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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JUNIO DEL AÑO 2016 (04/06/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 30

588768 NORMAS LEGALES Sábado 4 de junio de 2016 / El Peruano 2016-MIMP/OGA.OTI/HEH de la Ofi cina de Tecnologías de la Información, el Memorando N° 328-2016-MIMP/OGPP de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 153-2016-MIMP/OGPP-OPR de la Ofi cina de Presupuesto y el Informe N° 015-2016-MIMP/OGPP-OP de la Ofi cina de Planeamiento; CONSIDERANDO: Que, el artículo 17 del Decreto Legislativo N° 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática, establece que las Ofi cinas Sectoriales de Estadística e Informática están encargadas de la producción y del servicio estadístico e informático en su Sector, además de coordinar, planear y supervisar las actividades que realizan los demás órganos estadísticos e informáticos; Que, por Resolución Ministerial N° 19-2011-PCM, se aprobó como actividad permanente la “Formulación y Evaluación del Plan Operativo Informático – POI de las entidades de la Administración Pública” y su Guía de Elaboración, cuyo numeral 4.2, en su inciso b), dispone que la aprobación de la formulación, registro y evaluación del Plan Operativo Informático en las entidades del Gobierno Nacional, Regional y Local, así como en los Organismos Autónomos, es realizada por la máxima autoridad de la entidad; Que, al amparo de lo antes señalado, mediante Resolución Ministerial N° 055-2016-MIMP, se aprobó el “Plan Operativo Informático 2016 del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables: Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central y Unidad Ejecutora 009: Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual”; Que, posteriormente, con Ofi cio N° 322-2016/ INABIF.DE, la Dirección Ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF, en atención a los Ofi cios N° 023-2016-MIMP/OGA-OTI y N° 034- 2016-MIMP/OGA-OTI de la Ofi cina de Tecnologías de la Información de la Ofi cina General de Administración, remitió al MIMP el “Plan Operativo Informático 2016 de la Unidad Ejecutora 006: Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF”, el cual se sustenta en el Informe N° 108-2016/INABIF-UPP y el Memorando N° 660-2016-INABIF-UPP de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto y la Nota Informativa N° 065-2015/IANBIF. UA-SUI de la Sub Unidad de Informática; Que, mediante Informe N° 041-2016-MIMP/OGA. OTI/HEH, la Ofi cina de Tecnologías de la Información, luego de haber evaluado la documentación remitida por el INABIF, ha emitido su opinión técnica favorable al “Plan Operativo Informático 2016 de la Unidad Ejecutora 006: Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF” elaborado por la Sub Unidad de Informática del citado Programa Nacional, por lo que recomienda su aprobación; Que, con Memorando Nº 328-2016-MIMP/OGPP, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe Nº 153-2016-MIMP/OGPP-OPR de la Ofi cina de Presupuesto, a través del cual se emite opinión favorable para la aprobación del “Plan Operativo Informático 2016 de la Unidad Ejecutora 006: Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF”, en atención al Informe N° 108-2016-INABIF-UPP de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto del INABIF; Que, mediante Informe N° 015-2016-MIMP/OGPP- OP, la Ofi cina de Planeamiento emitió opinión favorable al “Plan Operativo Informático 2016 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables”, el cual incluía Plan Operativo Informático 2016 de la Unidad Ejecutora 006: Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF, en razón de que su implementación coadyuvará en el cumplimiento del Objetivo Institucional General 3: “Modernizar y Fortalecer la Gestión Institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, así como la articulación entre las Unidades Orgánicas del Ministerio y Organismos Regionales y Locales”, contenidos en el Plan Estratégico Institucional 2014-2016 del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, el Anexo 3 de la “Guía Para la Elaboración, Formulación y Evaluación del Plan Operativo Informático (POI) de las Entidades de la Administración Pública para el Año 2010”, aprobada por Resolución Ministerial N° 19-2011-PCM, establece que el POI es un instrumento de gestión que permite defi nir y orientar las actividades informáticas de acuerdo al Plan Estratégico Institucional y Sectorial, por ello, resulta necesario modifi car el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 055-2016-MIMP y el “Plan Operativo Informático 2016 del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables: Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central y Unidad Ejecutora 009: Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual, a fi n de incorporar el “Plan Operativo Informático 2016 de la Unidad Ejecutora 006: Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF”; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Administración, de la Ofi cina de Tecnologías de la Información, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 1098 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP y modifi catorias, y la Resolución Ministerial Nº 19-2011-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modifi car el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 055-2016-MIMP, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 1.- Aprobar el “Plan Operativo Informático 2016 del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables: Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central, Unidad Ejecutora 006: Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF y Unidad Ejecutora 009: Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual - PNCVFS”, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.” Artículo 2.- Modifi car el “Plan Operativo Informático 2016 del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables”, aprobado por Resolución Ministerial N° 055-2016-MIMP y modifi cado por el artículo 1 de la presente Resolución, a fi n de incorporar el Plan Operativo Informático correspondiente a la Unidad Ejecutora 006: Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Disponer que la presente Resolución y su Anexo sean publicados en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www. mimp.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCELA HUAITA ALEGRE Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1388582-1 PRODUCE Aceptan renuncia de Secretaria General del Ministerio de la Producción RESOLUCION MINISTERIAL N° 205-2016-PRODUCE Lima, 3 de junio de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 053-2014-PRODUCE se designó a la señora abogada Tabata Dulce Vivanco Del Castillo, en el cargo de Secretaria General del Ministerio de la Producción, Nivel F-6, cargo considerado de confi anza;