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El Peruano Domingo 16 de febrero de 2014 517051 distrito capital (municipio provincial), para acciones en el ámbito del distrito respectivo. - Asignación Total: En el caso de las municipalidades provinciales representa la suma de la asignación provincial y la asignación distrital; en el caso de las municipalidades distritales representa la asignación distrital. Artículo 3º.- Otorgamiento a las municipalidades 3.1. Los recursos del FONCOMUN se distribuyen de acuerdo a lo establecido en el artículo anterior y se otorgan conforme a lo previsto en el artículo 11º del Decreto Supremo Nº 060-2010-EF. 3.2. La Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros - PCM comunicará a las municipalidades provinciales el monto transferido para acciones de ámbito provincial, el mismo que será publicado en el portal institucional de la PCM para conocimiento de las municipalidades distritales y de la sociedad civil de la jurisdicción respectiva. Artículo 4º.- Ejecución de la asignación provincial Debido a que la estimación del FONCOMUN tiene carácter anual, al cierre del ejercicio fi scal correspondiente, las municipalidades provinciales deben remitir a la Contraloría General de la República la información referida al destino de los recursos recibidos por concepto de la asignación provincial. Artículo 5º.- Publicación La presente Resolución Ministerial y su respectivo Anexo serán publicados en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas DIAGNÓSTICO DE CONOCIMIENTOS SNIP COMUNICADO DIAGNÓSTICOS DE CONOCIMIENTOS PARA REZAGADOS La Dirección General de Política de Inversiones (DGPI) del Ministerio de Economía y Finanzas, Ente Rector del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP) y la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) realizaron en diciembre de 2013 el Diagnóstico de Conocimientos a los operadores del SNIP. Los Diagnósticos de Conocimientos tienen como objetivo identifi car las brechas de conocimientos de los operadores del SNIP con el fi n de obtener información que permita al Ente Rector, SERVIR y otros actores, defi nir estrategias para el cierre de brechas y el fortalecimiento de las capacidades de los operadores. En ese sentido, atendiendo las solicitudes de quienes no pudieron participar en el Diagnóstico de Conocimientos realizado en diciembre de 2013, la DGPI y SERVIR han aprobado la realización del DIAGNÓSTICO DE CONOCIMIENTOS PARA REZAGADOS el día jueves 20 de febrero de 2014, de acuerdo con la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 024-2014-SERVIR-PE de fecha 14 de febrero de 2014. La relación de las personas que deberán participar del Diagnóstico de Conocimientos para Rezagados se encuentra publicada en el portal de DIAGNÓSTICO de CONOCIMIENTOS (http://www.diagnostico-capacidades.gob.pe). Para mayor información puede escribirnos al correo electrónico diagnostico@servir.gob.pe o comunicarse al 2063370 anexo 3395. Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil Lima, febrero de 2014