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El Peruano Lunes 9 de marzo de 2015 548242 CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley N° 28271, Ley que regula los Pasivos Ambientales de la Actividad Minera, establece que la identifi cación, elaboración y actualización del inventario de pasivos ambientales mineros serán efectuados por el Ministerio de Energía y Minas, a través de su órgano técnico competente; Que, el artículo 6 del Reglamento de Pasivos Ambientales de la Actividad Minera, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2005-EM, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 003-2009-EM, indica que el Ministerio de Energía y Minas, a través de la Dirección General de Minería, está facultado para realizar todas las acciones que resulten necesarias para la identifi cación de los pasivos ambientales mineros, la elaboración y actualización del inventario, y la determinación de los responsables de las medidas de remediación ambiental correspondiente; Que, el artículo 7 del reglamento antes citado, dispone que el Inventario Inicial de Pasivos Ambientales Mineros será aprobado mediante resolución ministerial publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, mediante Decreto Supremo Nº 031-2007-EM se aprobó el nuevo Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, donde se precisa que la Dirección Técnica Minera tiene, entre otras funciones, las de realizar acciones para la identifi cación y priorización de los pasivos ambientales mineros, así como para la elaboración y actualización del inventario correspondiente; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 290-2006-MEM/ DM, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, el 19 de junio de 2006, se aprobó el Inventario Inicial de Pasivos Ambientales Mineros, que consta de veinte y siete (27) folios; Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nº 487- 2007-MEM-DM, Nº 079-2008-MEM/DM, Nº 591-2008- MEM/DM, Nº 243-2009-MEM/DM, Nº 246-2009-MEM/DM, Nº 096-2010-MEM/DM, Nº 371-2010-MEM/DM, Nº 471- 2010-MEM/DM, Nº 506-2010-MEM/DM, Nº 267-2011- MEM/DM, Nº 531-2011-MEM/DM, Nº 355-2012-MEM/DM, Nº 374-2012-MEM/DM, Nº 375-2012-MEM/DM, Nº 393- 2012-MEM/DM, N° 430-2013-MEM/DM, y N° 234-2014- MEM/DM, se actualizó el Inventario Inicial de Pasivos Ambientales Mineros aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 290-2006-MEM/DM; Que, la Dirección Técnica Minera ha elaborado el Plan de Manejo de Pasivos Ambientales Mineros que se viene desarrollando a nivel de cuencas hidrográfi cas, aprobado por Resolución Directoral Nº 088-2012-MEM/DGM, el que comprende cuatro fases: * Fase I: Actualización del Inventario Inicial: Identifi cación, caracterización y priorización de los pasivos ambientales mineros. * Fase II: Determinación de responsables de la remediación. * Fase III: Elaboración de estudios de ingeniería de los pasivos ambientales mineros que asuma el Estado. * Fase IV: Obras de remediación; Que, en cuanto a la Fase I, la Dirección Técnica Minera, de acuerdo al cronograma establecido, programó la actualización del inventario de los pasivos ambientales mineros en las cuencas hidrográfi cas de Acarí, Atico, Casma, Caravelí, Chala, Chamaya, Chaparra, Huarmey, Ica, Motupe-La Leche-Chancay, Olmos, Piura-Cascajal, Santa, Saña, y Yauca; Que, realizadas las visitas de campo a las cuencas hidrográfi cas antes mencionadas y desarrollado el correspondiente trabajo en gabinete, la Dirección Técnica Minera ha emitido los Informes N° 009-2015-MEM- DGM/DTM/PAM, N° 010-2015-MEM-DGM/DTM/ PAM, N° 011-2015-MEM-DGM/DTM/PAM, N° 012-2015-MEM- DGM/DTM/PAM, N° 013-2015-MEM-DGM/DTM/PAM, N° 014-2015-MEM-DGM/DTM/PAM, N° 015-2015-MEM- DGM/DTM/PAM, N° 016-2015-MEM-DGM/DTM/PAM, N° 017-2015-MEM-DGM/DTM/PAM, N° 018-2015-MEM- DGM/DTM/PAM, N° 019-2015-MEM-DGM/DTM/PAM, N° 020-2015-MEM-DGM/DTM/PAM, N° 021-2015-MEM- DGM/DTM/PAM, y N° 022-2015-MEM-DGM/DTM/PAM, en los que se concluye que se ha verifi cado la existencia de nuevos pasivos ambientales, que asimismo se debe actualizar los datos de otros pasivos mineros incluidos en inventarios anteriores; y que, se debe excluir del inventario inicial algunos pasivos mineros antes considerados, por lo que resulta necesario actualizar el inventario aprobado por Resolución Ministerial Nº 290-2006-MEM/DM; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Nº 28271, Ley que regula los Pasivos Ambientales de la Actividad Minera y el artículo 7 del Reglamento de Pasivos Ambientales de la Actividad Minera, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2005-EM, modifi cado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 003-2009-EM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Actualizar el Inventario Inicial de Pasivos Ambientales Mineros, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 290-2006-MEM/DM, teniendo en cuenta lo señalado por la Dirección Técnica Minera en los Informes Nº 009-2015- MEM-DGM/DTM/PAM, N° 010-2015-MEM-DGM/DTM/PAM, N° 011-2015-MEM-DGM/DTM/PAM, N° 012-2015-MEM-DGM/ DTM/PAM, N° 013-2015-MEM-DGM/DTM/PAM, N° 014-2015- MEM-DGM/DTM/PAM, N° 015-2015-MEM-DGM/DTM/PAM, N° 016-2015-MEM-DGM/DTM/PAM, N° 017-2015-MEM-DGM/ DTM/PAM, N° 018-2015-MEM-DGM/DTM/PAM, N° 019-2015- MEM-DGM/DTM/PAM, N° 020-2015-MEM-DGM/DTM/PAM, N° 021-2015-MEM- DGM/DTM/PAM, y N° 022-2015-MEM- DGM/DTM/PAM. Artículo 2.- Publicar el inventario actualizado de los pasivos ambientales mineros a nivel nacional en el portal web del Ministerio de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS Ministra de Energía y Minas 1208522-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Designan Director Ejecutivo del INABIF RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 027-2015-MIMP Lima, 6 de marzo de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 275-2014- MIMP se designó al señor Humberto Darío Zanelli Reyes en el cargo de confi anza de Director Ejecutivo del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP; Que, por convenir al servicio, resulta necesario dar por concluida la citada designación, correspondiendo designar a la persona que lo reemplazará; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo N° 1098 – Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor HUMBERTO DARÍO ZANELLI REYES en el cargo de confi anza de Director Ejecutivo del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor MARCO HERBERTH ALEGRE ROMERO en el cargo de confi anza de Director Ejecutivo del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCELA HUAITA ALEGRE Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1208524-1