Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2017 (27/06/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Martes 27 de junio de 2017

NORMAS LEGALES
CÓDIGO 008 28 00 5 008 28 00 5 008 28 00 5 008 28 00 5 008 28 00 6 008 28 00 6 008 28 00 6 008 28 00 6 008 28 00 6 008 28 00 6 008 28 00 6 008 28 00 6 CLASIFICACIÓN SP-ES SP-ES SP-ES SP-ES SP-AP SP-AP SP-AP SP-AP SP-AP SP-AP SP-AP SP-AP TOTAL 1 11 1 1 2 1 0 8 11 5 7 1 216 8 11 5 6 1 49 167 1 1 1 2 1 SITUACIÓN DEL CARGO O 1 11 1 P

43
CARGO DE CONFIANZA

Nº ORDEN 1252 1264 1265 1268 Enfermero

CARGO ESTRUCTURAL

1253/1263 Especialista Administrativo I Especialista en Comunicación Psicólogo Chofer

1266/1267 Auxiliar Administrativo 1269/1268 Secretaria I 1269/1276 Secretaria II 1277/1287 Técnico Administrativo I 1288/1292 Técnico Administrativo II 1293/1299 Técnico Criptográfico 1300 Técnico en Mantenimiento TOTAL ÓRGANO

XXIX.

DENOMINACIÓN DEL ÓRGANO: ACADEMIA DIPLOMÁTICA DEL PERÚ DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGANICA: SITUACIÓN DEL CARGO O 1 1 1 2 2 2 1 10 1 1 9 0 P 1 1 1 2 2 2

Nº ORDEN 1301 1302 1303

CARGO ESTRUCTURAL Director de la Academia Diplomática Director Adjunto de la Academia Diplomática Asesor Principal

CÓDIGO 008 29 00 7 008 29 00 7 008 29 00 7 008 29 00 7 008 29 00 7 008 29 00 6 008 29 00 6

CLASIFICACIÓN RE RE RE RE RE SP-AP SP-AP

TOTAL

CARGO DE CONFIANZA

1304/1305 Subdirector 1306/1307 Funcionario Diplomático 1308/1309 Secretaria I 1310 Técnico Administrativo II TOTAL ÓRGANO (*): Se han establecido dos (2) cargos de Directivos Superior de Libre Designación y Remoción, quienes serán libremente designados o removidos (nivel confianza) TOTAL GENERAL

1310

300

1010

18

1537664-1

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. 2. 3. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título "Dice" y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título "Debe Decir"; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse. El archivo se adjuntará en un cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe

4.

LA DIRECCIÓN

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.