Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2016 (06/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Jueves 6 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES

600875

para la situación descrita en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo con el siguiente detalle:
INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO En Soles 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito 637 357,00 --------------TOTAL INGRESOS 637 357,00 =========

EDUCACION
Autorizan viaje de Viceministro de Gestión Institucional a Ecuador, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 037-2016-MINEDU Lima, 5 de octubre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante OF. RE (DGA-SUD) N° 22-6-BB/136 c/a, el Ministro de Relaciones Exteriores comunica al Ministro de Educación, la realización del Encuentro Presidencial y X Gabinete Binacional de Ministros del Perú y Ecuador, que se desarrollarán el 07 de octubre de 2016, en la ciudad de Macas, provincia de Morona Santiago, República de Ecuador; Que, el Encuentro Presidencial y el X Gabinete Binacional de Ministros del Perú y Ecuador constituyen un mecanismo de coordinación político ­ diplomático del más alto nivel que ha dado un impulso significativo a la relación bilateral con la República de Ecuador y ha permitido la realización de proyectos en beneficio de las poblaciones de ambos países, en particular de las que habitan en la zona de integración fronteriza. En esta oportunidad se evaluarán los avances alcanzados en el cumplimiento de los compromisos asumidos en la Declaración de Jaén suscrita por ambos países el 18 de diciembre de 2015; asimismo, se formularán nuevos compromisos con el propósito de profundizar la integración e impulsar la agenda común entre ambos países; Que, mediante el Informe N° 162-2016-MINEDU/ SG-OGCI la Jefa de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, dependiente de la Secretaría General del Ministerio de Educación, señala que resulta relevante la participación del señor JUAN PABLO SILVA MACHER, Viceministro de Gestión Institucional del Ministerio de Educación en los referidos eventos, dado los contenidos de los acuerdos adoptados en la Declaración de Jaén, así como, de aquellos que se han incluido para la negociación en esta versión del Gabinete Binacional; Que, por lo expuesto y siendo de interés para la institución, resulta necesario autorizar el viaje del señor JUAN PABLO SILVA MACHER, Viceministro de Gestión Institucional del Ministerio de Educación, cuyo traslado será realizado en avión de la Fuerza Aérea del Perú; mientras que los gastos por conceptos de viáticos serán asumidos con cargo al Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora: 024; Que, al respecto, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, establece que el requerimiento de excepciones adicionales a las señaladas en los literales del citado numeral, para el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificada por la Ley Nº 26510; en la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje del señor JUAN PABLO SILVA MACHER, Viceministro de Gestión

GASTOS SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 006 : Instituto Nacional de Defensa Civil UNIDAD EJECUTORA 001 : INDECI-Instituto Nacional de Defensa Civil ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5000502 : Atención de Desastres y Apoyo a la Rehabilitación y a la Reconstrucción 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito 637 357,00 --------------637 357,00 =========

GASTOS DE CAPITAL 2.4. Donaciones y Transferencias TOTAL EGRESOS

Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El titular del pliego habilitado en el presente Crédito Suplementario, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos del Crédito Suplementario a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son autorizados. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Defensa. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, el primer día del mes de octubre del año dos mil dieciséis. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ Ministro de Defensa ALFREDO THORNE VETTER Ministro de Economía y Finanzas 1437955-1

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