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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ABRIL DEL AÑO 2016 (01/04/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 34

582152 NORMAS LEGALES Viernes 1 de abril de 2016 / El Peruano administrados, se recibirán por escrito y mediante correo electrónico; Que, estando a lo señalado, resulta pertinente dictar el acto administrativo de autorización correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, la Directiva N° 001-2011- MTC/01 y en uso de las facultades previstas en la Resolución Ministerial N° 006-2016-MTC/01; SE RESUELVE: Artículo Único.- Disponer la publicación del proyecto del Manual de Puentes en la Página Web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, www.mtc.gob.pe., por un plazo de cuarenta y cinco (45) días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente resolución; con el objeto de recibir los comentarios, observaciones, y sugerencias de la ciudadanía en general. Tales opiniones podrán ser formuladas por: escrito (Jr. Zorritos N° 1203-Cercado de Lima), vía fax (615-7841), o correo electrónico (proyectonormas@mtc.gob.pe); correspondiendo a la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles la atención fi nal de las mismas. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS E. LOZADA CONTRERAS Director General Dirección General de Caminos y Ferrocarriles 1361834-1 Declaran que mediante concurso público se otorgarán autorizaciones para prestación del servicio de radiodifusión en FM, en localidad del departamento de La Libertad RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0470-2016-MTC/28 Lima, 17 de marzo de 2016 CONSIDERANDO: Que, el artículo 16º de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, concordado con el artículo 40º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modifi catorias, dispone que las autorizaciones del servicio de radiodifusión se otorgan mediante concurso público cuando la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una banda y localidad es menor al número de solicitudes admitidas; Que, el artículo 41º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establece que confi gurada la situación prevista en el artículo 40º del mismo cuerpo legal, se expedirá la resolución directoral señalando que las autorizaciones de la respectiva banda de frecuencias y localidad serán otorgadas por concurso público; Que, mediante Informe Nº 0765-2016-MTC/28 se da cuenta que en la banda y localidad que se detalla a continuación, el número de solicitudes admitidas es superior al de frecuencias disponibles, razón por la cual las respectivas autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión deberán otorgarse por concurso público; correspondiendo además expedir la resolución que así lo declare: MODALIDAD BANDA LOCALIDAD DEPARTAMENTO SOLICITUDES ADMITIDAS FRECUEN- CIAS DISPO- NIBLES RADIODIFU- SION SONORA FM BOLIVAR-LON- GOTEA-UCHU- MARCA-UCUN- CHA LA LIBERTAD 2 1 De conformidad con lo dispuesto por la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modifi catorias, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar que las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión en la banda y localidad que se detalla a continuación, serán otorgadas mediante concurso público: MODALIDAD BANDA LOCALIDAD DEPARTAMENTO RADIODIFUSION SONORA FM BOLIVAR-LONGOTEA- UCHUMARCA-UCUNCHA LA LIBERTAD Regístrese, comuníquese y publíquese. GLORIA CADILLO ANGELES Directora General de Autorizaciones en Telecomunicaciones 1361809-1 Declaran que mediante concurso público se otorgarán autorizaciones para prestación del servicio de radiodifusión en FM, en localidad del departamento de Huancavelica RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0471 -2016-MTC/28 Lima, 17 de marzo de 2016 CONSIDERANDO: Que, el artículo 16º de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, concordado con el artículo 40º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, dispone que las autorizaciones del servicio de radiodifusión se otorgan mediante concurso público cuando la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una banda y localidad es menor al número de solicitudes admitidas; Que, el artículo 41º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establece que configurada la situación prevista en el artículo 40º del mismo cuerpo legal, se expedirá la resolución directoral señalando que las autorizaciones de la respectiva banda de frecuencias y localidad serán otorgadas por concurso público; Que, mediante Informe Nº 0764-2016-MTC/28 se da cuenta que en la banda y localidad que se detalla a continuación, el número de solicitudes admitidas es superior al de frecuencias disponibles, razón por la cual las respectivas autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión deberán otorgarse por concurso público; correspondiendo además expedir la resolución que así lo declare: MODALIDAD BANDA LOCALIDAD DEPARTAMENTO SOLICITUDES ADMITIDAS FRECUEN- CIAS DISPO- NIBLES RADIODIFU- SION SONORA FM ACOSTAM- BO-CUEN- CA-ÑAHUIMPU- QUIO-PILCHACA HUANCAVELICA 8 7 De conformidad con lo dispuesto por la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modifi catorias, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar que las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión en la banda y