Norma Legal Oficial del día 02 de mayo del año 2014 (02/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano Viernes 2 de MORDAZA de 2014

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y, el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje, en comision de servicios, del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Butters, Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, a la MORDAZA de Bogota, Republica de Colombia, del 9 al 11 de MORDAZA de 2014, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolucion seran con cargo al Presupuesto Institucional del Ministerio de Cultura, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes: Viaticos: US $ 2 033,70 US $ 370,00 (US $ 370,00 x 1 dia)

artes vivas; la gestion cultural e industrias culturales; y, la pluralidad etnica y cultural de la Nacion; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, establece que el Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales esta a cargo del Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, quien es la autoridad inmediata al Ministro de Cultura en materia de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, incluyendo el patrimonio arqueologico y monumental, inmaterial, paleontologico y el fomento cultural; Que, asimismo la Feria Internacional del Libro de Bogota ­ FILBO es el evento de promocion de la lectura y la industria editorial mas importante de Colombia, una de las tres ferias del libro mas importantes de MORDAZA Latina y la primera para la Region Andina; Que, mediante Carta de fecha 17 de MORDAZA de 2012, la Camara Colombiana del Libro cursa invitacion al Ministerio de Cultura, para que el Peru sea el MORDAZA invitado de honor en la XXVII Feria Internacional del Libro de Bogota - FILBO en su edicion 2014; Que, con Oficio N° 83-2013-DM/MC de fecha 23 de MORDAZA de 2013, el Ministerio de Cultura, en el MORDAZA de la invitacion hecha y la importancia de su participacion en dicho evento para el MORDAZA y la industria editorial nacional, confirmo la participacion del Peru en la referida Feria Internacional; Que, a traves del Decreto Supremo N° 012-2014-EF, publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 17 de enero de 2014, se autorizo una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, a fin de atender las acciones que se desarrollaran con motivo de la participacion de la Republica del Peru en la XXVII Feria Internacional del Libro de Bogota ­ FILBO; Que, con fecha 4 de febrero de 2014 se publico en el Diario Oficial "El Peruano", la Resolucion Ministerial N° 036-2014-MC, que declaro de interes institucional la participacion del Peru, a traves del Ministerio de Cultura, en la "XXVII Feria Internacional del Libro de Bogota-FILBO", que se lleva a cabo del 29 de MORDAZA al 12 de MORDAZA de 2014; Que, siendo la Republica del Peru MORDAZA invitado de honor en la XXVII Feria Internacional del Libro de Bogota-FILBO, corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales promover y coordinar la participacion de los Elencos Nacionales, la MORDAZA de las delegaciones y las demas actividades programadas en el MORDAZA de este evento internacional por la Direccion General de Industrias Culturales y Artes y las Direcciones especificas adscritas a dicho Viceministerio; Que, siendo de interes institucional garantizar la coordinacion y desarrollo de las actividades programadas para la MORDAZA del Peru en la XXVII Feria Internacional del Libro de Bogota-FILBO y las relaciones protocolares que corresponden al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, se estima por conveniente autorizar el viaje, en comision de servicios, del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Butters, Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, a la MORDAZA de Bogota, Republica de Colombia, del 9 al 11 de MORDAZA de 2014, encargando el referido Viceministerio en tanto dure la ausencia del Titular; Que, los gastos por concepto de viaticos y pasajes seran cubiertos con cargo al Presupuesto Institucional del Ministerio de Cultura; Que, el articulo 2 del Reglamento de la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que la Resolucion de autorizacion de viaje sera debidamente sustentada en el interes nacional o en el interes especifico de la Institucion y que debera indicarse expresamente el motivo del viaje, el numero de dias, el monto de los gastos de desplazamiento y viaticos; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal a) numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley Nº 30114, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, salvo las excepciones establecidas, tal como la de acciones de promocion de importancia para el Peru, que se autorizan mediante resolucion del titular de la entidad; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Ley Nº 30114, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; Ley Nº 29565, Ley de creacion del Ministerio de Cultura;

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario indicado en el articulo 1º de la presente resolucion, debera presentar ante el Ministerio de Cultura un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas documentada de acuerdo a ley. Articulo 4º.- Encargar las funciones del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales a la senora MORDAZA Jacquelyn Balbuena MORDAZA, Viceministra de Interculturalidad, con retencion de su cargo, a partir del 9 de MORDAZA de 2014 y en tanto dure la ausencia del Titular. Articulo 5º.- El cumplimiento de la presente resolucion no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PULGAR-VIDAL OTAROLA Ministro del Ambiente Encargado de la Cartera de Cultura

1078602-1

SALUD
Aceptan donacion que sera destinada a financiar la atencion de los pacientes del pabellon de quemados del Instituto Nacional de Salud del MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 326-2014/MINSA
MORDAZA, 30 de MORDAZA del 2014 Visto; el Expediente Nº 14-030785-001 que contiene el Informe Nº 073-2014-OGPP-OP/MINSA, de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, se expidio la Resolucion Ministerial Nº 810-2013/MINSA, de fecha 20 de diciembre de 2013 que aprobo el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Ano Fiscal 2014 del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, el articulo 69º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo Nº 304-2012EF establece que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, publicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperacion tecnica no reembolsable, seran aprobadas por Resolucion del Titular de la Entidad consignando la fuente donante y el destino de estos fondos publicos; Que, el literal a) del numeral 42.1 del articulo 42º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, establece que las incorporaciones de mayores fondos publicos que se generen como consecuencia de la percepcion de

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