Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2017 (15/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Jueves 15 de junio de 2017 /

El Peruano

y del Teniente Segundo Lucien Emmanuel GÓMEZ DE LA TORRE Ballón, para que participen en las mencionadas actividades, lo que permitirá contar con los alcances actualizados sobre los diversos estudios e investigaciones científicas en lo que respecta a los océanos, los cuales son proporcionados por los representantes de los países asistentes; Que, de acuerdo con el documento Nº 079-2017 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2017 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los incisos a) y b) del artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de las actividades programadas, es necesario autorizar su salida del país con DOS (2) días de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después de los eventos; sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Contralmirante Alejandro David PORTILLA Linares, CIP. 04834227, DNI. 25809669 y del Teniente Segundo Lucien Emmanuel GÓMEZ DE LA TORRE Ballón, CIP. 00020849, DNI. 46177485, para que participen en la 50º Sesión del Consejo Ejecutivo y 29º Reunión de la Asamblea de la Comisión Oceanográfica Intergubernamental (COI), a realizarse en la ciudad de París, República Francesa, del 20 al 29 de junio de 2017; así como, autorizar su salida del país el 18 y su retorno el 30 de junio de 2017. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - París (República Francesa) - Lima US$. 3,294.33 x 2 personas US$. 6,588.66 Viáticos: US$. 540.00 x 2 personas x 10 días TOTAL A PAGAR: US$. 10,800.00 --------------------US$. 17,388.66

Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1532815-1

Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra del Perú a Suecia, EE.UU., y México, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 812-2017 DE/MGP Lima, 12 de junio de 2017 Vista, la Carta G.500-2742 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 5 de junio de 2017; CONSIDERANDO: Que, mediante comunicación de fecha 1 de junio de 2017, la Secretaria de Admisiones de la Universidad Marítima Mundial (UMM), ha confirmado la matricula del Teniente Primero Miguel Antonio NAVARRO Heckathorn, para que participe en la Maestría en Ciencias en Asuntos Marítimos y Programa de Inglés y Habilidades de Estudios, a realizarse en dicha universidad, en la ciudad de Malmö, Reino de Suecia, del 19 de junio de 2017 al 4 de noviembre de 2018; Que, con Oficio N.100-1307 de fecha 19 de mayo de 2017, el Director General de Capitanías y Guardacostas ha remitido la documentación pertinente para la tramitación de la autorización de viaje en Misión de Estudios del Teniente Primero Miguel Antonio NAVARRO Heckathorn, para que participe en la mencionada maestría, lo que permitirá adquirir mayor experiencia en investigación marítima de posgrado para la comunidad mundial, en donde se imparten estudios de las nuevas tendencias en el control y administración de las actividades marítimas a nivel global para el desarrollo sostenible de las Naciones Unidas; Que, teniendo en cuenta que la duración de la Misión de Estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, los pagos correspondientes al período comprendido del 19 de junio al 31 de diciembre de 2017, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; y, para completar el período de duración de la Misión de Estudios a partir del 1 de enero al 4 de noviembre de 2018, los pagos se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal respectivo; Que, de acuerdo con el documento Nº 093-2017 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo que los gastos por concepto de pasajes, Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero y Gastos de Traslado, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2017 y del Año Fiscal respectivo de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los incisos a) y c) del artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal designado durante la totalidad

Artículo 3.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4.- El Oficial Almirante designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal Naval comisionado deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria.

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