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61 NORMAS LEGALES Sábado 8 de diciembre de 2018 El Peruano / el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.TICONA POSTIGOARCE CÓRDOVACHANAMÉ ORBECHÁVARRY CORREARODRÍGUEZ VÉLEZConcha Moscoso Secretaria General 1721391-6 Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de consejero del Gobierno Regional de Lima, en representación de la provincia de Huaral RESOLUCIÓN Nº 2139-A-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00459 LIMACONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO LICENCIA Lima, quince de agosto de dos mil dieciocho.VISTO el O fi cio Nº 422-2018-GRL-SCR, presentado el 4 de julio de 2018, por Claudio Luis Ferrer Rodríguez, secretario del Consejo Regional de Lima, mediante los cuales comunica la licencia, sin goce de haber, que fue concedida al consejero regional Luis Alberto Casas Sebastián. CONSIDERANDOS 1. Mediante el Decreto Supremo Nº 004-2018-PCM, publicado en el diario o fi cial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año. 2. De acuerdo con el artículo cuarto de la Resolución Nº 0081-2018-JNE, publicada en el diario o fi cial El Peruano , con fecha 9 de febrero de 2018, se precisa que las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a los cargos de alcalde, regidor o consejero regional culminan el día de la elección; en ese sentido, las autoridades deben reasumir sus funciones al día siguiente (9 de octubre de 2018). 3. Con fecha 5 de junio de 2018 (fojas 6), Luis Alberto Casas Sebastián, consejero del Gobierno Regional de Lima, con motivo de su participación en las Elecciones Regionales 2018, presentó su solicitud de licencia, sin goce de haber, siendo esta concedida mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 113-2018-CR/GRL, de fecha 28 de junio del mismo año (fojas 2 y 5), por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. 4. En el presente caso, se aprecia que el consejero presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el consejo regional, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0081-2018-JNE, para completar el número de consejeros, resulta procedente convocar a Víctor Andrés Virú Tang, identi fi cado con DNI Nº 09926288, accesitario de la provincia de Huaral por la organización política Concertación para el Desarrollo Regional, de acuerdo con el acta de proclamación de resultados remitida por el Jurado Electoral Especial de Huaura, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del año 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVEArtículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Luis Alberto Casas Sebastián, consejero del Gobierno Regional de Lima, en representación de la provincia de Huaral, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Víctor Andrés Viru Tang, identi fi cado con DNI Nº 09926288, para que asuma, provisionalmente, el cargo de consejero del Gobierno Regional de Lima, en representación de la provincia de Huaral, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.TICONA POSTIGOARCE CÓRDOVACHANAMÉ ORBECHÁVARRY CORREARODRÍGUEZ VÉLEZConcha Moscoso Secretaria General 1721391-7 Revocan resolución que declaró improcedente solicitud de inscripción de lista de candidatos para el Concejo Distrital de Carampoma, provincia de Huarochirí, departamento de Lima RESOLUCIÓN Nº 2145-2018-JNE Expediente Nº ERM.2018027276 CARAMPOMA - HUAROCHIRÍ - LIMAJEE HUAROCHIRÍ (ERM.2018013013)ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018RECURSO DE APELACIÓN Lima, dieciséis de agosto de dos mil dieciocho.VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Lázaro Henry Gonzales León, personero legal titular de la organización política Partido Democrático Somos Perú, en contra de la Resolución Nº 00606-2018-JEE-HCHR/JNE, del 27 de julio de 2018, que declaró improcedente su solicitud de inscripción de lista de candidatos para el Concejo Distrital de Carampoma, provincia de Huarochirí, departamento de Lima, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2018; y oído el informe oral. ANTECEDENTESEl 19 de junio de 2018, el personero legal titular de la organización política Partido Democrático Somos Perú, acreditado ante el Jurado Electoral Especial de Huarochirí (en adelante, JEE), presentó su solicitud de inscripción de lista de candidatos al Concejo Distrital de Carampoma, provincia de Huarochirí, departamento de Lima.