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El Peruano Miércoles 29 de mayo de 2013 495640 Agricultura, remite el Informe Nº 010-2013-AG-DGCA- DA/CLM, de su Dirección de Agronegocios, en el que se concluye que es necesario actualizar la designación de los representantes del Ministerio de Agricultura, ante la Comisión Nacional de Promoción del Biocomercio, creada mediante Decreto Supremo Nº 009-2010-MINCETUR, y propone a sus reemplazantes; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; y el Decreto Supremo Nº 009-2010-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor César Armando Romero, ex Director de la Dirección de Agronegocios de la Dirección de Competitividad Agraria, y de la señora Marly Cristina López Rengifo de Sarmiento, Especialista de la Cadena de Cultivos Orgánicos de la Dirección de Promoción de la Competitividad de la Dirección General de Competitividad Agraria, como representantes titular y alterno, respectivamente, ante la Comisión Nacional de Promoción del Biocomercio, creada por Decreto Supremo Nº 009-2010-MINCETUR, en representación del Ministerio de Agricultura. Artículo 2.- Designar al Director de la Dirección de Agronegocios y al Director de la Dirección de Promoción de la Competitividad, de la Dirección General de Competitividad Agraria, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de Agricultura, ante la Comisión Nacional de Promoción del Biocomercio, creada por Decreto Supremo Nº 009-2010-MINCETUR. Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución a la Secretaría Técnica de la Comisión Nacional de Promoción del Biocomercio, y a los representantes y ex representantes mencionados, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Agricultura 942672-3 AMBIENTE Disponen la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba el Procedimiento Administrativo para el Control de Mercancías Restringidas elaborado en el ámbito de la Ley Nº 29811 y su Reglamento RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 156-2013-MINAM Lima, 27 de mayo de 2013 Visto, el Informe N° 105-2013-DGDB/VMDERN/ MINAM de la Dirección General de Diversidad Biológica del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, que contiene el Informe N° 004- 2013-DGDB-DVMDERN-MINAM/AGUTIERREZ, y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 68º de la Constitución Política del Perú, estipula que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas; Que, la Ley N° 29811, establece la Moratoria al Ingreso y Producción de Organismos Vivos Modifi cados al Territorio Nacional por un periodo de 10 años, con la fi nalidad de fortalecer las capacidades nacionales, desarrollar la infraestructura y generar las líneas de base respecto de la biodiversidad nativa, que permita una adecuada evaluación de las actividades de liberación al ambiente de organismos vivos modifi cados – OVM; Que, según el artículo 33° del Reglamento de la mencionada ley, aprobado por Decreto Supremo N° 008- 2012-MINAM, las entidades responsables del control y vigilancia del ingreso de OVM en los puntos de entrada al país legalmente establecidos, para el cumplimiento del objeto de la Ley N° 29811, en el ámbito de sus competencias, son la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT, para el control aduanero; el Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA, para las mercancías que son plantas y productos vegetales y animales, y productos de origen animal capaces de introducir o diseminar plagas y enfermedades; y, el Instituto Tecnológico Pesquero, hoy Instituto Tecnológico de la Producción – ITP, respecto de los recursos hidrobiológicos; Que, asimismo, la Sexta Disposición Complementaria Final del citado Reglamento, señala que el Ministerio del Ambiente aprobará mediante Resolución Ministerial y en el marco de sus competencias, las normas complementarias necesarias para la mejor aplicación de la norma; Que, de acuerdo al documento del visto, las disposiciones referidas al control de ingreso de OVM al territorial nacional, contenidas en el Reglamento de la Ley N° 29811, requieren ser complementadas siendo necesario aprobar el procedimiento para la recepción de declaraciones juradas, muestreo de embarques, tomas de muestras de análisis en puntos de ingreso y en laboratorios autorizados o acreditados, así como las disposiciones referidas al ingreso o rechazo de mercancías; Que, en ese contexto, el Ministerio del Ambiente ha elaborado, en coordinación con SENASA, ITP, SUNAT y el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, un Proyecto de Resolución Ministerial que aprueba el Procedimiento Administrativo para el Control de Mercancías Restringidas, en el ámbito de la Ley N° 29811 y su Reglamento; propuesta que, previa a su aprobación, debe ser sometida a consulta pública, con la fi nalidad de contar con las sugerencias y/o comentarios de los interesados, conforme lo establece el artículo 39° del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM; por lo que, corresponde emitir la presente resolución; Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, de la Secretaría General, de la Dirección General de Diversidad Biológica y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29811, Ley que Establece la Moratoria al Ingreso y Producción de Organismos Vivos Modifi cados al Territorio Nacional por un Período de 10 Años, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2012-MINAM; el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, y el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la publicación del Proyecto de Resolución Ministerial que aprueba el Procedimiento Administrativo para el Control de Mercancías Restringidas, elaborado en el ámbito de la Ley N° 29811 y su Reglamento, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución. Dicha publicación, para fi nes de Consulta Pública, se realizará en el Portal Web institucional del Ministerio del Ambiente (http://www.minam.gob.pe/consultas_publicas), a fi n de conocer las sugerencias y/o comentarios de los interesados, por un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 2º.- Las sugerencias y/o comentarios sobre el proyecto normativo señalado en el artículo 1° de la presente resolución, deberán ser remitidas, por escrito, al Ministerio del Ambiente, cuya sede se encuentra ubicada en la Avenida Javier Prado Oeste N°