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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 2015 (02/10/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 5

563123 NORMAS LEGALES Viernes 2 de octubre de 2015 El Peruano / Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y SaneamientoEncargado del Despacho del Ministerio deComercio Exterior y Turismo 1295068-1 AGRICUL TURA Y RIEGO Encargan funciones de representante del Ministro de Agricultura y Riego ante el Grupo de Trabajo denominado “Comité Directivo del Programa Nacional de Innovación Agraria - PNIA” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0472-2015-MINAGRI Lima, 29 de setiembre de 2015CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 0011-2015-MINAGRI, de fecha 12 de enero de 2015, se designa al Viceministro de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, como representante del Ministro de Agricultura y Riego ante el Grupo de Trabajo denominado: “Comité Directivo del Programa Nacional de Innovación Agraria - PNIA”, conformado mediante Resolución Ministerial N° 0692-2014-MINAGRI; Que, mediante el artículo 5 del Decreto de Urgencia N° 004-2015, publicado en el Diario O fi cial El Peruano el día 07 de setiembre de 2015, se dispuso la creación del Consejo Nacional de Gestión del Riesgo del Fenómeno del Niño, como órgano de decisión política y coordinación estratégica para las intervenciones que se desarrollen en las zonas declaradas en estado de emergencia ante el periodo de lluvias 2015-2016 y la ocurrencia del Fenómeno El Niño, el cual está integrado, entre otros, por el Ministro de Agricultura y Riego, quien lo preside; Que, estando a que actualmente el Viceministro de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, está dedicado a la labor de apoyo a la Presidencia del Consejo Nacional de Gestión del Riesgo del Fenómeno del Niño, resulta necesario encargar su representación ante el Grupo de Trabajo denominado: “Comité Directivo del Programa Nacional de Innovación Agraria - PNIA”, en tanto se encuentre dedicado a esta labor; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI; REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe , precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo , colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓN