Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2017 (30/01/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 20

20

NORMAS LEGALES

Lunes 30 de enero de 2017 /

El Peruano

Aprobación de la Tabla de Valores Referenciales para efectos de determinar la base imponible del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo correspondiente al año 2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 028-2017-EF/15 Lima, 27 de enero de 2017 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo establecido por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004EF y normas modificatorias, y el artículo 7º del Decreto Supremo Nº 057-2005-EF - Reglamento del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo, la base imponible del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo se determinará comparando el valor de adquisición, construcción, importación o de ingreso al patrimonio de la embarcación afecta, con el valor

asignado en la Tabla de Valores Referenciales que apruebe anualmente el Ministerio de Economía y Finanzas, el cual considerará un valor de ajuste por antigüedad debiendo considerarse para efecto del Impuesto, el mayor de ellos; Que, en tal sentido es conveniente aprobar la Tabla de Valores Referenciales correspondiente al año 2017; De conformidad con lo establecido en el artículo 7º del Decreto Supremo Nº 057-2005-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobación de la Tabla de Valores Referenciales Apruébese la Tabla de Valores Referenciales a utilizarse para determinar la base imponible del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo, por el año 2017 que, como anexo, forma parte de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO THORNE VETTER Ministro de Economía y Finanzas

ANEXO TABLA DE VALORES REFERENCIALES A FIN DE DETERMINAR LA BASE IMPONIBLE DEL IMPUESTO A LAS EMBARCACIONES DE RECREO CORRESPONDIENTE AL AÑO 2017 (VALORES EXPRESADOS EN SOLES)
1. EMBARCACIONES A VELA SIN O CON MOTOR AUXILIAR
CONCEPTO 2016 2015 2014 2013 2012 2011 2010 2009 2008 OTROS AÑOS

< 18 (PIES) (5.5. m.)

PUENTE DE MANDO SIN MOTOR AUXILIAR CON MOTOR AUXILIAR (HP) : < 15 = 15 < 20 = > 20 24 900 27 840 38 690 22 410 25 060 34 820 19 920 22 270 30 950 17 430 19 490 27 080 14 940 16 700 23 210 12 450 13 920 19 350 9 960 11 140 15 480 7 470 8 350 11 610 4 980 5 570 7 740 2 490 2 780 3 870 17 500 15 750 14 000 12 250 10 500 8 750 7 000 5 250 3 500 1 750

= 18 < 22 (PIES) (5.5. a 6.7m.)

PUENTE DE MANDO SIN MOTOR AUXILIAR CON MOTOR AUXILIAR (HP) : < 15 = 15 < 20 = > 20 31 040 33 910 44 550 27 940 30 520 40 100 24 830 27 130 35 640 21 730 23 740 31 190 18 620 20 350 26 730 15 520 16 960 22 280 12 420 13 560 17 820 9 310 10 170 13 370 6 210 6 780 8 910 3 100 3 390 4 460 23 330 21 000 18 660 16 330 14 000 11 670 9 330 7 000 4 670 2 330

= 22 < 26 (PIES) (6.7 a 7.9 m.)

PUENTE DE MANDO SIN MOTOR AUXILIAR CON MOTOR AUXILIAR (HP) : < 20 = 20 < 35 = > 35 40 840 51 680 65 190 36 760 46 510 58 670 32 670 41 340 52 150 28 590 36 180 45 630 24 500 31 010 39 110 20 420 25 840 32 600 16 340 20 670 26 080 12 250 15 500 19 560 8 170 10 340 13 040 4 080 5 170 6 520 30 510 27 460 24 410 21 360 18 310 15 260 12 200 9 150 6 100 3 050

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.