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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE ENERO DEL AÑO 2016 (02/01/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 22

574176 NORMAS LEGALES Sábado 2 de enero de 2016 / El Peruano respecto al inicio de la propuesta de modifi cación del Plan Urbano de la ciudad de San Vicente, aprobado mediante Ordenanza Nº 017-2013-MPC, a través de su procedimiento de Anexión al área urbana y asignación de zonifi cación del distrito de San Vicente, para el predio de propiedad de la Asociación de Vivienda Lindas Flores y otros, según el siguiente detalle: PREDIO DE 8.8273 HAS, se ha dividido: - Sub Lote A (área 5.2311 Has).- Que, representa el 59.26 % de derecho y acciones respecto al predio matriz, cuyos propietarios son: Luis Fernando Pino Jordán y Katia Patricia Majluf Delaunde, con una participación de 0.4919%; y la Asociación de Vivienda Lindas Flores con un porcentaje de participación de 58.7681 %. - Sub Lote B (área 0.7635 Has) . - Que, representa el 8.65 % cuyo propietario es el proyecto especial de infraestructura de transporte nacional, Provias Nacional. La autopista Panamericana Sur, que en la actualidad se encuentra construida y en funcionamiento ocupa el área total de su propiedad que afecta al predio inscrito en la partida electrónica Nº 21000195. - Sub Lote C (área 2.8327 Has) . - Que, representa el 32.09% cuyos propietarios son Luis Gilberto Taipe Zúñiga y Gladys Antauco Cconislla. Que, con fecha 29 de septiembre del 2015, mediante Informe Nº614-2015-GODUR-MPC, suscrito por la Ing. Katherine Vanessa Fierro Pisconti, en su calidad de Gerente de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, indica que habiendo cumplido con la evaluación técnica y los requisitos administrativos concluye: que se prosiga con el procedimiento de modifi cación del Plan Urbano a través del procedimiento de anexión al área urbana y asignación de zonifi cación; Que, los gobiernos locales asumen competencias y ejercen funciones específi cas, como es la organización de espacio físico y usos del suelo en sus respectivas jurisdicciones, la cual compete la zonifi cación, según lo establecido en el numeral 1.1 del Art. 73º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; asimismo, dicha ley en el Art. 79º establece que son funciones exclusivas de las municipalidades provinciales, entre otros, aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el esquema de zonifi cación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamiento Humano y demás planes específi cos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial; concordante con el numeral 40.1 del Art. 40º del Decreto Supremo Nº 04-2011-VIVIENDA; Que, la anexión urbana y asignación de zonifi cación son dos procedimientos administrativos contemplados dentro del TUPA de la Municipalidad Provincial de Cañete, que permite la incorporación de áreas al Plan de Desarrollo Urbano asignándosele una zonifi cación urbana que permite el desarrollo de proyectos urbanísticos; dicho procedimiento están contemplados en la norma como modifi cación del Plan de Desarrollo Urbano; Que, el Art. 40º del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 04-2011-VIVIENDA, establece que es de competencia exclusiva de la Municipalidad Provincial respecto a la aprobación del Plan de Desarrollo Urbano; Que, en este orden de ideas el Art. 49º del citado cuerpo normativo, señala que el Concejo Municipal Provincial, es competente para aprobar las modifi caciones y/o actualizaciones a los planes que corresponda, considerando que las modifi caciones deben ser, en procura de un óptimo benefi cio para la comunidad tales modifi caciones y/o actualizaciones pueden versar sobre “Plan de Acondicionamiento Territorial”, “Plan de Desarrollo Metropolitano” y “Plan de Desarrollo Urbano”; Que, respecto al asunto materia de análisis, versa sobre modifi cación y/o actualización al Plan de Desarrollo Urbano, específi camente respecto literal 3, numeral 3 del Art. 49º del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2011-VIVIENDA, la misma que expresa: “Las que dirijan la expansión urbana hacia lugares y direcciones diferentes a las establecidas originalmente en el Plan”; Que, de conformidad con el Art. 49º del Decreto Supremo Nº 004-2011-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, referido a la modifi cación y/o actualización de los Planes urbanos, se realizan las modifi caciones al PDU cuando la expansión urbana se dirija hacia lugares y direcciones diferentes a las establecidas originalmente en el Plan de Desarrollo Urbano; Que, de conformidad con el Reglamento de Usos de Suelos de la Provincia de Cañete, aprobado mediante Ordenanza Nº 006-95-MPC con fecha 08 de junio de 1995 y modifi catoria aprobada mediante Ordenanza Nº 026- 2002-MPC, con fecha 20 de mayo del 2002, la zonifi cación que le corresponde es USO AGRÍCOLA (U.A.); Que, la zonifi cación propuesta por el administrado es Zonifi cación de Comercio Zonal CZ y Zonifi cación Residencial de Densidad Media RDM (R-3 y R-4) cuyos parámetros normativos son los que se indican en el cuadro siguiente: La zonifi cación propuesta por el administrado para el sub lote “A” (área 5.2311 Has) , es la zonifi cación Residencial de Densidad Media (R-3 y R-4), para un área de 5.2311 Has cuyos parámetros normativos son los que se indican en el siguiente cuadro: Zonifi cación Residencial de Densidad Media (R-3) USO LOTE MINIMO EN (m2) FRENTE MINIMO EM (ML) ALTURA DE EDIFI- CACIÓN COEFI- CIENTE DE EDIFI- CACIÓN AREA LIBRE UNIFAMILIAR 160.00 8.00 3 pisos 2,1 30.00% MULTIFAMILIAR 160.00 8.00 5 pisos 3,5 30.00% CONJUNTO RESIDENCIAL 450.00 15.00 5 pisos 3,5 30.00% Zonifi cación Residencial de Densidad Media (R-4) USO LOTE MINIMO EN (m2) FRENTE MINIMO EM (ML) ALTURA DE EDIFI- CACIÓN COEFI- CIENTE DE EDIFI- CACIÓN AREA LIBRE UNIFAMILIAR 90.00 6.00 3 pisos 2,1 30.00% MULTIFAMILIAR 120.00 6.00 5 pisos 3,5 30.00% CONJUNTO RESIDENCIAL 450.00 15.00 5 pisos 3,5 30.00% La zonifi cación propuesta por el administrado para el sub lote “C” es zonifi cación COMERCIO ZONAL (CZ) para un área de 2,8327 Hás, cuyos parámetros normativos son los que se indican en el cuadro siguiente: ZONIFICACIÓN COMERCIO ZONAL (CZ) COMPATIBLE CON USO RESIDENCIAL PARA EL DESARROLLO DE HABILITACIÓN URBANA DE TIPO MIXTO, SEGÚN RNE ZONIFI- CACIÓN COMERCIO ZONAL (CZ) NIVEL DE SER- VICIO TIPO DE COMER- CIO LOTE MINIMO EN (M2) FRENTE MINIMO EN (ML) ALTURA DE EDIFI- CACIÓN COEFI- CIENTE DE EDIFI- CACIÓN AREA LIBRE Unifamiliar Uso Diario Según Proyecto de H.U. Según Proyecto de H.U. Según Proyecto de H.U. Según Proyecto de H.U. Según Proyecto de H.U. Que, sobre el particular se precisa que dicha notifi cación estará afecta a los aportes reglamentarios establecidos en el Reglamento Nacional de Edifi caciones para la zonifi cación indicada y concordante con la zonifi cación aprobada en el Plan de Desarrollo Urbano de la ciudad de San Vicente, aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 017-2013-MPC, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 25 de mayo del 2013, vigente del 2012 al 2021, concordante con el Reglamento Nacional de Edifi caciones;