Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2015 (19/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Miércoles 19 de agosto de 2015

NORMAS LEGALES

559443

Agraria, ante el Grupo de Trabajo Multisectorial que constituye la Sección Nacional Peruana de la Comisión Bilateral Peruano Boliviana para Erradicar el Contrabando Organizado en Productos Agropecuarios y Otros, creado mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 248-2012-PCM, dándoseles las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a(al) (la) Director(a) de la Subdirección de Cuarentena Vegetal de la Dirección de Sanidad Vegetal, y a(al) (la) Director(a) de la Subdirección de Cuarentena Animal de la Dirección de Sanidad Animal, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, ante el Grupo de Trabajo Multisectorial que constituye la Sección Nacional Peruana de la Comisión Bilateral Peruano Boliviana para Erradicar el Contrabando Organizado en Productos Agropecuarios y Otros. Artículo 3.- Notificar la presente Resolución Ministerial a la Secretaría Técnica del mencionado Grupo de Trabajo Multisectorial, así como a los representantes designados y ex representantes mencionados, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.

conflictos vinculados al tema agrario, concordante con el literal g) del artículo 57 del citado Reglamento; Que, en tal sentido, mediante el documento del Visto, la Dirección General de Articulación Intergubernamental remite el Plan de Movilización del Ministerio de Agricultura y Riego, para su aprobación, en el marco de lo establecido en el numeral 5) del artículo 25 del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-2006-DE-SG; Que, asimismo, mediante los Oficios N° 1667-2015-INDECI/2.0 y 153-2014-DGEPE/DPESDN, la Secretaría General del Instituto Nacional de Defensa Civil y la Dirección General de Política y Estrategia del Ministerio de Defensa, respectivamente, otorgan conformidad al citado Plan de Movilización del Ministerio de Agricultura y Riego, por lo que es necesario aprobar; Que, en consecuencia, es necesario aprobar el Plan de Movilización del Ministerio de Agricultura y Riego; y, De conformidad con el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048; y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI; SE RESUELVE:

JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1276016-2

Aprueban el Plan de Movilización del Ministerio de Agricultura y Riego
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0403-2015-MINAGRI Lima, 14 de agosto de 2015 VISTO: El Memorándum N° 209-2015-MINAGRI-DVPADGAI/DG de la Dirección General de Articulación Intergubernamental, sobre la aprobación del Plan de Movilización del Ministerio de Agricultura y Riego; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048, a Ministerio de Agricultura y Riego, dispone que este diseña, establece, ejecuta y supervisa las políticas nacionales y sectoriales en materia agraria, ejerce la rectoría en relación con ella y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno; Que, la Ley N° 28101, Ley de Movilización Nacional, tiene por objeto precisar los derechos, deberes del Estado, de las personas naturales y jurídicas frente a situaciones de emergencia ocasionadas por conflictos o desastres, que requiere de su participación así como de la utilización de los recursos, bienes y servicios disponibles; asimismo, el artículo 18 de la citada Ley dispone que los Ministerios, organismos públicos, gobiernos regionales y locales a través de sus oficinas de Defensa Nacional, son responsables del planeamiento, preparación y ejecución de la movilización en el nivel y ámbito de su competencia, según la naturaleza de la emergencia; Que, el artículo 25 del Reglamento de la Ley N° 28101, Ley de Movilización Nacional, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2006-DE-SG, señala que son funciones de las Oficinas de Defensa Nacional de los Ministerios, durante la Fase de Planeamiento, entre otras, elaborar los Planes de Movilización para casos de conflictos o para casos de desastres o calamidades de toda índole, de acuerdo a las normas y directivas emitidas por el Ministerio de Defensa y por el Instituto Nacional de Defensa Civil, según corresponda; Que, conforme al artículo 54 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI, una de las funciones de la Dirección General de Articulación Intergubernamental es conducir, promover y articular las acciones asociadas a la Defensa Nacional, Gestión del Riesgo de Desastres y manejo de

Artículo 1.- Aprobar el Plan de Movilización del Ministerio de Agricultura y Riego, cuyo texto en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- La Dirección General de Articulación Intergubernamental, a través de la Dirección de Gestión del Riesgo y del Diálogo, tendrá a su cargo la articulación intergubernamental, planeamiento, preparación y ejecución de la movilización en el nivel y ámbito de su competencia, según la naturaleza de la emergencia. Artículo 3.- Disponer que el Anexo a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se publique en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1276016-3

AMBIENTE
Designan representantes titular y alterno de la DGCCDRH y del PNCB del Ministerio, ante la Comisión Multisectorial encargada de elaborar la propuesta de Estrategia Nacional sobre Bosques y Cambio Climático - ENBCC
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 203-2015-MINAM Lima, 17 de agosto de 2015 Visto, el Informe N° 157-2015-MINAM/DVMDERN/ DGCCDRH de 05 de agosto de 2015, de la Dirección General de Cambio Climático, Desertificación y Recursos Hídricos; el Informe N° 083-2015-MINAM/ VMDERN/PNCB de 04 de agosto y Memorándum N° 206-2015-MINAM/VMDERN/PNCB de 10 de agosto de 2015, de la Coordinación Ejecutiva (e) del Programa Nacional de Conservación de Bosques para la Mitigación del Cambio Climático; y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 193-2015PCM, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 01 de agosto de 2015, se crea la Comisión Multisectorial de

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