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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ABRIL DEL AÑO 2016 (07/04/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 91

582625 NORMAS LEGALES Jueves 7 de abril de 2016 El Peruano / - Departamento de Supervisión de Seguros B. - Departamento de Supervisión de Intermediarios y AFOCAT. - Departamento de Supervisión Actuarial. - Departamento de Supervisión de Inversiones de Seguros. - Departamento de Supervisión de Reaseguros. • Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones. - Departamento de Metodologías de Supervisión y Estrategia Previsional. í Intendencia General de Supervisión Previsional. - Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales. - Departamento de Supervisión de Pensiones y Benefi cios. - Departamento de Inversiones de Fondos Privados de Pensiones. • Unidad de Inteligencia Financiera del Perú. - Departamento de Coordinación Técnica y Desarrollo. - Departamento de Análisis Operativo. - Departamento de Análisis Estratégico. - Departamento de Prevención, Enlace y Cooperación. - Departamento de Supervisión. - Departamento de Evaluación y Acciones Correctivas. Artículo Segundo.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones N° SBS-ROF-SBS-010-16, que consta de 6 títulos, 20 capítulos, 62 sub capítulos y 201 artículos, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, los diferentes órganos involucrados de la Superintendencia entregarán a la Gerencia de Planeamiento y Organización, en un plazo de treinta (30) días calendario contados a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución, su correspondiente proyecto de Manual de Organización y Funciones, debidamente concordado y alineado al Reglamento de Organización y Funciones. Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto el Reglamento de Organización y Funciones N° SBS-ROF-SBS-010-15 y otras disposiciones que se opongan a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER MARTIN POGGI CAMPODÓNICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (e) 1364653-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE ICA Designan Secretario Técnico de la Comisión Regional de Derechos Humanos del Departamento de Ica RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL Nº 0024-2016-GORE-ICA/GGR Ica, 22 de marzo de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Regional Nº 0014-2015-GORE- ICA/GR, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 13 de enero de 2016, se creó la Comisión Regional de Derechos Humanos del Departamento de Ica, con el objeto de cumplir funciones de seguimiento, fi scalización y emisión de informes técnicos en materia de protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos humanos reconocidos por la Constitución Política del Perú y los instrumentos internacionales de Derechos Humanos, particularmente los derechos de segunda y tercera generación cuya competencia exclusiva se encuentra asignada constitucional y legalmente a este Gobierno Regional; Que, el artículo 6 del Decreto Regional Nº 0014-2015-GORE-ICA/GR, señala que la comisión Regional contará con una Secretaría Técnica, a cargo de un Secretario técnico, quien desempeñará sus funciones de manera ad honorem y no generando derecho alguno a ningún tipo de reconocimiento de ingresos o gastos a su favor, por ningún concepto y bajo cualquier denominación, encontrándose absolutamente prohibido el uso de recursos públicos para dicho fi n; Que, el artículo señalado en el considerando precedente indica que el Secretario Técnico será designado por la Gerencia General Regional, por el período de dos años, renovable por un único período; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 0072-2016-GORE-ICA/GR, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 2 de marzo de 2016, se designó al Presidente y miembros de la Comisión; y, Que, en consecuencia, es necesario designar al Secretario Técnico de la Comisión Regional de Derechos Humanos del Departamento de Ica, por un período de dos años, a fi n que ésta se instale e inicie sus labores; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designación de Secretario Técnico de la Comisión Regional Designar, a partir de la fecha, al señor Ricardo Francisco Ramírez Moreno, como Secretario Técnico de la Comisión Regional de Derechos Humanos del Departamento de Ica. Artículo 2º.- Neutralidad presupuestal Precisar que la condición de Secretario Técnico de la Comisión es ad honorem y no genera derecho alguno a ningún tipo de reconocimiento de ingresos o gastos a su favor, por ningún concepto y bajo cualquier denominación, encontrándose absolutamente prohibido el uso de recursos públicos para dicho fi n. La ejecución de lo dispuesto en la presente Resolución no demandará recursos adicionales a los previstos en la entidad durante los ejercicios fi scales en los cuales se prevea su ejecución. Artículo 3º.- Publicación Encargar a la Gerencia Regional de Servicios al Ciudadano la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ica (www.regionica.gob.pe). Regístrese, publíquese y cúmplase. CARLOS RAMON NODA YAMADA Gerente General Regional 1363834-1 GOBIERNO REGIONAL DE PUNO Modifican el artículo Primero del Acuerdo Regional N° 008-2016-GRP-CRP ACUERDO REGIONAL Nº 060-2016-GRP-CRP Puno, 31 de marzo del 2016. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PUNO