado entre las regiones de Pasco y MORDAZA y Proyecto "Saramarca" ubicado en la region Ica; Que, es preciso indicar que Estado participara parcialmente respecto a la remediacion de los pasivos ambientales del proyecto denominado MORDAZA Upamayo y Rio San MORDAZA, conforme lo establece la Resolucion Ministerial Nº 284-2012-MEM/DM; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25962, Ley Organica del Sector Energia y Minas, y en uso de las facultades conferidas en el literal j) del articulo 103º del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 031- 2007-EM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DISPONER que, excepcionalmente y en funcion de la debida tutela del interes publico, el

Estado asuma la remediacion de los pasivos ambientales mineros de los proyectos de remediacion "Relavera Ticapampa", "Acombamba", "Lichicocha", "Pacococha", "Chugur", "Santa MORDAZA 2", "Azulmina", "Delta Upamayo y Rio San Juan" y "Saramarca", ubicados en las regiones de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, Pasco, MORDAZA e Ica, respectivamente, calificados de alto riesgo y de muy alto riesgo, conforme figuran en los Anexos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9 de la presente resolucion. Articulo 2º.- ENCARGAR a la empresa estatal Activos Mineros S.A.C. para que ejecute la remediacion de los pasivos ambientales mineros senalados en el articulo 1º de la presente resolucion, en cumplimiento de lo senalado en el articulo 11º del Decreto Legislativo Nº 1100. Articulo 3º.- En caso se identificara a los responsables de los pasivos ambientales mineros materia de la remediacion ambiental encargada a la Empresa estatal Activos Mineros S.A.C., esta podra iniciar las acciones legales correspondientes para ejercer el derecho de repeticion contra dichos responsables, a fin de exigir la devolucion del monto gastado mas los intereses de ley, el mismo que sera empleado para posteriores remediaciones de pasivos ambientales mineros; sin perjuicio de las acciones civiles y penales que proceda iniciar. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentacion por publicar se recibira en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicacion debera adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposicion, con o sin anexo, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. 6.- Las cotizaciones se enviaran al correo electronico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener mas de 1 pagina o de incluir MORDAZA se cotizara con originales. Las cotizaciones tendran una vigencia de dos meses o segun el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCION

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