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19 NORMAS LEGALES Lunes 13 de febrero de 2017 El Peruano / de la operación del servicio autorizado, conforme a lo dispuesto en el artículo 68-A del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión. La renovación se sujeta al cumplimiento de los requisitos y las condiciones previstas en la Ley de Radio y Televisión y su reglamento. Artículo 9.- Dentro de los sesenta (60) días de notifi cada la presente resolución, la titular de la autorización efectuará el pago correspondiente al canon anual. En caso de incumplimiento, se procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 38 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión. Artículo 10.- La titular de la autorización deberá cumplir con las disposiciones previstas en los literales a) y b) del artículo 38 del Marco Normativo General del Sistema de Comunicaciones en Emergencias, aprobado por Decreto Supremo N° 051-2010-MTC. Artículo 11.- La autorización a la que se contrae la presente resolución se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modifi catorias y complementarias que se expidan. Artículo 12.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS VALDEZ VELÁSQUEZ-LÓPEZ Viceministro de Comunicaciones 1484535-1 Rectifican errores materiales contenidos en Anexo de la R.VM. N° 931-2011- MTC/03, mediante la cual se renovaron autorizaciones del servicio de radiodifusión comercial en FM RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 104-2017-MTC/03 Lima, 1 de febrero de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial N° 931-2011- MTC/03 del 11 de octubre de 2011, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 20 de octubre de 2011, se renovaron tres (03) autorizaciones del servicio de radiodifusión comercial en Frecuencia Modulada (FM), que se detallan en el Anexo que forma parte de la resolución; Que, mediante Informe N° 0184-2017-MTC/28 del 18 de enero de 2017, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones señala que corresponde emitir una Resolución Viceministerial, rectificando los errores materiales contenidos en el Anexo de la Resolución Viceministerial N° 931-2011-MTC/03; Que, el numeral 201.1 del artículo 201 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, señala que “los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión”. A su vez, el numeral 201.2 del citado artículo dispone que “la rectificación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original”; Que, en tal medida, dado el error material incurrido en el Anexo de la Resolución Viceministerial N° 931- 2011-MTC/03, debe procederse a la rectificación de oficio de la citada resolución, emitiéndose el acto administrativo correspondiente, esto es, una resolución viceministerial, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 201 de la Ley de Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo dispuesto en la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444; SE RESUELVE: Artículo Único.- Rectificar los errores materiales contenidos en el Anexo de la Resolución Viceministerial N° 931-2011-MTC/03, de acuerdo al detalle del Anexo de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS VALDEZ VELÁSQUEZ-LÓPEZ Viceministro de Comunicaciones ANEXO DICE: N° TITULAR AUTORIZACION SOLICITUD DE RENOVACION FECHA DE VENCIMIENTO RENOVACION LOCALIDAD DEPARTAMENTO BANDA MODALIDAD FINALIDAD RESOLUCION N° FECHA VENCIMIENTO N° FECHA 1 PRODUCCIONES ASTURIAS S.A.C. R.V.M. Nº 540- 2001-MTC/15.03 20-8-2011 2011-016969 14-4-2011 28-12-2011 CERRO DE PASCO PASCO FM SONORA COMERCIAL 2 PRODUCCIONES ASTURIAS S.A.C. R.V.M. Nº 793- 2001-MTC/15.03 23-11-2011 2011-016958 14-4-2011 26-12-2011 JAEN- BELLAVISTA- LAS PIRIAS CAJAMARCA FM SONORA COMERCIAL 3 PRODUCCIONES ASTURIAS S.A.C. R.V.M. N° 456- 2006-MTC/03 9-3-2011 2011-010030 4-3-2011 26-12-2011 TRUJILLO LA LIBERTAD FM SONORA COMERCIAL DEBE DECIR: N° TITULAR AUTORIZACION SOLICITUD DE RENOVACION FECHA DE VENCIMIENTO RENOVACION LOCALIDAD DEPARTAMENTO BANDA MODALIDAD FINALIDAD RESOLUCION N° FECHA VENCIMIENTO N° FECHA 1 PRODUCCIONES ASTURIAS S.A.C. R.V.M. Nº 540- 2001-MTC/15.03 2-8-2011 2011-016969 14-4-2011 2-8-2021 CERRO DE PASCO PASCO FM SONORA COMERCIAL 2 PRODUCCIONES ASTURIAS S.A.C. R.V.M. Nº 793- 2001-MTC/15.03 9-10-2011 2011-016958 14-4-2011 9-10-2021 JAEN- BELLAVISTA- LAS PIRIAS CAJAMARCA FM SONORA COMERCIAL 3 PRODUCCIONES ASTURIAS S.A.C. R.V.M. N° 456- 2006-MTC/03 9-3-2011 2011-010030 4-3-2011 9-3-2021 TRUJILLO LA LIBERTAD FM SONORA COMERCIAL 1484536-1