Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2014 (16/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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El Peruano MORDAZA 16 de febrero de 2014

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban Indices de Distribucion del Fondo de Compensacion Municipal FONCOMUN para el Ano Fiscal 2014
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 060-2014-EF/15 MORDAZA, 14 de febrero de 2014 CONSIDERANDO: Que, segun el numeral 5 del articulo 196º de la Constitucion Politica del Peru, constituyen rentas de las municipalidades los recursos asignados del Fondo de Compensacion Municipal - FONCOMUN, que tiene caracter redistributivo, conforme a ley; Que, de acuerdo con el articulo 86º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por el Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y modificatorias, los recursos que constituyen el FONCOMUN son el rendimiento del Impuesto de Promocion Municipal, el rendimiento del Impuesto al Rodaje y el Impuesto a las Embarcaciones de Recreo; Que, de acuerdo al articulo 87º del citado Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, el FONCOMUN se distribuye considerando los criterios que MORDAZA determinados por Decreto Supremo con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, con opinion tecnica de la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, asimismo el articulo 88º de la mencionada MORDAZA, establece que los indices de distribucion del FONCOMUN seran determinados anualmente por el Ministerio de Economia y Finanzas mediante resolucion ministerial, debiendo tenerse en cuenta que los recursos mensuales que perciban las municipalidades por dicho concepto no podran ser inferiores al monto equivalente a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias vigentes a la fecha de aprobacion de la Ley de Presupuesto del Sector Publico de cada ano; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 060-2010-EF se aprobaron los criterios, procedimientos y metodologia para la distribucion del FONCOMUN, estableciendo que la asignacion para cada municipalidad provincial y distrital que se determine en funcion a los criterios previstos en dicha MORDAZA, en ningun caso sera menor al monto del FONCOMUN percibido en el ejercicio 2009; Que, el literal b) del numeral 15.5 del articulo 15º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, en concordancia con lo dispuesto en la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Resolucion Ministerial Nº 223-2011-EF/43, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Economia y Finanzas, establece que los indices de distribucion del FONCOMUN son aprobados por el Ministerio de Economia y Finanzas mediante resolucion ministerial, sobre la base de los calculos que para tal efecto

formule la Direccion General de Descentralizacion Fiscal y Asuntos Sociales, considerando los criterios establecidos en el MORDAZA legal correspondiente; Que, en funcion a la informacion proporcionada por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, mediante el Oficio Nº 060-2014-INEI/DTDIS, la Direccion General de Contabilidad Publica, mediante el Memorando Nº 034-2014-EF/51.05, y la Direccion General de Politica Macroeconomica, mediante el Memorando Nº 035-2014EF/60.03, la Direccion General de Descentralizacion Fiscal y Asuntos Sociales ha efectuado los calculos correspondientes para la determinacion de los indices de distribucion del FONCOMUN para el Ano Fiscal 2014, segun lo indicado en el Informe Nº 020-2014EF/64.03; Que, asimismo, la recaudacion de los impuestos que constituyen el FONCOMUN tiene caracter estacional y variable, por lo que resulta conveniente establecer tres series de indices de distribucion de acuerdo a la recaudacion efectiva mensual de estos recursos, con la finalidad de garantizar la aplicacion efectiva del monto minimo establecido en el articulo 88º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal; De conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por el Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y modificatorias, el literal b) del numeral 15.5 del articulo 15º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y el Decreto Supremo Nº 060-2010-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Objeto Aprobar, para el Ano Fiscal 2014, las tres series de Indices de Distribucion del Fondo de Compensacion Municipal ­ FONCOMUN, a nivel de cada municipalidad, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Caracteristicas de las series 2.1. De acuerdo a la recaudacion efectiva del FONCOMUN se aplicaran mensualmente los Indices de Distribucion de una de las tres series: - SERIE A: Sera aplicada si los recursos mensuales del FONCOMUN son menores a 335 millones de Nuevos Soles. - SERIE B: Sera aplicada si los recursos mensuales del FONCOMUN son iguales o mayores a 335 millones de Nuevos Soles pero menores a 373 millones de Nuevos Soles. - SERIE C: Sera aplicada si los recursos mensuales del FONCOMUN son iguales o mayores a 373 millones de Nuevos Soles. 2.2. Cada serie consta de tres rubros: - Asignacion Provincial: que representa la asignacion que recibe la municipalidad provincial para acciones de ambito provincial. - Asignacion Distrital: asignacion que corresponde a las municipalidades distritales, incluido el municipio del

PUBLICACI N OBLIGATORIA DE REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS
Se comunica a todas las Entidades del Sector Publico que, conforme al Decreto Supremo Nº 014-2012-JUS, publicado el 29 de agosto de 2012, los REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS DEBEN PUBLICARSE en el DIARIO OFICIAL EL PERUANO para su VALIDEZ Y VIGENCIA, de acuerdo a lo establecido en los articulos 51º y 109º de la Constitucion Politica del Peru.

LA DIRECCION

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