Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2017 (15/06/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Jueves 15 de junio de 2017

NORMAS LEGALES
N/O GRADO 01 APELLIDOS Y NOMBRES DNI OBS

25

Apoyo del Sistema de Información Geográfica (SIG), a realizarse en la ciudad de Santiago de Chile, República de chile, en el periodo comprendido del 19 de junio de 2017al 23 de junio de 2017; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio al personal militar antes mencionado, para que participen en el Ejercicio de Cuadros en Operaciones Interagenciales con Apoyo del Sistema de Información Geográfica (SIG), debido a que es de interés institucional, además permitirá realizar el intercambio de experiencias y conocimientos, así como el estudio conjunto de los problemas de interés mutuo dentro del marco regional americano; Que, en observancia a lo establecido en los incisos a) y d) del artículo 263, del Reglamento de la Conferencia de Ejércitos Americanos, del 20 de noviembre de 2015, la cual dispone que los gastos de alojamiento y pasajes de ida y vuelta serán sufragados por las respectivas delegaciones; en consecuencia, corresponde otorgar viáticos diarios hasta por un setenta por ciento (70 %) del que corresponde a la zona geográfica, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial N° 6962013-DE/SG, que aprueba los porcentajes máximos de viáticos, en función de la escala detallada en el artículo 5 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 056-2013PCM, para el caso de invitaciones que incluyan financiamiento parcial de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; Que, conforme a lo mencionado en la Hoja de Gastos el Jefe del Departamento de Presupuesto de la Dirección de Relaciones Internacionales del Ejército, los gastos de alojamiento, viáticos y pasajes aéreos internacionales de ida y vuelta, que ocasione la participación del personal militar en el mencionado evento no serán asumidos por ningún organismo internacional, por lo que se efectuarán con cargo al presupuesto Institucional del Año Fiscal 2017 de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, conforme a lo establecido en la Resolución Ministerial N° 696-2013DE/SG, y del artículo 5 del Decreto Supremo N° 047-2002PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, y los incisos a) y b) del artículo 10 del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2017 de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la presentación del personal militar nombrado en la fecha requerida, es necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como su retorno un (01) día posterior al término del mismo, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Estando a lo propuesto por el General de Ejército Comandante General del Ejército, y; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, y su modificatoria; aprobada con el Decreto Supremo N°056-2013-PCM, el Decreto Supremo N° 0022004-DE/SG, y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio al personal militar, para que participen en el Ejercicio de Cuadros en Operaciones Interagenciales con Apoyo del Sistema de Información Geográfica (SIG), "Integración 2017", a realizarse en la Ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, en el periodo comprendido del 19 de junio de 2017 al 23 de junio de 2017; así como autorizar su salida del país el 18 de junio de 2017 y su retorno al país el 24 de junio de 2017, de acuerdo al siguiente detalle:

Manuel Gustavo LUQUE OBANDO Coronel Oficial de Enlace del Ejército del Perú ante la 29595064 TITULAR EP Conferencia de Ejércitos Americanos. Gabriel GOMEZ OSCCO Teniente Oficial Especialista en el tema Operaciones 07262280 TITULAR Coronel Interagenciales con Apoyo del Sistema de EP Información Geográfica. Lourdes Aurelia BARRIGA ABARCA Teniente Oficial Especialista en el tema Operaciones 29550431 SUPLENTE Coronel Interagenciales con Apoyo del Sistema de EP Información Geográfica.

02

03

Artículo 2.- El Ministerio de Defensa ­ Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2016, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes aéreos Lima ­ Santiago de Chile (República de Chile) ­ Lima (Clase económica): US$ 1,050.00 x 02 personas (incluye TUUA) US$ 2,100.00 Viáticos por Comisión de Servicio al Exterior: US $ 370.00 x 05 días x 02 personas x 70%(19 al 23 jun 2017) US$ 2,590.00 -------------------Total a pagar en Dólares Americanos US$ 4,690.00

Artículo 3.- La participación del personal militar suplente quedará supeditado ante la imposibilidad de la participación del personal militar titular, en estricto orden de prelación. Articulo 4.- El General de Ejército Comandante General del Ejército queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5.- El personal militar comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo N° 0472002-PCM, y su modificatoria. Artículo 6.- La presente Resolución Ministerial, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1532816-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Crédito Suplementario a favor de diversos Pliegos Gobiernos Locales en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017
DECRETO SUPREMO Nº 176-2017-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que dicho Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.