Norma Legal Oficial del día 16 de abril del año 2018 (16/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Lunes 16 de abril de 2018

NORMAS LEGALES

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de Inversiones como sistema administrativo del Estado, con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país, derogando la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; Que, el numeral 5.1 del artículo 5 del citado Decreto Legislativo establece como órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones a la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, así como los Órganos Resolutivos, las Oficinas de Programación Multianual de Inversiones, las Unidades Formuladores y las Unidades Ejecutoras de Inversiones del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local; Que, el artículo 6 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, aprobado mediante Decreto Supremo N° 027-2017-EF, modificado por el Decreto Supremo N° 104-2017-EF y el Decreto Supremo N° 248-2017-EF, dispone que el Órgano Resolutivo es el Ministro, el Titular o la máxima autoridad ejecutiva del Sector; Que, el literal d) del artículo 6 del Reglamento citado en el considerando precedente, establece que le corresponde al Órgano Resolutivo, designar, entre otros, al Responsable(s) de la(s) Unidad(es) Formuladora(s) de su Sector, siempre que cumpla con el perfil profesional establecido por la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones; Que, el literal e) del numeral 6.2 del artículo 6 de la Directiva para la Programación Multianual que regula y articula la fase de Programación Multianual del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y la Fase de Programación del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobada por Resolución Ministerial N° 035-2018-EF/15, dispone que en la fase de Programación Multianual en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones el Órgano Resolutivo tiene la función de designar al órgano que realiza las funciones de Unidad Formuladora, así como a su Responsable, para lo cual debe verificar el cumplimiento del perfil profesional establecido en el Anexo N° 02: Perfil Profesional Responsable de la Unidad Formuladora (UF) de la citada Directiva; Que, mediante artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 410-2017-VIVIENDA, se designó a la Unidad Técnica de Intervenciones Físicas del Programa Mejoramiento Integral de Barrios ­ PMIB como órgano encargado de realizar las funciones de la Unidad Formuladora del PMIB; y, como responsable de dicha Unidad Formuladora al señor José Rómulo Buleje Guillén; Que, con Carta 002-2018-jbuleje, el señor José Rómulo Buleje Guillén, comunica al Director Ejecutivo del Programa Mejoramiento Integral de Barrios, su renuncia a la designación como responsable de la Unidad Formuladora de dicho Programa; Que, mediante el Informe N° 36-2018-VIVIENDAOGGRH-OVC, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, concluye que el señor Renzo Enrique Mendiola Puma, cumple con el perfil profesional establecido en el Anexo N° 02: Perfil Profesional Responsable de la Unidad Formuladora, de la Directiva para la Programación Multianual que regula y articula la fase de Programación Multianual del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y la Fase de Programación del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobada por Resolución Ministerial N° 035-2018-EF/15; Que, mediante los Informes N°s 51 y N° 131-2018-VIVIENDA/VMVU/PMIB, de la Dirección Ejecutiva del Programa Mejoramiento Integral de Barrios, sustentados en sus Informes Técnicos Legales N°s 051 y N° 089-2018-VIVIENDA/VMVU-PMIB-JherreraO, del Equipo Legal del Área de Coordinación Administrativa del PMIB, se señala que el señor Renzo Enrique Mendiola Puma, cumple con el perfil profesional necesario para ser designado responsable de la Unidad Formuladora del mencionado Programa; Que, con Informe N° 009-2018-VIVIENDA/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, señala que la propuesta de designación de la responsable de la

Unidad Formuladora del PMIB se sujeta a las disposiciones del Decreto Legislativo N° 1252, su Reglamento y la Directiva correspondiente; Que, estando a lo expuesto, en virtud a lo señalado en los considerandos precedentes, resulta necesario expedir la Resolución Ministerial que designa al señor Renzo Enrique Mendiola Puma, como responsable de la Unidad Formuladora del Programa Mejoramiento Integral de Barrios; De conformidad con la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; el Decreto Legislativo N° 1252, que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 027-2017-EF, modificado por el Decreto Supremo N° 104-2017-EF y el Decreto Supremo N° 248-2017-EF; y la Directiva para la Programación Multianual que regula y articula la fase de Programación Multianual del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y la Fase de Programación del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobada por Resolución Ministerial N° 035-2018-EF/15; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor José Rómulo Buleje Guillen, como responsable de la Unidad Formuladora del Programa Mejoramiento Integral de Barrios, realizada mediante artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 410-2017-VIVIENDA. Artículo 2.- Designar al señor Renzo Enrique Mendiola Puma, como responsable de la Unidad Formuladora del Programa Mejoramiento Integral de Barrios. Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución al Ministerio de Economía y Finanzas, a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y al Programa Mejoramiento Integral de Barrios ­ PMIB. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda. gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER PIQUÉ DEL POZO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1636930-4

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