Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2016 (28/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

Lunes 28 de marzo de 2016 /

El Peruano

Que, mediante Oficio Nº 061-2016-FONDECYTDE, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT solicita la aprobación de transferencias financieras y el otorgamiento de subvenciones por un monto total de S/ 9'420,273.76, a favor de la Universidad Nacional de Tumbes, Universidad Nacional San Agustín, Universidad Nacional Agraria La Molina, Universidad Peruana Cayetano Heredia, Pontificia Universidad Católica del Perú, Universidad de Piura y Universidad Católica de Santa María, ganadoras del Esquema Financiero: Programas de Maestría en Universidades Peruanas, Convocatoria 2013 y del Esquema Financiero: Programa de Maestría en Políticas Públicas y/o Gestión en Ciencia, Tecnología e Innovación en Universidades Peruanas, Convocatoria 2013 para el año 2015, conforme a lo dispuesto en la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 074-2015-FONDECYT-DE y en la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 092-2015-FONDECYT-DE, de fechas 11 de mayo de 2015 y 9 de julio de 2015, respectivamente; Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT remite el Informe Técnico Legal Nº 003-2016-FONDECYTUPP-UAJ-USM, mediante el cual los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para aprobar transferencias financieras por un monto total de S/ 1'610,280.00, a favor de la Universidad Nacional de Tumbes (S/ 416,000.00), de la Universidad Nacional de San Agustín (S/ 549,200.00) y de la Universidad Agraria La Molina (S/ 645,080.00), así como para el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas por un monto total de S/ 7'809,993.76, a favor de la Universidad Peruana Cayetano Heredia (S/ 1'387,000.00), de la Pontificia Universidad Católica del Perú (S/ 5'003,743.76), de la Universidad de Piura (S/ 712,250.00) y de la Universidad Católica de Santa María (S/ 707,000.00), para cofinanciar programas en ciencia, tecnología e innovación tecnológica (CTI) señalados en el referido Informe Técnico Legal. Los referidos órganos adjuntan el Certificado de Crédito Presupuestario N° 0000000163, copia de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 074-2015-FONDECYT-DE y de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 092-2015-FONDECYT-DE, copia de los Convenios de Gestión N° 024, N° 025, N° 026, N° 027, N° 028, N° 029, N° 030, N° 031, N° 032, N° 033, N° 034, N° 035, N° 036 y N° 059-2015-FONDECYT; Que, los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo
Nº Tipo de Cofinanciamiento Transferencia Financiera Programa o proyecto Programa o proyecto

y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, con la visación de la presente Resolución, ratifican el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar los desembolsos solicitados en el Informe Técnico Legal Nº 003-2016-FONDECYTUPP-UAJ-USM, y demás disposiciones contenidas en los Reglamentos y Bases de los citados Concursos, así como en los Convenios señalados en el considerando precedente, y en la normativa vigente sobre la materia; Que, mediante Informe Nº 078-2016-CONCYTECOGPP, el Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC señala que ha verificado lo informado por el FONDECYT, concluyendo que la aprobación de transferencias financieras y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, solicitadas por el FONDECYT se enmarcan en la Directiva y cuentan con disponibilidad presupuestal para ser atendidos hasta por el importe total de S/ 9'420,273.76, con el cual se cofinanciarán los programas en CTI señalados en el Informe Técnico Legal Nº 003-2016-FONDECYT-UPP-UAJ-USM; Que, con el Informe Nº 057-2016-CONCYTEC-OGAJ, la Jefa(e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, indica que teniendo en cuenta lo señalado en el Informe Técnico Legal Nº 003-2016-FONDECYT-UPPUAJ-USM, y en el Informe Nº 078-2016-CONCYTECOGPP, se ha cumplido con lo dispuesto en la Directiva; Con la visación del Secretario General, del Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Director Ejecutivo (e) del FONDECYT, del Responsable (e) de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Responsable (e) de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Responsable (e) de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar las transferencias financieras a favor de entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, por la suma total de S/ 9'420,273.76 (Nueve Millones Cuatrocientos Veinte Mil Doscientos Setenta y Tres y 76/100 Soles); en el marco de lo dispuesto por el Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, conforme al detalle siguiente:
Monto Monto Total S/ aprobado (En Soles) S/ (En Soles) Universidad Nacional de Tumbes 416,000.00 Universidad Nacional San Agustín 549,200.00 1'610,280.00 Universidad Nacional Agraria La Molina 645,080.00 693,500.00 Universidad Peruana Cayetano Heredia 1'387,000.00 693,500.00 669,110.00 693,599.00 815,457.50 732,522.50 Pontificia Universidad Católica del Perú 5'003,743.76 890,272.26 750,260.00 Institución 452,522.50 Universidad de Piura Universidad Católica de Santa María 712,250.00 712,250.00 707,000.00 707,000.00 Monto Total S/ 9'420,273.76

Programa Programa Programa Programa Programa Programa Programa Programa Subvención a personas Programa 2 jurídicas privadas Programa Programa Programa 1 Programa Programa

"Biotecnología Molecular" "Informática" "Producción Animal" "Ciencias del Mar" "Bioquímica y Biología Molecular" "Física" "Ingeniería Civil" "Ingeniería y Ciencias de los Materiales" "Ingeniería Mecatrónica" "Ingeniería de Control y Automatización" "Química" "Política y Gestión de la Ciencia, Tecnología e Innovación" "Ingeniería Mecánica y Eléctrica" "Química del Medio Ambiente"

Artículo 2.- Notificar la presente Resolución a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC; así como a la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, para su conocimiento y fines pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de Transparencia del CONCYTEC. Regístrese, comuníquese y publíquese. GISELLA ORJEDA Presidente 1359969-1

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