Norma Legal Oficial del día 09 de noviembre del año 2017 (09/11/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 54

54

NORMAS LEGALES

Jueves 9 de noviembre de 2017 /

El Peruano

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Decreto Supremo que declara de Interés Nacional la realización de la "3ra. Expo Agua Perú 2017"
DECRETO SUPREMO N° 028-2017-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, en el marco del Acuerdo Nacional, constituye una Política de Estado, la prioridad en el abastecimiento de agua en cantidad, calidad y oportunidad idóneas a nivel nacional para consumo humano y para la seguridad alimentaria; Que, el párrafo 3.1 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, declara de necesidad pública y de preferente interés nacional la gestión y la prestación de los servicios de saneamiento con el propósito de promover el acceso universal de la población a los servicios de saneamiento sostenibles y de calidad, proteger su salud y el ambiente, la cual comprende a todos los sistemas y procesos que integran los servicios de saneamiento, a la prestación de los mismos y la ejecución de obras para su realización; Que, en el mes de octubre de 2016, se realizó en la ciudad de Lima, la "2da. Expo Agua Perú 2016", cuya temática se enmarcó en la optimización de los procesos de tratamiento de las aguas residuales no domésticas, gestión del agua y saneamiento y comprendió la realización de la "I Conferencia Latinoamericana del Agua: Presente y futuro de los servicios de saneamiento en el Perú", entre otras actividades de interés para el Sector y tuvo como país invitado a España; Que, de conformidad a lo señalado por el Centro de Competencias del Agua (CCA), se viene organizando la "3ra. Expo Agua Perú 2017", la misma que se llevará a cabo del 9 al 11 de noviembre del presente año, con el objetivo de dar a conocer soluciones innovadoras y de frontera para la gestión sostenible y productiva del agua. En dicho evento se exhibirán tecnologías de frontera por parte de empresas que brindan soluciones para el sector agua y saneamiento, agricultura, energía, industrias y minería, entre otras actividades de interés para el Sector; Que, la Ley N° 29963, Ley de facilitación aduanera y de ingreso de participantes para la realización de eventos internacionales declarados de interés nacional, tiene por objetivo facilitar los trámites aduaneros y el ingreso de participantes para la realización de eventos internacionales declarados de interés nacional mediante Decreto Supremo por el Poder Ejecutivo, conforme a los términos establecidos en el literal d) del artículo 2 de la citada Ley; Que, para la realización de la "3ra. Expo Agua Perú 2017", el país invitado es Francia, siendo que las empresas extranjeras participantes ingresarán temporalmente al país, materiales logísticos y de exhibición para ser presentados durante el evento, siendo necesario que éstos se encuentren comprendidos en los alcances de la citada Ley N° 29963; Que, de acuerdo a la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, este Ministerio es el órgano rector de las políticas nacionales y sectoriales en materia de saneamiento, y en el marco de sus competencias tiene la función de promover la investigación y el desarrollo tecnológico, según lo establecido en el numeral 4 del artículo 10 de la referida Ley; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de

Vivienda, Construcción y Saneamiento; y la Ley N° 29963, Ley de facilitación aduanera y de ingreso de participantes para la realización de eventos internacionales declarados de interés nacional; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1.- Declaración de Interés Nacional Declárase de Interés Nacional la realización de la "3ra. Expo Agua Perú 2017" a llevarse a cabo en la ciudad de Lima, República del Perú, del 9 al 11 de noviembre de 2017. Artículo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Primer Vicepresidente de la República Encargado del Despacho de la Presidencia de la República CARLOS RICARDO BRUCE MONTES DE OCA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1584919-3

ORGANISMOS EJECUTORES

INSTITUTO NACIONAL DE SALUD
Designan Directora General de la Oficina General de Investigación y Transferencia Tecnológica
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 265-2017-J-OPE/INS Lima, 8 de noviembre de 2017 VISTO: La Carta s/n de fecha 10 de octubre de 2017, del Médico Cirujano Hans Demetrio Vásquez Soplopuco Director General de la Oficina General de Investigación y Transferencia Tecnológica del Instituto Nacional de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de dicha Ley se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 658-2017-MINSA, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 15 de agosto de 2017, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Instituto Nacional de Salud, en el cual el cargo de Director General de la Oficina General de Investigación y Transferencia Tecnológica del Instituto Nacional de Salud, se encuentra calificado como de confianza; Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29849, Ley que Establece la Eliminación Progresiva del Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, regulado mediante el Decreto Legislativo Nº 1057, dispone que el personal establecido en los numerales 1), 2), e inciso a) del numeral 3) del artículo 4 de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057, está excluido de las reglas

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.