Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2015 (02/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Viernes 2 de octubre de 2015

NORMAS LEGALES

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Policía "General Francisco de Paula Santander", en la que recibirán capacitación y adquirirán experiencias nuevas para fortalecer sus conocimientos para el desempeño de la función policial, consolidando su formación en las áreas de inteligencia, investigación criminal y prevención de delitos y faltas, lo cual redundará en beneficio de la ciudadanía; Que, mediante la Hoja de Estudio y Opinión N° 780-2015-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI, de fecha 08 de setiembre del 2015, el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, estimó conveniente que el Director General de la Policía Nacional del Perú, autorice el viaje al exterior de cincuenta y uno (51) Cadetes del 5° año de la Escuela de Oficiales de la PNP, para realizar una pasantía en la ciudad de Bogotá de la República de Colombia del 4 al 10 de octubre de 2015, quienes serán acompañados por Cuatro (4) Oficiales Policía Nacional del Perú de la referida escuela; Que, en atención a los documentos sustentatorios, mediante Memorándum Múltiple N° 444-2015-DIRGENPNP/EMP-OCNI, de fecha 10 de setiembre de 2015, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, solicitó la formulación del proyecto de resolución autoritativa de viaje; Que, el numeral 3 del artículo 13° de la Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobada mediante Decreto Legislativo N°1148, establece que el personal policial tiene derecho a la formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente; Que, según lo informado por la Dirección Ejecutiva de Educación y Doctrina de la Policía Nacional del Perú, el alojamiento de los cadetes se realizará en las instalaciones de la Escuela de Cadetes de la Policía Nacional de Colombia "General Francisco de Paula Santander", en la ciudad de Bogotá, motivo por el cual no generará gastos por este concepto al tesoro público; Que, las experiencias a adquirirse como resultado de la participación en el evento indicado redundarán en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando de interés institucional y del país su realización, debiendo señalarse que los gastos que irrogue dicha participación, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del año fiscal 2015, de la Unidad Ejecutora N° 002-DIRECFIN-PNP; Que, de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y sus modificatorias, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, el segundo párrafo del artículo 5° del Decreto Supremo antes acotado, modificado por el artículo 1° del Decreto Supremo N° 56-2013-PCM, establece que sobre la base de la referida Escala de Viáticos, mediante Resolución del Titular de la Entidad, debidamente publicada en el Diario Oficial "El Peruano", las Entidades del Sector Público deberán aprobar menores asignaciones por concepto de viáticos, considerando las facilidades proporcionadas en el lugar de destino, la existencia del financiamiento parcial, duración del viaje por capacitación, entre otras circunstancias, privilegiando la austeridad del gasto fiscal; Que, en este contexto, mediante Resolución Ministerial N° 0570-2015-IN, de fecha 22 de setiembre de 2015, el Ministerio del Interior ha aprobado los porcentajes máximos de viáticos en función de la escala detallada en el artículo 5° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, para el caso de invitaciones que incluyan financiamiento parcial de viajes al exterior del personal policial y civil del Sector, a quienes se les otorgará el 70% del total de viáticos cuando se cubre alimentación, 40% si se cubre el hospedaje y 20% si se cubre hospedaje y alimentación; Que, de acuerdo al Informe N° 017-2015-DIREED-PNP/ EOPNP/EM, de fecha 20 de mayo de 2015, la Dirección de Educación y Doctrina de la Policía Nacional del Perú, señala que para el caso de los cadetes que participarán de la misión de estudios se cuenta con el apoyo de alojamiento a cargo de la Escuela de Cadetes "General Francisco de Paula Santander", por lo que en tal caso y conforme a la

normativa del Sector Interior, corresponde el otorgamiento del 40% como porcentaje máximo del total de viáticos, lo que no incluye a los cuatro (4) Oficiales Policía Nacional del Perú, a quienes no se les brindará dicha facilidad; Que, de acuerdo al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2015, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Oficial "El Peruano"; De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; el Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2013IN; la Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobada mediante Decreto Legislativo N° 1148; y, el Decreto Legislativo N° 1151, Ley del Régimen Educativo de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del 4 al 10 de octubre de 2015, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia de los Cadetes del 5° Año de la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, a quienes se detalla en la relación del Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicios del 4 al 10 de octubre de 2015, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia de los Oficiales de la Policía Nacional del Perú, Coronel PNP Roger Pérez Figueroa, Mayor PNP José Fredegundo Balcázar Morales, Capitán PNP Omar Gustavo Pérez Vargas Luna, Capitán PNP Ricardo Manuel Escalante Vergara, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 3°.- Los gastos que irrogue el viaje a que se hace referencia en los artículos 1° y 2° se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora N° 002-DIRECFIN-PNP, correspondiente al Año Fiscal 2015, de acuerdo a los siguientes conceptos:
Viáticos Cadetes US$ Viáticos Oficiales US$ Pasajes Aéreos US$ Importe 148.00 (40%) 370.00 577.00 X X Días 7 7 X X X Personas 51 4 55

Artículo 4°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el personal policial comisionado deberá presentar ante el Titular de la entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como la rendición de cuentas documentada por los viáticos asignados. Artículo 5°.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior

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