Norma Legal Oficial del día 01 de octubre del año 2017 (01/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

4 PODER EJECUTIVO

NORMAS LEGALES

Domingo 1 de octubre de 2017 /

El Peruano

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Autorizan viaje de representante de DEVIDA a Bolivia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 271-2017-PCM Lima, 29 de setiembre de 2017 VISTO: El Oficio N° 000871-2017-DV-SG de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas (DEVIDA); y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 824, modificado por el Decreto Legislativo N° 1241, la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas (DEVIDA), tiene entre sus funciones coordinar con las instancias internacionales especializadas en la Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas, actuando para ello de manera articulada con el Ministerio de Relaciones Exteriores, a fin de promover la canalización de esfuerzos colectivos, bajo un enfoque global y de cooperación técnica internacional, con el objeto de reducir la producción, tráfico y consumo de drogas ilegales; Que, mediante la Carta s/n del 28 de agosto de 2017, el Representante en Perú de la Oficina Sanitaria Panamericana de la Organización Panamericana de Salud; invita a la Presidenta Ejecutiva de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas (DEVIDA) al "Taller Subregional sobre formulación de políticas de salud en el uso de sustancias psicoactivas en América del Sur", que se realizará del 02 al 04 de octubre de 2017, en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Estado Plurinacional de Bolivia; Que, se señala en la citada carta que el "Taller Subregional sobre formulación de políticas de salud en el uso de sustancias psicoactivas en América del Sur" tiene como objetivo principal apoyar la actualización de políticas y planes para reducir el impacto sanitario y social del uso de sustancias psicoactivas en los países de América del Sur; Que, asimismo, el evento tiene como objetivos específicos: (i) fortalecer las competencias técnicas del personal responsable del diseño e implementación de políticas en las agencias nacionales de salud y del control de drogas (Comisiones Nacionales de Drogas), para la inclusión y el refuerzo del enfoque de salud pública en las políticas sobre uso de sustancias psicoactivas; e, (ii) identificar con base en criterios de factibilidad, aquellos países en la Subregión de Suramérica con posibilidades de incorporar en el corto y mediano plazo, el enfoque de salud pública en las políticas para el abordaje del uso de sustancias psicoactivas, para definir las correspondientes acciones de acompañamiento técnico; Que, en consecuencia, la asistencia al referido evento reviste especial importancia para la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas (DEVIDA), debido a que los temas que se abordarán se encuentran directamente relacionados con las competencias y funciones de la entidad; Que, por las razones expuestas, resulta de interés institucional autorizar el viaje a la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Estado Plurinacional de Bolivia, del señor Walter Eduardo Moscol Mariño, Profesional III de la Dirección de Promoción y Monitoreo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas (DEVIDA), a fin que participe en el evento internacional mencionado; Que, los gastos por concepto de pasajes serán cubiertos por la fuente de financiamiento de Recursos

Ordinarios de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas (DEVIDA); De conformidad con la Ley N° 30518 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 022-2017-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Estado Plurinacional de Bolivia, del 01 al 05 de octubre de 2017, del señor Walter Eduardo Moscol Mariño, Profesional III de la Dirección de Promoción y Monitoreo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas (DEVIDA); para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución ministerial serán con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, del pliego de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas (DEVIDA), de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 894.60 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendarios siguientes de efectuado el viaje, la persona cuyo viaje se autoriza deberá presentar ante su Institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente resolución ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MERCEDES ROSALBA ARÁOZ FERNÁNDEZ Presidenta del Consejo de Ministros 1571574-1

Modifican el Presidencial

TUPA

del

Despacho

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 272-2017-PCM Lima, 29 de setiembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1310, que aprueba medidas adicionales de simplificación administrativa, las disposiciones que regulan los procedimientos administrativos deben ser evaluados en el marco de principios como el costo, necesidad, efectividad y proporcionalidad; asimismo, dichas disposiciones deben estar adecuadas a la Ley del Procedimiento Administrativo General o a las normas con rango de ley que les sirven de sustento; Que, el numeral 1.13 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, reconoce como uno de los principios del procedimiento administrativo al de simplicidad, en virtud del cual los trámites establecidos por la autoridad administrativa deberán ser sencillos, debiendo eliminarse toda complejidad innecesaria; es decir, los requisitos exigidos deberán ser racionales y proporcionales a los fines que se persigue cumplir; Que, mediante Decreto Supremo N° 062-2010PCM, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Despacho Presidencial, modificado por Resolución Ministerial N° 340-2011-PCM, que actualmente cuenta con ocho (8) procedimientos administrativos;

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