Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2013 (29/05/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 6

495640
Agricultura, remite el Informe Nº 010-2013-AG-DGCADA/CLM, de su Direccion de Agronegocios, en el que se concluye que es necesario actualizar la designacion de los representantes del Ministerio de Agricultura, ante la Comision Nacional de Promocion del Biocomercio, creada mediante Decreto Supremo Nº 009-2010-MINCETUR, y propone a sus reemplazantes; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de Funcionarios Publicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; y el Decreto Supremo Nº 009-2010-MINCETUR; SE RESUELVE: Articulo 1.- Dar por concluida la designacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de la Direccion de Agronegocios de la Direccion de Competitividad Agraria, y de la senora Marly MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, Especialista de la Cadena de Cultivos Organicos de la Direccion de Promocion de la Competitividad de la Direccion General de Competitividad Agraria, como representantes titular y alterno, respectivamente, ante la Comision Nacional de Promocion del Biocomercio, creada por Decreto Supremo Nº 009-2010-MINCETUR, en representacion del Ministerio de Agricultura. Articulo 2.- Designar al Director de la Direccion de Agronegocios y al Director de la Direccion de Promocion de la Competitividad, de la Direccion General de Competitividad Agraria, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de Agricultura, ante la Comision Nacional de Promocion del Biocomercio, creada por Decreto Supremo Nº 009-2010-MINCETUR. Articulo 3.- Notificar la presente Resolucion a la Secretaria Tecnica de la Comision Nacional de Promocion del Biocomercio, y a los representantes y ex representantes mencionados, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Agricultura 942672-3

El Peruano Miercoles 29 de MORDAZA de 2013

AMBIENTE
Disponen la publicacion del proyecto de Resolucion Ministerial que aprueba el Procedimiento Administrativo para el Control de Mercancias Restringidas elaborado en el ambito de la Ley Nº 29811 y su Reglamento
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 156-2013-MINAM MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2013 Visto, el Informe N° 105-2013-DGDB/VMDERN/ MINAM de la Direccion General de Diversidad Biologica del Viceministerio de Desarrollo Estrategico de los Recursos Naturales, que contiene el Informe N° 0042013-DGDB-DVMDERN-MINAM/AGUTIERREZ, y demas antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 68º de la Constitucion Politica del Peru, estipula que es obligacion del Estado promover la conservacion de la diversidad biologica y de las areas naturales protegidas; Que, la Ley N° 29811, establece la Moratoria al Ingreso y Produccion de Organismos Vivos Modificados al Territorio Nacional por un periodo de 10 anos, con

la finalidad de fortalecer las capacidades nacionales, desarrollar la infraestructura y generar las lineas de base respecto de la biodiversidad MORDAZA, que permita una adecuada evaluacion de las actividades de liberacion al ambiente de organismos vivos modificados ­ OVM; Que, segun el articulo 33° del Reglamento de la mencionada ley, aprobado por Decreto Supremo N° 0082012-MINAM, las entidades responsables del control y vigilancia del ingreso de OVM en los puntos de entrada al MORDAZA legalmente establecidos, para el cumplimiento del objeto de la Ley N° 29811, en el ambito de sus competencias, son la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria ­ SUNAT, para el control aduanero; el Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA, para las mercancias que son plantas y productos vegetales y animales, y productos de origen animal capaces de introducir o diseminar plagas y enfermedades; y, el Instituto Tecnologico Pesquero, hoy Instituto Tecnologico de la Produccion ­ ITP, respecto de los recursos hidrobiologicos; Que, asimismo, la Sexta Disposicion Complementaria Final del citado Reglamento, senala que el Ministerio del Ambiente aprobara mediante Resolucion Ministerial y en el MORDAZA de sus competencias, las normas complementarias necesarias para la mejor aplicacion de la norma; Que, de acuerdo al documento del visto, las disposiciones referidas al control de ingreso de OVM al territorial nacional, contenidas en el Reglamento de la Ley N° 29811, requieren ser complementadas siendo necesario aprobar el procedimiento para la recepcion de declaraciones juradas, muestreo de embarques, MORDAZA de muestras de analisis en puntos de ingreso y en laboratorios autorizados o acreditados, asi como las disposiciones referidas al ingreso o rechazo de mercancias; Que, en ese contexto, el Ministerio del Ambiente ha elaborado, en coordinacion con SENASA, ITP, SUNAT y el Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA, un Proyecto de Resolucion Ministerial que aprueba el Procedimiento Administrativo para el Control de Mercancias Restringidas, en el ambito de la Ley N° 29811 y su Reglamento; propuesta que, previa a su aprobacion, debe ser sometida a consulta publica, con la finalidad de contar con las sugerencias y/o comentarios de los interesados, conforme lo establece el articulo 39° del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Informacion Publica Ambiental y Participacion y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM; por lo que, corresponde emitir la presente resolucion; Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estrategico de los Recursos Naturales, de la Secretaria General, de la Direccion General de Diversidad Biologica y de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29811, Ley que Establece la Moratoria al Ingreso y Produccion de Organismos Vivos Modificados al Territorio Nacional por un Periodo de 10 Anos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2012-MINAM; el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, y el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la publicacion del Proyecto de Resolucion Ministerial que aprueba el Procedimiento Administrativo para el Control de Mercancias Restringidas, elaborado en el ambito de la Ley N° 29811 y su Reglamento, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Dicha publicacion, para fines de Consulta Publica, se realizara en el MORDAZA Web institucional del Ministerio del Ambiente (http://www.minam.gob.pe/consultas_publicas), a fin de conocer las sugerencias y/o comentarios de los interesados, por un plazo de diez (10) dias habiles, contados a partir de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- Las sugerencias y/o comentarios sobre el proyecto normativo senalado en el articulo 1° de la presente resolucion, deberan ser remitidas, por escrito, al Ministerio del Ambiente, cuya sede se encuentra ubicada en la Avenida MORDAZA MORDAZA Oeste N°

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.