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El Peruano Sábado 22 de noviembre de 2014 538218 Artículo 3°.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese. JULIO VELARDE Presidente 1167887-1 CONTRALORIA GENERAL Designan profesionales en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de diversas entidades RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 553-2014-CG Lima, 21 de noviembre de 2014 VISTO, la Hoja Informativa N° 00285-2014-CG/DP, emitida por el Departamento de Personal de la Gerencia Central de Administración de la Contraloría General de la República; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, el Jefe del Órgano de Control Institucional mantiene vinculación de dependencia funcional y administrativa con la Contraloría General, en su condición de Ente Técnico Rector del Sistema, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones; Que, el artículo 19° de la referida Ley N° 27785, modifi cado por la Ley N° 28557, dispone que este Órgano Superior de Control, aplicando el principio de carácter técnico y especializado del control, nombra mediante concurso público de méritos a los Jefes de los Órganos de Control Institucional, y hasta un veinticinco por ciento (25%) de los mismos, por designación directa del personal profesional de la Contraloría General; asimismo, establece que los Jefes de los Órganos de Control Institucional pueden ser trasladados a otra plaza por necesidad del servicio; Que, los literales a), b) y c) del artículo 24° del Reglamento de los Órganos de Control Institucional, aprobado mediante Resolución de Contraloría N° 220- 2011-CG, establecen las modalidades a través de las cuales se efectúa la designación, tales como, por concurso público de méritos, por designación directa del personal profesional de la Contraloría General, de acuerdo a las disposiciones que sobre el particular dicte la Contraloría General, y por traslado en la oportunidad que se considere conveniente; Que, el artículo 26° del Reglamento de los Órganos de Control Institucional establece que los Jefes de los Órganos de Control Institucional designados por la Contraloría General, ejercerán sus funciones en las entidades por un período de tres (03) años. Excepcionalmente, y por razones debidamente fundamentadas y califi cadas podrán permanecer en la entidad por un período menor de tres (03) años o, de ser el caso, un tiempo mayor, el cual no deberá exceder de cinco (05) años; Que, de acuerdo al documento del visto, por convenir a las necesidades del servicio y por razones de interés institucional, resulta necesario disponer acciones de personal respecto a las Jefaturas del Órgano de Control Institucional de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Pisco, de la Dirección Regional de Salud Madre de Dios, de la Dirección Regional de Educación Cusco, de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, de la Municipalidad Provincial de Pisco, de la Municipalidad Provincial de La Convención, de la Municipalidad Provincial de Andahuaylas, de la Municipalidad Provincial de Puno, de la Municipalidad Provincial de Tambopata, de la Municipalidad Distrital de Jesús María, de la Municipalidad Provincial de Ilo, de la Municipalidad Provincial de Tacna, del Gobierno Regional Junín, y del Gobierno Regional Huancavelica; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32° de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y modifi catorias y conforme a lo dispuesto en el Reglamento de los Órganos de Control Institucional, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 220-2011-CG; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de los profesionales que se detallan a continuación: Nombre y Apellidos D.N.I Entidad Rosa Margarita del Milagro Casas Pereyra 21565078 Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Pisco Rosario Haydee Luna de Sánchez 03682911 Dirección Regional de Salud Madre de Dios Marco Antonio Torres Morales 07010660 Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho Ronald Wilson Palomino Sulca 28277111 Gobierno Regional Junín Luis César Suárez Cóndor 07363826 Gobierno Regional Huancavelica Artículo Segundo.- Designar en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional, a los profesionales que se detallan a continuación: Nombre y Apellidos D.N.I Entidad Rosa Margarita del Milagro Casas Pereyra 21565078 Municipalidad Provincial de Pisco Ander Cruz Torres 40556268 Municipalidad Provincial de La Convención Pedro Meza Peña 31037630 Municipalidad Provincial de Andahuaylas Evelina Elisa Marca Colana 04417926 Municipalidad Provincial de Ilo Blanca Gladys Ayca Bazán 00412876 Municipalidad Provincial de Tacna Leoncio Roberto Medina Llerena 29579804 Municipalidad Provincial de Puno Rosario Haydee Luna de Sánchez 03682911 Municipalidad Provincial de Tambopata José Antonio Vargas Urlich 08787622 Municipalidad Distrital de Jesús María Fidel Iván Andrade Quiroz 32124391 Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho Luis César Suárez Cóndor 07363826 Gobierno Regional Junín Ronald Wilson Palomino Sulca 28277111 Gobierno Regional Huancavelica José Víctor Torres Peñarrieta 42924086 Dirección Regional de Educación Cusco Marko Ortega Pineda 29422917 Dirección Regional de Salud Madre de Dios Artículo Tercero.- Las acciones de personal dispuestas en los artículos precedentes tendrán efectividad en el día de la publicación de la presente Resolución, sin perjuicio del procedimiento de entrega – recepción de cargo correspondiente. Artículo Cuarto.- Los profesionales a que se refi ere el artículo segundo de la presente Resolución mantendrán su plaza de origen, teniendo derecho a percibir la asignación por responsabilidad, respecto del nivel y categoría del cargo, de acuerdo a lo previsto en la Resolución de Contraloría N° 262-2011-CG, durante el ejercicio efectivo del cargo, de ser el caso. Artículo Quinto.- El Titular de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Pisco deberá garantizar el normal desarrollo de las actividades del Órgano de Control Institucional, disponiendo el encargo de las funciones de la jefatura a un profesional que reúna los requisitos establecidos en el artículo 25° del Reglamento de los