Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2017 (29/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 183

El Peruano / Viernes 29 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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y Medio Ambiente y de Asuntos Jurídicos, la Carta Nº 4368-2017-SG-MSS de la Secretaría General, el Memorándum Nº 842-2017-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 1003-2017-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 1974-2017-GPP-MSS de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, los Memorándums Nros. 1605 y 1624-2017-GSC-MSS de la Gerencia de Servicios a la Ciudad, el Informe Técnico Nº 050-2017-VSA-SGLPJMSS y el Informe Nº 562-2017-SGLPJ-GSC-MSS de la Subgerencia de Limpieza, Parques y Jardines, entre otros documentos, sobre proyecto de Ordenanza que aprueba el Plan de Manejo de los Residuos Sólidos de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 28607 y Ley Nº 30305, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972: "Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico"; Que, el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que "Las Ordenanzas de las municipalidades, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa. (...)". Asimismo el Artículo 9º inciso 8) de la misma norma, señala que corresponde al Concejo Municipal "Aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos"; Que, mediante Informe Nº 562-2017-SGLPJ-GSCMSS del 23.11.2017, la Subgerencia de Limpieza, Parques y Jardines, remitiendo el Informe Técnico Nº 050-2017-VSA-SGLPJ-MSS del 22.11.2017, señala que el Plan de Manejo de Residuos Sólidos (PMRS), se constituye en un instrumento de gestión ambiental que canaliza los proyectos de inversión, renovación y optimización de todos los aspectos que hacen posible una gestión integral de los Residuos Sólidos, considerando además aspectos de innovación tecnológica y de participación de la comunidad, principalmente en las etapas de segregación en la fuente. En tal sentido, concluye señalando que, la existencia del Plan de Manejo de Residuos Sólidos, debidamente suscrito por la Municipalidad de Santiago de Surco, se constituirá en el instrumento de Planificación para todas las actividades que busquen la mejora y optimización del sistema de manejo de los Residuos Sólidos en la jurisdicción del distrito; Que, con Memorándum Nº 1605-2017-GSC-MSS del 29.11.2017, la Gerencia de Servicios a la Ciudad, remite el Informe Nº 562-2017-SGLPJ-GSC-MSS de la Subgerencia de Limpieza, Parques y Jardines, el cual hace suyo en todos sus extremos, así como el proyecto de Ordenanza que aprueba el Plan de Manejo de Gestión de Residuos Sólidos de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco (2017 - 2021), siendo visado en señal de conformidad. Asimismo, a través del Memorándum Nº 1624-2017-GSC-MSS del 05.12.2017, señala que de conformidad con el numeral 3.2) del Artículo 14º del Decreto Supremo Nº 0012009-JUS "Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General", resulta innecesaria la prepublicación de la Ordenanza propuesta, al darse cumplimiento a las disposiciones establecidas en la Ley Nº 27314 Ley General de Residuos Sólidos, modificada por el Decreto Legislativo Nº 1065, así como de las disposiciones establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, por Memorándum Nº 1974-2017-GPP-MSS del 04.12.2017 la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, señala que el Plan de Manejo de Residuos Sólidos, se encuentra conforme al Plan de Desarrollo Concertado, aprobado con Ordenanza Nº 543-MSS, en la variable 2: Calidad ambiental de la ciudad, en el objetivo estratégico: Asegurar la calidad ambiental de la ciudad. En tal sentido, considera pertinente la aprobación de la Ordenanza que aprueba el Plan de Manejo de Residuos Sólidos 20172021; Que, mediante Informe Nº 1003-2017-GAJ-MSS del 11.12.2017, la Gerencia de Asesoría Jurídica teniendo en cuenta la Ley General de Residuos Sólidos - Ley Nº 27314, modificada por el Decreto Legislativo Nº 1065, así como el Decreto Supremo Nº 394-2016-EF de fecha 29.12.2016, se aprueban los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal 2017, disponiéndose en su Artículo 6º que las Municipalidades deben cumplir con determinadas metas para acceder a los recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal; en tal contexto, mediante Resolución Directoral Nº 002-2017EF/50.01 se aprueba el instructivo de Metas que dispone en el Anexo Nº 03: META Nº 17 "Implementación de un sistema integrado de manejo de residuos sólidos municipales"; resultando menester dar cumplimiento con la aprobación y vigencia del Plan de Manejo de Residuos Sólidos (PMRS) que incluya el Plan de Acción del año 2017, teniendo como plazo al 31.12.2017. En tal sentido, concluye opinando por la procedencia de la emisión de la Ordenanza que aprueba el Plan de Manejo de los Residuos Sólidos de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco (2017 - 2021), que se constituirá en el instrumento de Planificación para todas las actividades que permitan promover la ejecución, revalorización o adecuación de infraestructura para el manejo de los residuos sólidos, así como para la erradicación de situaciones de riesgo; es decir, propender a la maximización constante de la eficiencia en el uso, gestión y manejo de residuos sólidos concatenado a la recuperación y valorización material y energética de los residuos, garantizando con tales acciones la protección de la salud y del medio ambiente en la Jurisdicción del Distrito de Santiago de Surco; Que, con Memorándum Nº 842-2017-GM-MSS de fecha 15.12.2017, la Gerencia Municipal señala encontrar conforme el presente proyecto de Ordenanza que aprueba el Plan de Manejo de los Residuos Sólidos de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco; Estando al Dictamen Conjunto Nº 02-2017-CSCMACAJ-MSS de las Comisiones de Servicio a la Ciudad y Medio Ambiente y de Asuntos Jurídicos, al Informe Nº 1003-2017-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 9º incisos 8) y 9) y 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, por UNANIMIDAD, se aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO DE SURCO Artículo I.- APROBAR el Plan de Manejo de Residuos Sólidos de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, el mismo que como Anexo I, forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo II.- AUTORIZAR al señor Alcalde para que vía Decreto de Alcaldía, efectué las modificaciones y/o adecuaciones que corresponda para el mejor cumplimiento del Plan aprobado en el artículo precedente. Artículo III.- DISPONER el cumplimiento obligatorio del presente documento de gestión a las Unidades Orgánicas competentes de la Municipalidad de Santiago de Surco, las mismas que deberán ejecutar las actividades contenidas en el presente plan. Artículo IV.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, la Gerencia de Servicios a la Ciudad, velar por el estricto cumplimiento

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