Norma Legal Oficial del día 31 de julio del año 2016 (31/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

Domingo 31 de julio de 2016 /

El Peruano

Presidente del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura, mediante el cual hace de conocimiento que de conformidad con lo señalado con la Ley Orgánica de la Academia de la Magistratura N° 26335, artículo 5o, la Junta de Fiscales Supremos deberá proceder a la elección o reelección del representante del Ministerio Público ante el Pleno del mencionado Consejo Directivo, para el periodo 2016-2018. Mediante Resoluciones de Junta de Fiscales Supremos N° 038-MP-FN-JFS y 046-2014-MP-FIM-JFS de fechas 08 de mayo de 2014 y 06 de junio de 2014, se designó a la doctora Zoraida Avalos Rivera, Fiscal Suprema Titular designada en la Fiscalía Suprema Transitoria en lo Contencioso Administrativo y al doctor Pablo Wilfredo Sánchez Velarde, Fiscal Supremo Titular designado en la Segunda Fiscalía Suprema en lo Penal, respectivamente, como representantes del Ministerio Público ante el Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura, para el periodo de gestión Institucional 2014. Por Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 098-2016-MP-FN-JFS de fecha 12 de julio de 2016, se modifica el Artículo Primero de las Resoluciones N° 038-2014-MP-FN-JFS y 046-2014-MP-FIM-JFS, de fechas 08 de mayo de 2014 y 06 de junio de 2014, respectivamente, en la parte pertinente al periodo de gestión Institucional de los Magistrados mencionados, que resuelve: "(...) para el período de gestión Institucional 2014-2016". El artículo 5o de la Ley Orgánica de la Academia de la Magistratura Ley N° 26335, establece: "El Consejo Directivo es el más alto órgano de la Academia. Está integrado por siete Consejeros (...) dos por la Junta de Fiscales Supremos (...)". Que, por Acuerdo N° 4348, adoptado en Sesión Extraordinaria de Junta de Fiscales Supremos de fecha 07 de julio de 2016, eligió en votación secreta y por mayoría, al doctor Pedro Gonzalo Chavarry Vallejos, Fiscal Supremo Titular designado en la Fiscalía Suprema de Control Interno y al doctor Tomás Aladino Gálvez Villegas, Fiscal Supremo Titular designado en la Fiscalía Suprema Transitoria en lo Contencioso Administrativo, como representantes del Ministerio Público ante ei Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura, para el periodo de gestión Institucional: 2016-2018, con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta. En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público y en cumplimiento del Acuerdo 4348 de Junta de Fiscales Supremos. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación de la doctora Zoraida Ávalos Rivera, Fiscal Suprema Titular, como representante del Ministerio Público ante el Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura, materia de las Resoluciones N° 038-2014-MP-FN-JFS, de fecha 08 de mayo de 2014 y N° 098-2016-MP-FN-JFS de fecha 12 de julio de 2016, respectivamente. Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación del doctor Pablo Wilfredo Sánchez Velarde, Fiscal Supremo Titular, como representante del Ministerio Público ante el Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura, materia de las Resoluciones N° 046-2014-MP-FN-JFS, de fecha 06 de junio de 2014 y N° 098-2016-MP-FN-JFS de fecha 12 de julio de 2016, respectivamente. Artículo Tercero.- Designar al doctor Pedro Gonzalo Chavarry Vallejos, Fiscal Supremo Titular designado en la Fiscalía Suprema de Control Interno, como representante del Ministerio Público ante el Consejo Directivo de ia Academia de la Magistratura, para el periodo de gestión Institucional 2016-2018. Artículo Cuarto.- Designar al doctor Tomás Aladino Gálvez Villegas, Fiscal Supremo Titular designado en la Fiscalía Suprema Transitoria en lo Contencioso Administrativo, como representante del Ministerio Público ante el Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura, para el periodo de gestión Institucional 2016-2018. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución al Presidente del Poder Judicial, al Presidente

del Consejo Nacional de la Magistratura, al Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura, a la Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los señores Fiscales Supremos Titulares mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación Presidente de la Junta de Fiscales Supremos 1409567-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
Aprueban el Plan de Movilidad Urbana Sostenible 2016 - 2018 para el distrito de San Isidro
ACUERDO DE CONCEJO N° 073-2016-MSI San Isidro, 13 de julio de 2016 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN ISIDRO VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen N° 56-2016-CAJLI/MSI de la Comisión de Asuntos Jurídicos, Laborales e Informática; el Dictamen N° 15-2016-CDDUSOSM/MSI de la Comisión de Desarrollo Urbano, Sostenibilidad, Obras y Servicios Municipales; el Informe N° 196-2016-1620-SMURB-GS/MSI de la Subgerencia de Movilidad Urbana, el Memorándum N° 112-2016-1600-GS/MSI de la Gerencia de Sostenibilidad, el Informe N° 132-2016-1330-SP-GDD/ MSI de la Subgerencia de Proyectos, el Memorándum N° 102-2016-0500-GPPDC/MSI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, Informe N° 140-2016-1220-SC-GACU/MSI de la Subgerencia de Catastro, el Memorándum N° 191-20160130-OPU/MSI de la Oficina de Planeamiento Urbano y el Informe N° 0290-2016-0400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional N° 30305, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; Que el artículo X de la Ley Orgánica de Municipalidades señala que los gobiernos locales promueven el desarrollo integral, para viabilizar el crecimiento económico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental. La promoción del desarrollo local es permanente e integral. Las municipalidades provinciales y distritales promueven el desarrollo local, en coordinación y asociación con los niveles de gobierno regional y nacional, con el objeto de facilitar la competitividad local y propiciar las mejores condiciones de vida de su población; Que, mediante Acuerdo de Concejo N° 114-2015MSI se aprobó el Plan Estratégico Institucional de la Municipalidad de San Isidro para el periodo 2015-2017, en donde se considera como 4to Objetivo Estratégico Institucional "Impulsar la movilidad sostenible buscando la integración interdistrital del transporte público masivo y no motorizado", el cual busca que el sistema de movilidad del distrito se desarrolle sobre la base del transporte público masivo y no motorizado, logrando que el desplazamiento sea de forma rápida y segura (vial) a lo largo de distrito y hacia otros distritos;

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