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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE FEBRERO DEL AÑO 2014 (24/02/2014)

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El Peruano Lunes 24 de febrero de 2014 517475 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Autorizan actualización del Registro Nacional de Municipalidades 2014 RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 049-2014-INEI Lima, 21 de febrero de 2014 Visto el Ofi cio N° 329-2014-INEI/OTED, de la Ofi cina Técnica de Estadísticas Departamentales, solicitando autorización para la actualización del Registro Nacional de Municipalidades 2014. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 27563 se creó el Registro Nacional de Municipalidades, con la fi nalidad de integrar la información estadística de las municipalidades provinciales, distritales y de centros poblados creados con arreglo a ley, el que está a cargo del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI); Que, por Decreto Supremo Nº 033-2002-PCM, se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Municipalidades (RENAMU) y el Directorio Nacional de Municipalidades de Centro Poblado Menor (DINAMUCEP), disponiendo que el INEI estará a cargo de la actualización del Registro Nacional de Municipalidades y establecerá los procedimientos para su actualización anual y permanente; Que, el artículo 15° del indicado Decreto Supremo, precisa que las municipalidades deben remitir al INEI, durante el primer trimestre de cada año, la información correspondiente al periodo enero-diciembre del año anterior. Asimismo, señala que las Unidades de Estadística o el personal encargado de las municipalidades, serán responsables del diligenciamiento de los formularios del Registro y de la veracidad de los datos que se consignan; Que, en esta oportunidad quince (15) preguntas del Registro Nacional de Municipalidades referente al desarrollo económico local, servicios sociales y servicios municipales, han sido incluidas en el cuestionario del Censo Nacional a Gobiernos Regionales y Locales, el cual estará a cargo de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, cuyo diligenciamiento lo efectuará mediante entrevista directa el Evaluador Técnico a la autoridad municipal. Asimismo, dicho evaluador técnico entregará al señor Alcalde, el formulario del Registro para su diligenciamiento; Que, resulta pertinente autorizar la actualización del Registro Nacional de Municipalidades 2014, así como aprobar los formularios correspondientes, fi jando el plazo máximo de entrega de la información; Con la opinión favorable de la Sub Jefatura de Estadística y de la Ofi cina Técnica de Estadísticas Departamentales; Dirección Nacional de Censos y Encuestas; la visación de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; y, SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar, la actualización del Registro Nacional de Municipalidades 2014, actividad que se ejecutará a partir del 17 de marzo de 2014 y estará a cargo de la Ofi cina Técnica de Estadísticas Departamentales; de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas del Instituto Nacional de Estadística e Informática. Artículo 2°.- Aprobar los formularios 01 y 02, que forman parte de la presente Resolución, que serán utilizados para la actualización del Registro Nacional de Municipalidades 2014, y serán remitidos a todas las municipalidades del país, para su diligenciamiento por el Alcalde u otra autoridad municipal que delegue, en la forma siguiente: Formulario 01 (electrónico), dirigido a las municipalidades provinciales y distritales, que será remitido en CD y en versión impresa. El formulario electrónico también se encuentra disponible en la página Web del INEI www.inei.gob.pe. Formulario 02 (impreso), dirigido a las municipalidades de centros poblados. Artículo 3°.- Establecer como plazo máximo de presentación de los formularios, debidamente diligenciados hasta el 28 de abril de 2014, los mismos que serán devueltos al Evaluador Técnico del Censo Nacional a Gobiernos Regionales y Locales que llegue a la Municipalidad, caso contrario remitirlo en el departamento de Lima: al Instituto Nacional de Estadística e Informática y, en los otros departamentos del país, a las Ofi cinas Departamentales de Estadística e Informática del Instituto Nacional de Estadística e Informática, cuyas direcciones se consignan en el Anexo adjunto. Artículo 4°.- Autorizar, a los Directores Departamentales de las Ofi cinas Departamentales de Estadística e Informática del INEI, a efectuar coordinaciones con las autoridades municipales de su jurisdicción, para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 5°.- Precisar, que las municipalidades que incumplan con la presentación de la información solicitada en el plazo establecido, serán pasibles de ser multadas conforme a lo dispuesto por los artículos 87°, 89° y 91° del D. S. Nº 043-2001-PCM. El pago de la multa, no exime a las municipalidades de la obligación de suministrar la información solicitada. Regístrese y comuníquese. ALEJANDRO VILCHEZ DE LOS RIOS Jefe ANEXO REGISTRO NACIONAL DE MUNICIPALIDADES 2014 Lugares de Distribución y Recepción de Formularios INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA E INFORMÁTICA - LIMA SEDE CENTRAL Dirección: Av. Gral. Garzón N° 658, Jesús María - Lima 11 Central Telefónica: 01 - 652-0000 / 203-2640 Anexo 9384, 9385 ó 9386, Directo: 01- 203-9296 Correo electrónico: renamu@inei.gob.pe Ofi cinas Departamentales de Estadística e Informática – ODEIS ODEI AMAZONAS Dirección: Jr. Amazonas Nº 417- Chachapoyas Teléfono: 041 - 477478 / 478129 Correo electrónico: odei-amazonas@inei.gob.pe ODEI ÁNCASH - HUARAZ Dirección: Jr. Dámaso Antúnez Nº 723 Barrio de Belén - Huaraz Teléfono: 043 - 421991 Correo electrónico: odei-huaraz@inei.gob.pe