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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JULIO DEL AÑO 2018 (06/07/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 39

39 NORMAS LEGALES Viernes 6 de julio de 2018 El Peruano / De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, en el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 031-2007-EM, la Resolución Ministerial N°184-2018-MEM/DM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar, en virtud de las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, la segunda modi fi cación de la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica de la Línea de Transmisión en 220 kV Machupicchu – Quencoro – Onocora – Tintaya, solicitada por ATN 3, y la Segunda Modi fi cación al Contrato de Concesión N° 488-2016, a fi n de modi fi car la Cláusula Primera y el Anexo N° 2. Artículo 2.- Autorizar al Director General de Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir en representación del Estado, la Minuta de la Segunda Modi fi cación al Contrato de Concesión N° 488-2016 aprobada en el artículo precedente y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 3.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública a que dé origen la Segunda Modi fi cación al Contrato de Concesión N° 488- 2016, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobada mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el diario o fi cial El Peruano dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de ATN 3 S.A., de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas 1664481-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Acceden a solicitud de traslado pasivo de condenado de nacionalidad neerlandesa para que cumpla el resto de su condena en centro penitenciario del Reino de los Países Bajos RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 127-2018-JUS Lima, 5 de julio de 2018VISTO; el informe Nº 073-2018/COE-TPC, del 01 de junio de 2018 de la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de traslado pasivo del condenado de nacionalidad neerlandesa ALEXANDER VAN STRALENDORFF; CONSIDERANDO: Que, el condenado de nacionalidad neerlandesa ALEXANDER VAN STRALENDORFF, quien se encuentra cumpliendo condena en el Establecimiento Penitenciario del Callao, solicita ser trasladado a su país de origen para cumplir el resto de la condena impuesta por la Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao, por la comisión del delito contra la Salud Pública - Trá fi co Ilícito de Drogas - Tipo agravado, en agravio del Estado peruano; Que, conforme al inciso 2 del artículo 540 del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo N° 957, corresponde al Poder Ejecutivo decidir el traslado activo o pasivo de personas condenadas, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas; Que, el literal d) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la referida Comisión propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de traslado pasivo; Que, en mérito a la regulación antes señalada, la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, mediante Informe Nº 073-2018/COE-TPC, del 01 de junio de 2018, propone acceder a la solicitud de traslado pasivo del condenado de nacionalidad neerlandesa ALEXANDER VAN STRALENDORFF a un centro penitenciario del Reino de los Países Bajos; De conformidad con el Tratado Sobre Transferencia de Personas Condenadas entre la República del Perú y el Reino de los Países Bajos, suscrito el 12 de mayo de 2011 y vigente desde el 01 de marzo de 2014; En uso de la facultad conferida en el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Acceder a la solicitud de traslado pasivo del condenado de nacionalidad neerlandesa ALEXANDER VAN STRALENDORFF, quien se encuentra cumpliendo condena en el Establecimiento Penitenciario del Callao, para que cumpla el resto de la condena impuesta por las autoridades judiciales del Perú en un centro penitenciario del Reino de los Países Bajos. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República SALVADOR HERESI CHICOMA Ministro de Justicia y Derechos Humanos NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1666957-6 Acceden a solicitud de traslado pasivo de condenado de nacionalidad británica para que cumpla el resto de su condena en centro penitenciario del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 128-2018-JUS Lima, 5 de julio de 2018VISTO; el informe Nº 092-2018/COE-TPC, del 18 de junio de 2018 de la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de traslado pasivo del condenado de nacionalidad británica ASHLEY JAMES SHIELDS; CONSIDERANDO: Que, el condenado de nacionalidad británica ASHLEY JAMES SHIELDS, quien se encuentra cumpliendo condena en el Establecimiento Penitenciario del Callao, solicita ser trasladado a su país de origen para cumplir el resto de la condena impuesta por el Décimo Primer Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao, por la comisión del delito contra la Salud Pública - Trá fi co Ilícito de Drogas, en agravio del Estado peruano;