Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2015 (02/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Viernes 2 de octubre de 2015

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

563123

Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento Encargado del Despacho del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo 1295068-1

AGRICULTURA Y RIEGO
Encargan funciones de representante del Ministro de Agricultura y Riego ante el Grupo de Trabajo denominado "Comité Directivo del Programa Nacional de Innovación Agraria - PNIA"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0472-2015-MINAGRI Lima, 29 de setiembre de 2015

Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 0011-2015-MINAGRI, de fecha 12 de enero de 2015, se designa al Viceministro de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, como representante del Ministro de Agricultura y Riego ante el Grupo de Trabajo denominado: "Comité Directivo del Programa Nacional de Innovación Agraria - PNIA", conformado mediante Resolución Ministerial N° 0692-2014-MINAGRI; Que, mediante el artículo 5 del Decreto de Urgencia N° 004-2015, publicado en el Diario Oficial El Peruano el día 07 de setiembre de 2015, se dispuso la creación del Consejo Nacional de Gestión del Riesgo del Fenómeno del Niño, como órgano de decisión política y coordinación estratégica para las intervenciones que se desarrollen en las zonas declaradas en estado de emergencia ante el periodo de lluvias 2015-2016 y la ocurrencia del Fenómeno El Niño, el cual está integrado, entre otros, por el Ministro de Agricultura y Riego, quien lo preside; Que, estando a que actualmente el Viceministro de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, está dedicado a la labor de apoyo a la Presidencia del Consejo Nacional de Gestión del Riesgo del Fenómeno del Niño, resulta necesario encargar su representación ante el Grupo de Trabajo denominado: "Comité Directivo del Programa Nacional de Innovación Agraria - PNIA", en tanto se encuentre dedicado a esta labor; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI;

REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante.

2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra.

LA DIRECCIÓN

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