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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JULIO DEL AÑO 2017 (29/07/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 3

3 NORMAS LEGALES Sábado 29 de julio de 2017 El Peruano / a otorgar una subvención extraordinaria a favor de los usuarios del Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres - JUNTOS y del Programa Nacional de Asistencia Solidaria - PENSIÓN 65, que han percibido la subvención correspondiente al mes de junio, ubicados en los distritos declarados en estado de emergencia como consecuencia de las intensas lluvias y peligros asociados; dicha subvención extraordinaria se denominará “Bono Juntos – Una sola fuerza” y “Bono Pensión – Una sola fuerza”, respectivamente, y se fi ja en el monto de DOSCIENTOS Y 00/100 SOLES (S/ 200,00), abonándose en el mes de agosto 2017. La subvención extraordinaria se entrega una sola vez y constituye una transferencia no condicionada; es decir, no requiere el cumplimiento de condicionalidades, ni exige el repago por parte de los usuarios bene fi ciados de los citados Programas. Lo establecido en el presente artículo se fi nancia con cargo a los recursos a que se re fi ere el artículo 44 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, hasta por el monto de CIENTO VEINTIUN MILLONES CIENTO CUARENTA Y UN MIL SEISCIENTOS Y 00/100 SOLES (S/ 121 141 600,00). Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social, y el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de julio del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros yMinistro de Economía y Finanzas CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1549062-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de representantes del MINCETUR a la India, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 262-2017-MINCETUR Lima, 21 de julio de 2017 CONSIDERANDO:Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es el organismo público competente para defi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; responsable en materia de la promoción de las exportaciones y turismo, y de negociaciones comerciales internacionales, en coordinación con los sectores y entidades competentes en el ámbito de sus respectivas competencias, y está encargado de la regulación del comercio exterior; Que, en el marco de sus funciones, el MINCETUR ha identi fi cado a la República de la India como un socio comercial de gran importancia, por lo que desde 2015 se iniciaron trabajos de elaboración, con su contraparte india, de un Estudio Conjunto de Factibilidad para un Tratado de Libre Comercio Perú – India, para identi fi car los bene fi cios de un acuerdo comercial entre ambas partes, el mismo que concluye, entre otros aspectos, que la negociación de un acuerdo comercial debería incluir disposiciones en materia de comercio de bienes, comercio de servicios e inversiones; Que, en dicho contexto, en la ciudad de Nueva Delhi, República de la India, del 08 al 11 de agosto de 2017, MINCETUR llevará a cabo la primera ronda de negociaciones del Acuerdo Comercial Perú – India, que incluirá los siguientes capítulos: acceso al Mercado de Mercancías, Reglas de Origen, Defensa Comercial, Obstáculos Técnicos al Comercio, Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, Procedimientos Aduaneros y Facilitación del Comercio, Comercio de Servicios, Movimiento de Personas Naturales, Inversión, Cooperación y Asuntos Legales e Institucionales y Solución de Controversias; Que, asimismo, se sostendrán reuniones plenarias de los Jefes de Negociación, en las que se espera evaluar los avances de los grupos de negociación, explorar áreas de consenso para cada capítulo y de fi nir los próximos pasos en la negociación; Que, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje de un grupo de profesionales que prestan servicios al Despacho Viceministerial de Comercio Exterior, para que en representación del MINCETUR participen en la ronda de negociación antes mencionada; De conformidad con la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modi fi catorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Nueva Delhi, República de la India, de los siguientes profesionales que prestan servicio al Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, participen en la Primera Ronda de Negociación para un Tratado de Libre Comercio Perú – India y reuniones conexas, a que se re fi ere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial, de acuerdo al siguiente detalle: Gerardo Antonio Meza Grillo Del 05 al 12 de agosto de 2017 John Ramiro Cusipuma Frisancho Celia Pamela Beatriz Huamán LinaresDaisy Jennifer Olórtegui MarkyKarina Nicole Tejada CastroVanessa del Carmen Rivas Plata Saldarriaga Ángela Rossina Guerra Sifuentes Del 05 al 11 de agosto de 2017 Gloria Eugenia Ramírez Ramírez Ernesto Emilio Guevara Lam Rocío Elena Barreda Santos Del 07 al 12 de agosto de 2017 Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del artículo precedente, estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Gerardo Antonio Meza Grillo, John Ramiro Cusipuma Frisancho, Celia Pamela Beatriz Huamán Linares, Daisy Jennifer Olórtegui Marky, Karina Nicole Tejada Castro, Vanessa del Carmen Rivas Plata Saldarriaga: Pasajes : US$ 3 848,01 x 06 personasViáticos : US$ 2 500,00 x 06 personas Ángela Rossina Guerra Sifuentes: Pasajes : US$ 4 198,78Viáticos (US$ 500,00 x 04 días) : US$ 2 000,00 Gloria Eugenia Ramírez Ramírez: Pasajes : US$ 3 844,78Viáticos (US$ 500,00 x 04 días) : US$ 2 000,00 Ernesto Emilio Guevara Lam: Pasajes : US$ 4 189,01Viáticos (US$ 500,00 x 04 días) : US$ 2 000,00