Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2018 (03/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Martes 3 de julio de 2018

NORMAS LEGALES
VISTO:

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Fiscal de Piura, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1665356-9 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 2262-2018-MP-FN Lima, 2 de julio de 2018 VISTO Y CONSIDERANDO: El oficio Nº 3793-2018-PJFS-DFVENTANILLA-MPFN, cursado por el Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ventanilla, mediante el cual formula propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, para el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ventanilla, la cual, a la fecha, se encuentra vacante; en consecuencia, se hace necesario nombrar al fiscal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa verificación de los requisitos de ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar a la abogada Analí Doris Taipe Gómez, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ventanilla, designándola en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ventanilla. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Consejo Nacional de la Magistratura, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ventanilla, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1665356-10

El Informe Nº 0019-2018-SGPUCHE-GDU/MDCH, de la Subgerencia de Planificación Urbana, Catastro, Habilitación y Edificaciones; Resolución Nº 0047-2018/ STCEB-INDECOPI, de la Secretaría Técnica de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas y el Informe Nº 075-2018-GAJ/MDCH, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local, con personería jurídica de Derecho Público, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972. Que, mediante Ordenanza Nº 387-MDCH, del 27 de septiembre 2017, se Regula la Instalación y Operación de Antenas, Estaciones de Base Radioeléctricas, Accesorios, Similares para Prestación de Servicios de Telecomunicaciones de Telefonía Móvil en el distrito de Chaclacayo. Que, mediante Resolución Nº 0047-2018/STCEBINDECOPI, del 25 de enero 2018, la Secretaría Técnica de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi, se inicia el procedimiento de oficio contra la Municipalidad Distrital de Chaclacayo, por la imposición de barreras burocráticas presuntamente ilegales y/o carentes de razonabilidad, respecto a lo dispuesto en el literal a) del numeral 7.3 del artículo 7º; del literal a) del numeral 7.4 del artículo 7º, del literal d) del numeral 7.4 del artículo 7º y del literal e) del numeral 7.4 del artículo 7º. Que, mediante Informe Nº 0019-2018-SGPUCHEGDU/MDCH, del 19 de febrero 2018, la Subgerencia de Planificación Urbana, Catastro, Habilitaciones y Edificaciones señala que los lineamientos precisados en el considerando precedente vulneran el numeral i), ii) y iv) del artículo 3º del Decreto Supremo Nº 003-2015-MTC, proponiendo la modificación de los mismos; además, la modificación del artículo 6º, numeral 6.2; artículo 15º, numeral 15.1, la Cuarta y Quinta Disposición Transitoria Final de la misma. Que, mediante Informe Nº 075-2018-GAJ/MDCH, del 27 de abril 2018, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina por la procedencia de la modificación de la Ordenanza Nº 387-MDCH, en los artículos y Disposiciones Transitorias Finales antes señalados; siendo del mismo parecer la Comisión de Desarrollo Urbano y Obras Públicas del Concejo Municipal de Chaclacayo a través del Dictamen Nº 003-2018-CDUYOP, del 22 de mayo 2018. Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9º y 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal aprobó por MAYORÍA lo siguiente: MODIFICAR LA ORDENANZA Nº 387-MDCH QUE REGULA LA INSTALACIÓN Y OPERACIÓN DE ANTENAS, ESTACIONES DE BASE RADIOELÉCTRICAS, ACCESORIOS, SIMILARES PARA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES DE TELEFONÍA MÓVIL EN EL DISTRITO DE CHACLACAYO Artículo Primero.- APROBAR la modificación de lo dispuesto en el artículo 6º numeral 6.2; lo dispuesto en el artículo 7º numerales 7.3 y 7.4; artículo 15º numeral 15.1; Cuarta y Quinta Disposición Transitoria Final de la Ordenanza Nº 387-MDCH, que Regula la Instalación y Operación de Antenas, Estaciones de Base Radioeléctricas, Accesorios, Similares para Prestación de Servicios de Telecomunicaciones de Telefonía Móvil en el distrito de Chaclacayo, quedando redactado de la siguiente manera:

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Modifican la Ordenanza N° 387-MDCH que regula la instalación y operación de antenas, estaciones de base radioeléctricas, accesorios, similares para prestación de servicios de telecomunicaciones de telefonía móvil en el distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 408-MDCH Chaclacayo, 30 de mayo de 2018 POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE CHACLACAYO, en sesión de la fecha; y,

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