Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 2017 (15/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

Domingo 15 de octubre de 2017 /

El Peruano

Que, la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto de Sector Público para el Año Fiscal 2017, establece que los viajes al exterior de servidores, funcionarios o representantes del Estado con cargo a recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y ser autorizados conforme lo establece la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y su modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM y el Decreto Supremo Nº 013-2013-MINCETUR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Santa Cruz, Estado Plurinacional de Bolivia, de la señorita Gisselle del Rosario Caña Mocarro y de los señores José Agustín Quiñones Baltodano y Elmer Alejandro Lava Quispe, del 17 al 21 de octubre de 2017, para que en representación de PROMPERÚ, lleven a cabo diversas acciones previas y durante el desarrollo del evento que se señala en la parte considerativa de la presente Resolución, para la promoción de las exportaciones. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y Apellidos Gisselle del Rosario Caña Mocarro José Agustín Quiñones Baltodano Elmer Alejandro Lava Quispe Pasajes aéreos Continente Viáticos Clase Económica día US $ US$ 715,02 América del Sur 370,00 Nº Total días viáticos US $ 3 1 110,00

CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, es el organismo público competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior en concordancia con la política general del Estado y en coordinación con los sectores e instituciones vinculados a su ámbito; representa al país en los foros y organismos internacionales de comercio, turismo, cooperación económica y esquemas de integración y actúa como órgano de enlace entre el Gobierno Peruano y los organismos internacionales de integración y de comercio internacional, en el ámbito de su competencia; Que, el literal "o" del artículo 34 del Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y modificatorias que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, establece que el Viceministro de Comercio Exterior tiene entre sus funciones "Proponer y dirigir la política y los mecanismos para el desarrollo de las actividades de las Zonas Económicas Especiales (Comprende zonas francas, zonas de tratamiento especial comercial, zonas especiales de desarrollo, CETICOS, y otras que se establezcan), en el ámbito de su competencia..." Asimismo, la Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior, órgano de línea del Viceministerio de Comercio Exterior, tiene entre sus funciones "Proponer al despacho del Viceministro de Comercio Exterior, la política, regulación y mecanismos para el desarrollo de las Zonas Económicas Especiales (comprende zonas francas, zonas de tratamiento especial comercial, zonas especiales de Desarrollo, CETICOS, entre otras), así como los lineamientos y mecanismos de evaluación, monitoreo y supervisión técnica operativa de estas; Que, en los días del 17 al 18 de octubre de 2017, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, se llevará a cabo el "Foro de Inversión de las Zonas Económicas Especiales del Perú en Bogotá"; con el objetivo de dinamizar las inversiones en nuestro país, orientadas al desarrollo de la oferta exportable regional y consolidando las Zonas Francas como plataformas de logística al servicio del Comercio Exterior; asimismo, el 16 de octubre de 2017 se desarrollarán reuniones de coordinación en el marco del desarrollo del citado evento; Que, de otro lado el 19 de octubre de 2017, se llevará a cabo en la ciudad de Cartagena, República de Colombia el intercambio de experiencias ­ visitas técnicas a Zonas Francas, con la finalidad de conocer de manera directa la operación, aspectos normativos y de organización relevante, que permitan identificar las buenas prácticas que puedan ser de utilidad para el Perú; Que, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice su participación y viaje, así como también se autorice el viaje del señor Alvaro Antonio Gálvez Calderón, Director (e) de la Dirección de Zonas Económicas Especiales, de la Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior del Viceministerio de Comercio Exterior; y de la señora Lourdes Milagros Yi Kcomt y señor Manuel Antonio Solis Gayoso; profesionales de la Dirección de Zonas Económicas Especiales, que prestan servicios en el Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del MINCETUR participen en el evento antes mencionado; Que, es necesario encargar las funciones del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior, en tanto dure la ausencia de su titular; De conformidad con la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a las ciudades de Bogotá y Cartagena, República de Colombia, del señor Edgar

715,02 715,02

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1 110,00 1 110,00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1574284-1

Autorizan viaje del Viceministro de Comercio Exterior y de profesionales del MINCETUR a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 387-2017-MINCETUR Lima, 13 de octubre de 2017

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