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35 NORMAS LEGALES Martes 28 de marzo de 2017 El Peruano / de Economía y Finanzas, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de la Contraloría General de la República, de la Defensoría del Pueblo, del Banco de la Nación, del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, de las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, Cusco, Ancash, Lima y La Libertad, de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Arequipa, Cusco, Ancash, Lima y La Libertad, y de los integrantes de los Jurados Electorales Especiales, para los fi nes que se estime pertinentes. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.TICONA POSTIGOARCE CÓRDOVACHANAMÉ ORBECHÁVARRY CORREARODRÍGUEZ VÉLEZMarallano Muro Secretaria General (e) 1502037-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 1075-2017 Lima, 13 de marzo de 2017EL SECRETARIO GENERALVISTA: La solicitud presentada por el señor Rafael Eduardo Hormaeche Plummer para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, aprobado por Resolución S.B.S. N° 1797-2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, la Comisión Evaluadora en sesión de fecha 31 de enero de 2017, cali fi có y aprobó por unanimidad la solicitud del señor Rafael Eduardo Hormaeche Plummer, postulante a Corredor de Seguros de Personas - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las citadas normas administrativas;En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702 y sus modi fi catorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en virtud de la facultad delegada por la Resolución S.B.S. N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor Rafael Eduardo Hormaeche Plummer, con matrícula número N-4519, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1501084-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Modifican Cronograma del proceso electoral de representantes de las organizaciones de la sociedad civil para su integración al Concejo de Coordinación Local Distrital de San Juan de Lurigancho DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2017-A/MDSJL San Juan de Lurigancho, 27 de marzo de 2017VISTO: El Memorándum Nº 089-2017-GP/MDSJL de fecha 17 de marzo de 2017, emitido por la Gerencia de Plani fi cación, sobre modi fi cación del Cronograma del proceso electoral de los representantes de las organizaciones de la Sociedad Civil para su integración al Concejo de Coordinación Local Distrital de San Juan de Lurigancho, aprobado mediante Decreto de Alcaldía Nº 02-2017-A/MDSJL publicado el 31 de enero de 2017 en el Diario O fi cial El Peruano, y recti fi cado por Decreto Nº 004-2017-A/MDSJL publicado en el mismo diario el 16 de febrero de 2017; CONSIDERANDO: Que, al amparo del artículo 15º del Reglamento del Proceso de Elección de los Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil para su integración al Consejo de Coordinación Local Distrital, aprobado mediante Ordenanza Nº 137-2008-MDSJL, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 20 de marzo de 2008, se dicta el Decreto de Alcaldía Nº 02-2017-A/MDSJL publicado el 31 de enero de 2017 en el Diario O fi cial El Peruano, convocando a elecciones de los representantes de la organizaciones de la sociedad civil para su integración al Consejo de Coordinación Local Distrital, y aprueba el cronograma del referido proceso eleccionario, el cual fue recti fi cado por Decreto Nº 004-2017-A/MDSJL publicado en el mismo diario el 16 de febrero de 2017, Que, mediante O fi cio Nº 167-2017-DNFPE/JNE ingresado con Registro Nº 15081-J1-2017 de fecha 13 de marzo de 2017, el Director Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales (e) del Jurado Nacional de Elecciones, sobre la base del Informe Nº 018-2017-PHA-DNFPE/