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El Peruano Sábado 22 de noviembre de 2014 538233 Que, con Informe Técnico Nº 061-2014-DVF-SGCHU- GDU-MSMP del 03/11/2014, el profesional técnico de la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, luego de la evaluación técnica correspondiente precisa que el administrado ha cumplido con la presentación de los documentos y requisitos establecidos según el Texto Único de Procedimientos Administrativos, habiendo adjuntado plano de lotización igual y sin modifi caciones al Plano Nº 058-2012-SGCHU.GDU/MDSMP , aprobado con Resolución Nº 283-2012-SGCHU-GDU/MDSMP de fecha 22-11-2011, así mismo el referido profesional, evalúa la documentación presentada dentro del marco normativo que indica, cumpliendo con presentar la documentación establecida en la normativa vigente, la descripción del terreno que presenta las medidas perimétricas y área como se encuentran inscritas en la SUNARP, la titularidad del inmueble y la fi rma de la documentación por el representante correspondiente, igualmente que se cumple con adjuntar para el caso de los Aportes Reglamentarios, las minutas correspondientes a la transferencia de las áreas de los aportes a favor de la Municipalidad y entidad correspondiente: Minuta de Transferencia a favor de la Municipalidad de San Martín: Parque Nº 2: 3,390m2., Minuta de Transferencia a favor de la Municipalidad de San Martín: Parque Nº 1: 4,076.50 m2., Minuta de Transferencia a favor del Ministerio de Educación: 1,737.00m2 (Mz. K – lote 1) y Minuta de Transferencia a favor de la Municipalidad de San Martín: 601.25 m2 (Mz. L – Lote 1) , y para el pago por défi cit de aportes reglamentario de SERPAR, adjunta Pago de Recibo de SERPAR Nº 009 por S/. 1978.46 y en relación al Défi cit de Aportes Reglamentarios por Recreación Publica y Otros Fines, fueron pagadas de acuerdo a la Valorización Nº 023-2011-SGCHU-GDU-MDSMP de fecha 06-12-2011, acogiéndose al Procedimiento de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada, por lo que en aplicación al artículo segundo párrafo de la Primera Disposición Transitoria de la Ley Nº 26878, le corresponde el pago del 10% del objeto de Regularización, resultando para el presente caso S/. 4041.22 nuevos soles y mediante Recibo de Pago Nº 3312012593, pagando en la tesorería de esta Corporación Municipal. Que, el literal c) del Artículo 13º de la Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones – Ley Nº 29090, al señalar los deberes del titular de la licencia de habilitación urbana, indica que es deber éste: “Solicitar la recepción de obras o la fi nalización de obras al concluir con la ejecución del proyecto de habilitación urbana o de edifi cación”, concordante con el Artículo 19º de la misma norma; Que, del mismo modo, el Reglamento de Licencias de Habilitaciones Urbanas y Licencias de Edifi cación aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2013- vivienda, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 012- 2013-VIVIENDA en su Artículo 36º establece los requisitos y el procedimiento para el trámite de Recepción de Obras de Habilitación Urbana. En el presente caso de acuerdo a lo indicado por el profesional técnico de la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas en su Informe Técnico Nº 061-2014-DVF-SGCHU-GDU-MSMP del 03/11/2014, se trata de una Recepción de Obras sin Variación, por lo que resulta aplicable las disposiciones del numeral 36.2.1) del Artículo 36º del referido Reglamento; disposiciones de las cuales se desprende que el trámite se inicia una vez CONCLUIDAS LAS OBRAS DE HABILITACIÓN URBANA, como ocurre en el presente caso, tal como se desprende de referido Informe Técnico; Que, de acuerdo al Procedimiento Nº 4.3.6 del Texto Único de Procedimientos Administrativo – TUPA de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres – MDSMP, aprobado por Ordenanza Nº 351-MDSMP ratifi cado por Acuerdo de Concejo Nº 2477-MML, publicados el 24/11/2013, la Unidad Orgánica encargada de resolver los trámites de Recepción de Obras de Habilitación Urbana, como el caso de autos, es la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, que debe emitir el acto administrativo correspondiente en concordancia con la Segunda Disposición Final del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la MDSMP, aprobado por Ordenanza Nº 215-MDSMP y modifi catorias, cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 016-2011/MDSMP, publicado en el diario ofi cial El Peruano el 20/07/2011, por el que las subgerencias están facultadas a emitir resoluciones en primera instancia en los asuntos de su competencia, como el caso de autos, debiendo emitirse la resolución correspondiente, aprobando el pedido de Recepción de Obras de Habilitación Urbana; Estando a los fundamentos expuestos, conforme a la normativa indicada y a las atribuciones señaladas, de acuerdo al ROF de la MDSMP, en estricta sujeción a la Constitución Política del Estado, a la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 y a la Ley del Procedimiento Administrativo General – Ley Nº 27444; tal como recomiendan el profesional técnico mediante sus Informes Técnicos indicados y el asesor legal de la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas mediante Informe Nº 075-2014-FEVS-SGCHU-GDU/ MDSMP del 03/11/2014; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el pedido de Recepción de Obras de Habilitación Urbana cuya licencia se aprobó con Resolución de Subgerencia Nº 236-2012-SGCHU- GDU-MDSMP de fecha 11-09-2012, modifi cada con Resolución de Subgerencia Nº 283-2012-SGCHU-GDU- MDSMP de fecha 22-11-2012 y Resolución de Subgerencia Nº 162-2013-SGCHU-GDU-MDSMP de fecha 29-04-2013, ratifi cada con Resolución de Subgerencia Nº 243-2012- MML-GDU-SPHU de fecha 13-12-2012 de la Asociación de Vivienda Las Casuarinas de Santa Rosa del Distrito de San Martin de Porres, de conformidad con el Plano Nº 129-SGCHU.GDU-MDSMP, y Memoria Descriptiva, que forman parte del presente acto administrativo. Artículo Segundo.- DECLARAR CUMPLIDAS LAS OBRAS de Agua Potable y Alcantarillado, Electrifi cación, Pavimentación de Pistas y Veredas, habiéndose respetado el diseño de las obras de acuerdo al cuadro de áreas de acuerdo a la Licencia de Habilitación Urbana, siguiente: CUADRO GENERAL DE AREAS DESCRIPCION AREA AREA BRUTA 85,100.00 AREA UTIL 49,997.76 AREA DE RECREACION PUBLICA 7,466.50 AREA MINISTERIO DE EDUCACION 1,737.00 AREA OTROS FINES 601.25 AREA DE COMPENSACION 529.86 AREA DE VIAS 24,767.63 Artículo Tercero.- DISPONER la independizacion defi nitiva de los lotes en el Registro de Predios de la Zona Registral Nº IX-Sede Lima, con un total de 288 lotes destinados a vivienda, distribuidos en 10 manzanas, tal como consta en el plano aprobado y memoria descriptiva que forma parte de la presente resolución. Artículo Cuarto.- DISPONER la independizacion e inscripción en la SUNARP, a favor del estado bajo la administración de la Municipalidad Distrital de San Martin de Porres, por el aporte reglamentario destinado a Recreación Publica constituido por el terreno de 4,076.50m2 del Parque Nº 01, y del terreno de 3,390.00m2 del Parque Nº 02, así mismo a favor de la Municipalidad de Distrital de San Martin de Porres por el aporte reglamentario destinado a Otros Fines por el terreno de 601.25 m2 y fi nalmente a favor del Ministerio de Educación el terreno de 1,737.00 m2. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano, en el plazo de treinta (30) días a partir de su notifi cación, a cuenta y cargo de la Asociación de Vivienda Las Casuarinas de Santa Rosa del Distrito de San Martin de Porres. Artículo Sexto.- PONER en conocimiento de la presente resolución a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos para efectos de su inscripción registral y a la Municipalidad Metropolitana de Lima, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo Septimo.- NOTIFICAR conforme a Ley, a la Asociación de Vivienda Las Casuarinas de Santa Rosa del Distrito de San Martin de Porres, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CATHERINE DÍAZ VELÁSQUEZ Sub Gerente de Catastro y Habilitaciones Urbanas 1167178-1