Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE FEBRERO DEL AÑO 2014 (16/02/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 3

El Peruano Domingo 16 de febrero de 2014 517049 PODER EJECUTIVO AGRICULTURA Y RIEGO Aprueban porcentajes máximos para el otorgamiento de viáticos parciales, para el caso de invitaciones que incluyan financiamiento parcial de viajes al exterior del personal del Ministerio de Agricultura y Riego RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0063-2014-MINAGRI Lima, 13 de febrero de 2014 VISTO: El Informe Nº 04-2014-MINAGRI-OA de fecha 10 de febrero de 2014, del Director General de la Ofi cina de Administración del Ministerio de Agricultura y Riego; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, establece que los gastos que por concepto de viáticos ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, serán calculados conforme a la Escala de Viáticos por Zonas Geográfi cas, detallada en el mencionado artículo; Que, el segundo párrafo del artículo 5 de la norma acotada precisa que, sobre la base de la referida Escala de Viáticos, mediante Resolución del Titular de la Entidad, debidamente publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, las Entidades del Sector Público deberán aprobar menores asignaciones por concepto de viáticos, tomando en consideración las facilidades proporcionadas en el lugar de destino, la existencia de fi nanciamiento parcial, duración del viaje por capacitación, entre otras circunstancias, privilegiando la austeridad del gasto fi scal; Que, mediante el Informe Nº 04-2014-MINAGRI-OA de fecha 10 de febrero de 2014, el Director General de la Ofi cina de Administración propone los porcentajes máximos para el otorgamiento de viáticos parciales, para los viajes al exterior del personal del Ministerio de Agricultura y Riego, en virtud a invitaciones que incluyan fi nanciamiento parcial, recomendando la aprobación de dicha propuesta mediante una Resolución Ministerial; Que, estando a lo expuesto en los considerandos precedentes, resulta necesario aprobar los porcentajes máximos para el otorgamiento de viáticos parciales, en función de la escala detallada en el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modifi cado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, para el caso de invitaciones de viajes al exterior del personal del Ministerio de Agricultura y Riego, que incluyan fi nanciamiento parcial; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de los Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley Nº 30048, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; y la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar los porcentajes máximos para el otorgamiento de viáticos parciales, en función de la escala detallada en el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modifi cado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, para el caso de invitaciones que incluyan fi nanciamiento parcial de viajes al exterior del personal del Ministerio de Agricultura y Riego, conforme al siguiente detalle: Financiamiento Parcial Porcentaje máximo de viáticos a) Si cubre alimentación 60% b) Si cubre hospedaje 50% c) Si cubre movilidad local 90% d) Si cubre alimentación y hospedaje 10% e) Si cubre hospedaje y movilidad local 40% f) Si cubre alimentación y movilidad local 50% Regístrese, comuníquese y publíquese. MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Agricultura y Riego 1051211-1 REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN