Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2017 (22/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 139

El Peruano / Viernes 22 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Arzobispo de Lima y Primado del Perú, a entregarse en la Sesión Solemne de Concejo a celebrarse con ocasión del 88º Aniversario de Creación del Distrito; Que, de conformidad con lo dispuesto por Decreto de Alcaldía Nº 007-2000-MSS, modificado por los Decretos de Alcaldía Nros. 07-2004 y 17-2007-MSS, el Concejo Municipal luego de evaluar la propuesta y sometida a votación adoptó por UNANIMIDAD, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el siguiente: ACUERDO: Condecorar con la MEDALLA CÍVICA de la "ORDEN SANTIAGO APÓSTOL" con ocasión de conmemorarse el 88º Aniversario de Creación del Distrito al: CARDENAL JUAN LUIS CIPRIANI THORNE ARZOBISPO DE LIMA Y PRIMADO DEL PERÚ Por su labor pastoral a favor de la Comunidad de Santiago de Surco, reflejada en el impulso para la construcción de la Parroquia San Juan Pablo II, por promover la reconstrucción del techo de la Iglesia Santiago Apóstol, así como por su activa participación en las celebraciones de Semana Santa, festividad religiosa de mayor representatividad e importancia en el distrito. Mando se registre, publique y cumpla. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 1599966-24

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUANCHACO
Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) - 2017 de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 009 -2017-MDH Huanchaco, 22 de junio del 2017 POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUANCHACO VISTO: En Sesión Extraordinaria del Concejo Municipal de fecha 22 de junio del 2017; y, CONSIDERANDO: Que, los artículos 194º y 195º de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 27680, establecen que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de las Municipalidades, en el primer párrafo establece que, las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba

la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en la que las municipalidades tienen competencias normativas; Que, el artículo 39º de la Ley Orgánica de las Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas y Acuerdos. Asimismo, conforme establece el Inc. 8 del Artículo 9º de la norma ut supra, es atribución de Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos de Concejo. Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es un Instrumento de Gestión, que conforme a lo establecido en el artículo 37º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, modificado por Decreto Legislativo Nº 1272; debe contener: la relación de procedimientos de iniciativa de parte requeridos por los administrados para satisfacer sus intereses o derechos, mediante un pronunciamiento por la Entidad; la descripción clara y taxativa de todos los requisitos exigidos; la calificación de cada procedimiento; los supuestos en que procede el pago de derechos de tramitación, indicando el monto y la forma de pago; las vías de recepción adecuadas; la autoridad competente para resolver cada instancia; y los formularios que sean empleados. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 003-2009MDH, se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Huanchaco, sin que hasta la fecha se haya revisado o actualizado como ordena la ley; Que, dentro del proceso de Modernización de la Gestión del Estado y la mejora continua de los procedimientos administrativos, resulta necesaria la actualización de los documentos de gestión con la normativa vigente; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 36º, numeral 36.1 de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, modificado por Decreto Legislativo Nº 1272, establece que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente en el caso de gobiernos locales, mediante Ordenanza Municipal los mismos que deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA); Que, mediante el Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM, se aprueba el Formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) siendo el único mediante el cual las entidades públicas difundirán los procedimientos administrativos, requisitos, plazos, derechos de tramitación, entre otros que legalmente se encuentran obligadas a solicitar a los ciudadanos, en cumplimiento del artículo 37 de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, modificado por Decreto legislativo Nº 1272; Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2011-PCM, se aprueba la metodología de simplificación administrativa, proceso a través del cual se busca eliminar exigencias y formalidades que se consideran innecesarias en los procedimientos que realiza la ciudadanía para lo cual se propone un modelo estandarizado; Que, a efecto de dar estricto cumplimiento a los considerandos precedentes se ha formulado un nuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) -2017, de la Municipalidad Distrital de Huanchaco, en estricto cumplimiento a las normas vigentes. Que, los derechos de tramitación de los procedimientos establecidos en Nuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Huanchaco, se han calculado acorde con la guía aprobada con DS - 064-2010-PCM, y la simplificación de dichos procedimientos se ha realizado de acuerdo a lo establecido por el DS ­ 007 ­ 2011 ­ PCM. Que, el proceso de simplificación administrativa desarrollado por el Comité Directivo (CD) y el Equipo de Mejora Continua (EMC) de la Municipalidad Distrital de Huanchaco, durante el periodo 2016 - 2017, se ha realizado siguiendo la Metodología de Simplificación Administrativa establecido por el D.S. Nº 007-2011PCM, y la Metodología de Determinación de Costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, trabajados en el Aplicativo "Mi costo";

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