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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JULIO DEL AÑO 2018 (05/07/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 4

4 NORMAS LEGALES Jueves 5 de julio de 2018 / El Peruano PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA LEY Nº 30806 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE MODIFICA DIVERSOS ARTÍCULOS DE LA LEY 28303, LEY MARCO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA; Y DE LA LEY 28613, LEY DEL CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA (CONCYTEC) Artículo 1. Modi fi cación de los artículos 7, 9, 11, 12, 13, 16, 24 y 27, y de los anexos 1 y 2 de la Ley 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica Modifícanse los artículos 7, 9, 11, 12, 13, 16, 24 y 27 y los anexos 1 y 2 de la Ley 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), en los siguientes términos: “Artículo 7.- De fi nición y conformación El Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (SINACYT) es el conjunto de instituciones y personas naturales del país, dedicadas a la investigación, desarrollo e innovación tecnológica (I+D+I) en ciencia y tecnología y a su promoción.Está conformado de manera enunciativa y no limitativa por:[…] h) Los institutos públicos de investigación (IPI). i) Todo programa o unidad ejecutora que otorgue fondos o incentivos para el desarrollo de CTI. Artículo 9.- Organismo rector del SINACYT El CONCYTEC es el organismo rector del Sistema, encargado de dirigir, fomentar, coordinar, supervisar y evaluar las acciones del Estado en el ámbito de la ciencia, tecnología e innovación tecnológica. Su presidente dirige el SINACYT y es responsable de la política nacional de CTI.El CONCYTEC, con cargo a su presupuesto institucional u otras fuentes de fi nanciamiento, puede crear o fi cinas desconcentradas para el cumplimiento de sus funciones.[…] Artículo 11.- Funciones Son funciones del CONCYTEC:[…] b) Formular la política, estrategias y programas nacionales de ciencia, tecnología e innovación, articulando las propuestas sectoriales, regionales e institucionales de CTI, con los planes de desarrollo socioeconómico, ambientales y culturales del país. […] i) Diseñar, implementar, promover y coordinar mecanismos de intercambio y concertación entre las instituciones integrantes del SINACYT, así como con empresas, universidades, embajadas y otras entidades nacionales e internacionales. j) Dirigir la formulación y aprobar los programas nacionales sectoriales en CTI.k) Formular, aprobar y ejecutar programas especiales de CTI orientados a la formación, perfeccionamiento, retención y colaboración de cientí fi cos y tecnólogos, así como para el apoyo a la investigación universitaria, el uso de la vigilancia tecnológica y la prospectiva tecnológica, así como la promoción de la gestión y de los proyectos de innovación, transferencia, difusión, intercambio y divulgación de la CTI. l) Formular, aprobar y ejecutar los programas nacionales transversales de CTI con la contribución de los miembros del SINACYT. m) Orientar y monitorear los programas, planes, estrategias y agendas regionales en CTI para asegurar su alineamiento con la política nacional. n) Diseñar y proponer a las instancias correspondientes las normas y estrategias para el cumplimiento de los objetivos de la presente ley, así como la reglamentación y directivas para la implementación de esquema promocional y el régimen de incentivos. […] u) Implementar mecanismos para la protección del secreto empresarial, industrial y/o tecnológico, la reserva y con fi dencialidad de los proyectos de CTI que serán ejecutados por entidades públicas y/o privadas, de los expedientes que sustentan los pronunciamientos de CONCYTEC, en caso así lo requieran los procedimientos que sean aprobados por normas especí fi cas. v) Determinar las infracciones e imponer las sanciones que correspondan en el ámbito de su competencia. w) Establecer estándares y promover la creación e implementación de parques cientí fi co- tecnológicos y corredores tecnológicos. x) Emitir normas en materia de ciencia, tecnología e innovación con la fi nalidad de que los integrantes del SINACYT alineen sus políticas, proyectos, programas y actividades a la política, plan y estrategia nacional en materia de CTI. y) Diseñar, implementar y promover mecanismos de formación que incluyan el desarrollo de asistencia técnica, cursos, entre otros en materia de CTI. z) Coordinar con las entidades componentes la recopilación, sistematización y control de calidad de la información e indicadores de CTI, los procedimientos de normalización, cali fi cación y registro de entidades de CTI, concursos de méritos, premios, licitaciones, contratos, convenios de CTI. Artículo 12.- Consejo Directivo El Consejo Directivo está integrado por trece (13) miembros designados por resolución suprema por un período de cinco (5) años. Está constituido en la forma siguiente: − El presidente del CONCYTEC, que lo preside. − El viceministro de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas. − El presidente del Directorio de FONDECYT. − Un representante elegido entre las autoridades de mayor jerarquía de las entidades estatales que forman parte del SINACYT. − Un representante de los gobiernos regionales. − El director de Invenciones y Nuevas Tecnologías del INDECOPI. − Dos representantes del sector empresarial. − Dos representantes de las MYPES. − Dos representantes del más alto nivel jerárquico de las universidades integrantes del SINACYT, uno de las universidades públicas y uno de las universidades privadas. − El presidente de la Academia Nacional de Ciencias del Perú. Todos los miembros del Consejo Directivo deben ser profesionales de alta cali fi cación, especializados en las