Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2015 (18/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 88

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NORMAS LEGALES

Viernes 18 de diciembre de 2015 /

El Peruano

- "Reconocer el estado situacional de los proyectos de inversión Pública Priorizados". - Definir la cartera de proyectos tos de inversión para los establecimientos de salud estratégicos y no estratégicos". Que, se debe de reconocer como Autoridad Sanitaria Regional a la Dirección Regional de Salud de Huánuco, con la finalidad que apruebe la cartera de servicios de salud, propuesta en los estudios de Preinversión, que corresponden a los establecimientos de salud de baja y mediana complejidad, en el ámbito distrital y provincial, en lo que corresponde a puestos, centros, hospitales locales u otros servicios de salud de los Gobiernos Regionales y del Ministerio de Salud; Que, contando con el Dictamen Nº 006-2015-GRH-CR/ NAOC/PCPDS de la Comisión Permanente de Desarrollo Social, luego de analizado el Oficio Nº 978-2015-GRHCO/ GR del Gobernador Regional, Informe Nº 103-2015-GRH/ GGR de la Gerencia General Regional, Informe Nº 2612015-GRH/GRDS de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, Informe Legal Nº 404-2015-GRH/ORAJ de la Dirección Regional de Asesoría Jurídica, emiten opinión favorable para la emisión de la Ordenanza Regional; Que, el Artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, establece que las ordenanzas Regionales, norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencias; así como el literal a) del Artículo 15º de la citada Ley, señala que es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulan o reglamentan los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por los Artículos 15 y 38 de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y a lo aprobado por UNANIMIDAD en la Sesión de Consejo Regional de Huánuco de la referencia, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: APROBAR LA CREACIÓN DEL COMITÉ REGIONAL INTERGUBERNAMENTAL DE INVERSIONES EN SALUD (CRIIS) EN HUÁNUCO Artículo Primero.- APROBAR, la Creación del "COMITÉ REGIONAL INTERGUBERNAMENTAL DE INVERSIONES EN SALUD (CRIIS) HUÁNUCO", en el marco del Decreto Legislativo Nº 1157, por los argumentos expuestos en la parte considerativa. Artículo Segundo.- CONFORMAR, el "Comité Regional Intergubernamental de Inversiones en Salud (CRIIS) Huánuco", integrado por los siguientes miembros: 1. El Gobernador Regional del Gobierno Regional de Huánuco, quien lo preside. 2. El Director Regional de Salud de Huánuco, quien ejerce la Secretaria Técnica. 3. El Gerente Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Huánuco. 4. El Gerente Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Huánuco. 5. El Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Huánuco. 6. El Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huánuco. 7. El Alcalde de la Municipalidad Provincial de Dos de Mayo. 8. El Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huacaybamba. 9. El Alcalde de la Municipalidad Provincial de Yarowilca. 10. El Alcalde de la Municipalidad provincial de Puerto Inca. 11. El Alcalde de la Municipalidad Provincial de Pachitea. 12. El Alcalde de la Municipalidad Provincial de Marañón. 13. El Alcalde de la Municipalidad Provincial de Lauricocha. 14. El Alcalde de la Municipalidad Provincial de Ambo. 15. El Alcalde de la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado.

16. El Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huamalíes. Artículo Tercero.- ESTABLECER, que los Objetivos del Comité Intergubernamental de Inversiones son: o Aprobar el "Plan Regional Multianual de Inversiones en Salud", el cual será aprobado conjuntamente por el Gobierno Regional correspondiente y el Ministerio de Salud. o "Convertirse en espacio de Concertación Intergubernamental compuesto por el Gobierno Regional de Huánuco y los Gobiernos Locales, que se encuentran bajo su jurisdicción para la priorización concertada y el seguimiento de las iniciativas de expansión y sostenimiento de la oferta pública de baja y mediana complejidad en salud, en el ámbito distrital y provincial de la jurisdicción del Gobierno Regional Huánuco"; o "Identificar los alcances de la reforma del sector salud y las implicancias en la política de inversiones en salud, en el ámbito del Gobierno Regional Huánuco". o "Reconocer el estado situacional de los proyectos de inversión Pública Priorizados". o "Definir la cartera de proyectos de inversión para los establecimientos de salud estratégicos y no estratégicos". Artículo Cuarto.- RECONOCER, como Autoridad Sanitaria Regional a la Dirección Regional de Salud de Huánuco, con la finalidad que apruebe la cartera de servicios de salud, propuesta en los estudios de Preinversión, que corresponden a los establecimientos de salud de baja y mediana complejidad, en el ámbito distrital y provincial, en lo que corresponde a puestos, centros, hospitales locales u otros servicios de salud de los Gobiernos Regionales y del Ministerio de Salud. Artículo Quinto.- PUBLICAR Y DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el portal del Gobierno Regional de Huánuco en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 42º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Artículo Sexto.- la presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En Huánuco a los 13 días del mes de NOV. del año dos mil quince. FORTUNATO MÁXIMO MAYO ADVINCULA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Huánuco en la a Sede Central del Gobierno Regional de Huánuco, a los 19 días del mes de NOV. del dos mil quince. RUBEN ALVA OCHOA Gobernador Regional 1323768-2

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE
Modifican el Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Gobierno Regional Lambayeque, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 011-2011-GR.LAMB/CR
ORDENANZA REGIONAL Nº 029-2015-GR.LAMB/CR Chiclayo, 4 de diciembre de 2015

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