Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 2014 (30/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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Nº 423-2014-SIS/OGPPDO aprueba la Certificacion de Credito Presupuestario Nº 1075-2014 por la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados y la Certificacion de Credito Presupuestario Nº 1076-2014 por la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios, para el pago de las prestaciones de salud, informando a la vez que existe disponibilidad presupuestal para la distribucion de las transferencias; Contando con el visto de la Secretaria General, de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Gerencia de Riesgos y Evaluacion de las Prestaciones, de la Oficina General de Administracion de Recursos, de la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y con la opinion favorable de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 12.2 del articulo 12 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar la Transferencia total para las Unidades Ejecutoras por la suma de VEINTIOCHO MILLONES CIENTO SETENTA Y OCHO MIL VEINTISEIS CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/.28,178,026.00) con cargo a las MORDAZA de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios y 09: Recursos Directamente Recaudados, correspondiente al mes de setiembre 2014, detallada en los Anexos 01 y 02, que forman parte integrante de la presente Resolucion Jefatural.
ANEXO 01: 00-Recursos Ordinarios Total S/. 27,818,078.00 Pago Preliquidado S/. 4,256,341.00 Pago Capita Cumplimiento de Indicadores II Trimestre 2014 S/. 19,292,678.00 Prestaciones Tarifadas S/. 214,443.00 Prestaciones No Tarifadas S/. 4,054,616.00 Total Prestaciones Tarifadas Prestaciones No Tarifadas TOTAL GENERAL S/. S/. S/. 359,948.00 332,958.00 26,990.00

El Peruano Martes 30 de setiembre de 2014

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Declaran fundado recurso de reconsideracion interpuesto contra la Res. Nº 049-2014-OS/GART por Electronorte S.A.
RESOLUCION DE GERENCIA ADJUNTA DE REGULACION TARIFARIA ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 063-2014-OS/GART MORDAZA, 26 de setiembre de 2014 CONSIDERANDO: 1. ANTECEDENTES Que, el 2 de agosto de 2014 fue publicada en el diario oficial El Peruano la Resolucion OSINERGMIN Nº 049-2014-OS/GART (en adelante el "Resolucion 049"), mediante la cual se aprobaron los costos administrativos y operativos del FISE de las Empresas de Distribucion Electrica en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balon de gas, correspondientes al mes de MORDAZA de 2014; Que, con fecha 18 de agosto de 2014, la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Norte S.A. ­ Electronorte S.A. (en adelante "Electronorte"), interpuso recurso de reconsideracion contra la Resolucion 049. 2. EL RECURSO DE RECONSIDERACION Que, la recurrente solicita reconsiderar el reconocimiento de gastos administrativos y operativos del FISE de los formatos FISE 12A y 12B, correspondientes al mes de MORDAZA de 2014 por los montos de S/. 3,425.425 y S/. 3,634.40, respectivamente. 2.1. ARGUMENTOS DE LA RECURRENTE Que, indica la recurrente que mediante la Resolucion 049 se aprobaron los gastos administrativos correspondientes a su representada, por un monto total de S/. 340,874.96. No obstante, existe un error material en cuanto al formato FISE 12A del item 11, Actividades extraordinarias del Ordenamiento y File de Beneficiario ­ MORDAZA 2014 ­ CIX MORDAZA Contratistas Generales de la UUNN MORDAZA, donde declaro como costo unitario S/. 0.295, debiendo ser el costo correcto S/. 1.475, por lo que el monto total a reconocer asciende a S/. 3,426.425. Asimismo, senala que en el Formato 12B del item 6, Actividades extraordinarias de la custodia y administracion por cada file de beneficiarios de la UUNN Chiclayo, existe un error material al haber declarado la cantidad de 37,288 con un costo unitario de S/. 0.0826 y un monto total de S/. 3,079.99, cuando la cantidad correcta debio haber sido 44,000 y el monto total correcto de S/. 3,634.40. 2.2. ANALISIS DE OSINERGMIN Que, de acuerdo con los Articulos 7.3 y 7.6 de la Ley Nº 29852, asi como el Articulo 16.2 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2012-EM, las Empresas de Distribucion Electrica participan en la implementacion del mecanismo de descuento del FISE. Los costos administrativos y operativos aprobados y

ANEXO 02: 09-Recursos Directamente Recaudados

S/. 28,178,026.00

Articulo 2.- Aprobar la liquidacion por la produccion MORDAZA del mes de junio 2014 por CINCUENTA MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y UN MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 40/100 NUEVOS SOLES (S/. 50,261,597.40), detallada en el Anexo 03 que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 3.- El Titular del Pliego, mediante Resolucion, aprueba la desagregacion de los recursos autorizados en la presente MORDAZA, en el nivel funcional programatico, respetando los montos de los programas presupuestarios estrategicos, dentro de los diez (10) dias calendario de la publicacion de la presente Resolucion. La Resolucion debera ser publicada dentro de los cinco (5) dias de aprobada en la respectiva pagina web del Pliego. Con relacion al programa no estrategico, debera considerarse su incorporacion de acuerdo con las prioridades de salud establecidas, la programacion de actividades en el Plan Operativo de cada Unidad Ejecutora y en el MORDAZA de la normatividad vigente. Articulo 4.- Encargar a la Secretaria General, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano"; asi como publicar en el MORDAZA institucional, http://www.sis.gob.pe/ipresspublicas/transferencias.html, el texto de la presente Resolucion y sus Anexos. Registrese, Comuniquese y Publiquese; MORDAZA MORDAZA GRILLO MORDAZA Jefe del Seguro Integral de Salud 1144255-1

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