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El Peruano Lunes 24 de febrero de 2014 517465 ENERGIA Y MINAS Declaran extinguidas servidumbres respecto a predio ubicado en el departamento de Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 085-2014-MEM/DM Lima, 20 de febrero de 2014 VISTO: El Expediente N° 21229013 sobre solicitud de extinción de servidumbre presentada por la Sra. Zenaida Auristela Bueno Cabrera; CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones Supremas N° 40 y Nº 04, de fechas 18 de julio de 1950 y 21 de mayo de 1954, respectivamente, el Ministerio de Fomento y Obras Públicas, actualmente Ministerio de Energía y Minas, autorizó a Empresas Eléctricas Asociadas ejecutar obras para la implantación de Líneas de Transmisión de 64 kV, destinadas a conectar el Tablero General de Distribución de la Central Santa Rosa con el Tablero de Distribución de la Av. Argentina y, la línea que conecta desde la Central Moyopampa hasta la zona de Campoy, punto en que se bifurca al Tablero de Distribución Barsi de la Av. Argentina y Balnearios de Lima, iniciando los trámites respectivos para el establecimiento de servidumbres; Que, en mérito de las Resoluciones Supremas referidas en el considerando que antecede, se extendieron las Escrituras Públicas de fechas 07 de julio de 1952, 28 de noviembre de 1954 y 23 de febrero de 1955, en virtud de las cuales los esposos Sra. Angélica Gamarra Peralta y Sr. Ricardo León Velarde Valcárcel efectuaron, acuerdos contractuales de servidumbre sobre la denominada hacienda “Chavarría” a favor de Empresas Electricas Asociadas, ubicado actualmente en parte del predio sito en el Jr. Isaac Newton Nº 7286, Urb. Sol de Oro, distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima; Que, la Sra. Zenaida Auristela Bueno Cabrera, actualmente propietaria del predio descrito en el considerando anterior, inscrito en la Partida N° 49058152 del Registro de Propiedad Inmueble de la Ofi cina Registral de Lima, mediante el documento ingresado con registro N° 2346730, de fecha 29 de noviembre de 2013, solicitó la extinción de las servidumbres establecidas sobre su predio, manifestando que las descritas líneas de transmisión no cruzan por su propiedad hace más de doce (12) meses; Que, mediante Ofi cio Nº 2531-2013-MEM-DGE, notifi cado el 11 de diciembre de 2013 a OSINERGMIN, se solicitó disponer de una inspección al predio descrito, documento que se atendió mediante Ofi cio Nº 10240- 2013-OS-GFE, ingresado con registro Nº 2355163, adjuntando el Informe de Supervisión Especial Nº 016- 2013/VEN, de fecha 26 de diciembre de 2013, señalando que no existen instalaciones eléctricas en el predio que ocupa la presente Resolución; Que, el literal b) del artículo 119 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, dispone que el Ministerio de Energía y Minas, a pedido de parte o de ofi cio, declarará la extinción de las servidumbres impuestas en caso el propietario del predio sirviente demuestre que la servidumbre permanece sin uso por más de doce meses consecutivos; Que, en mérito a los documentos mencionados en los considerados precedentes, así como el Informe Nº 011-2014-DGE-DCE, de fecha 06 de enero de 2014, resulta procedente declarar extinguida las servidumbres constituidas al amparo de las Resoluciones Supremas Nº 40 y Nº 04, sobre el predio ubicado en el Jr. Isaac Newton Nº 7286, Urb. Sol de Oro, distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar extinguidas las servidumbres constituidas al amparo de las Resoluciones Supremas N° 40 y Nº 04, de fechas 18 de julio de 1950 y 21 de mayo de 1954, respectivamente, respecto al predio ubicado en el Jr. Isaac Newton Nº 7286, Urb. Sol de Oro, distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima, liberándola del referido gravamen. Artículo 2.- La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 1053280-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan autorizaciones a personas naturales para prestar servicios de radiodifusión sonora en localidades de los departamentos de Pasco, Puno y Huánuco RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 074-2014-MTC/03 Lima, 6 de Febrero del 2014 VISTO, el Expediente Nº 2012-084139 presentado por la señora MABEL SEYDA HUAYANAY TRUJILLO, sobre otorgamiento de autorización para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Pallanchacra, departamento de Pasco; CONSIDERANDO: Que, el artículo 14° de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorización, la cual se otorga por Resolución del Viceministro de Comunicaciones, según lo previsto en el artículo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión indica que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de radiodifusión. Además, el citado artículo señala que la instalación de equipos en una estación de radiodifusión requiere de un Permiso, el mismo que es defi nido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o jurídicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusión; Que, el artículo 26º de la Ley de Radio y Televisión establece que otorgada la autorización para prestar el servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración improrrogable de doce (12) meses; Que, el artículo 29º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión indica que para obtener autorización para prestar el servicio de radiodifusión se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la información y documentación que en dicho artículo se detallan; Que, con Resolución Viceministerial Nº 093-2004- MTC/03 y sus modifi catorias, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) para las localidades del departamento de Pasco, entre las