Norma Legal Oficial del día 25 de abril del año 2016 (25/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

Lunes 25 de abril de 2016 /

El Peruano

inmediatas y seguras, estableciendo su ejecución de manera progresiva, en tres etapas. Que, mediante Resolución Administrativa N° 234-2015-CE-PJ de fecha 15 de julio de 2015, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dispuso la ejecución de la tercera etapa de la implementación del Sistema de Notificaciones Electrónicas (SINOE), siendo que se tiene prevista en dicha etapa (2015-2016) al Distrito Judicial del Callao. Que, mediante Resolución Administrativa N° 49-2016-P-CSJCL/PJ de fecha 01 de febrero de 2016, se conformó el Comité de Implantación del Sistema de Notificaciones Electrónicas - SINOE de la Corte Superior de Justicia del Callao, el cual aprobó el plan de trabajo alcanzado por la Gerencia de Informática que detallaba los lineamientos y actividades que regirían el proceso de implementación del SINOE en esta Corte Superior de Justicia. Que, bajo este contexto, y siendo que a la fecha, se encuentra expedita la implementación del Sistema de Notificaciones Electrónicas - SINOE en este Distrito Judicial, corresponde a la Presidencia de Corte como máxima autoridad administrativa con competencia para dictar las medidas administrativas para brindar un eficiente y eficaz servicio de administración de justicia, emitir el acto administrativo respecto al inicio de su funcionamiento. Que, estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas en el inciso 9) del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE:

especialidades, bajo la competencia territorial de este Distrito Judicial. Artículo Segundo.- DISPONER que los señores Magistrados de todos los órganos jurisdiccionales de esta Corte Superior de Justicia, cumplan con requerir a los abogados de las partes procesales y terceros intervinientes, incluyendo al Ministerio Público, Defensoría Pública y Procuradurías, en los correspondientes procesos judiciales, sean ingresos nuevos y procesos en trámite o ejecución, el señalamiento de domicilios procesales electrónicos. Artículo Tercero.- DISPONER que la Gerencia de Administración Distrital de esta Corte Superior de Justicia, a través de las áreas correspondientes adopte las acciones y medidas administrativas necesarias para la adecuada ejecución y operatividad del Sistema de Notificaciones Electrónicas (SINOE). Artículo Cuarto.- DISPONER que la Oficina de Imagen Institucional proceda a la difusión sobre el acceso, utilización y beneficios del uso de la Casilla Electrónica en el marco del referido sistema para todos los operadores de la comunidad jurídica y público en general. Artículo Quinto.- PÓNGASE, la presente Resolución, en conocimiento del señor Presidente del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura del Callao, del Gerente de Administración Distrital, del Jefe de Unidad de Servicios Judiciales, de la Oficina Distrital de Imagen Institucional, de los señores Magistrados de este Distrito Judicial y de los interesados para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, publiquese y cúmplase.

Artículo Primero.- DISPONER, a partir del 26 de abril de 2016, el FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA DE NOTIFICACIONES ELECTRONICAS (SINOE) en las Sedes Judiciales de la Corte Superior de Justicia del Callao, en todos los órganos jurisdiccionales y

RAFAEL TEODORO UGARTE MAUNY Presidente 1371494-1

REQUISITOS PARA PUBLICACILN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modificado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen gráficos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN

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