Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2018 (09/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Lunes 9 de julio de 2018
LevantaA quién Plazo miento de pre- de Opi- Observaciosenta nión nes por el Ejecutor

NORMAS LEGALES
A quien se informa de la revisión y/o aprobación Ejecutor Toma conocimiento la DGANP (a través de informe de opinión de la JANP que adjunta el informe trimestral del Ejecutor) DGANP 10 días Ejecutor, JANP DGANP 10 días Ejecutor, JANP

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Documento Plazo de Pre- Elaborado a presentar sentación por

Informe Trimestral

Hasta 15 días después de culminado el trimestre a informar

Ejecutor

Jefatura del 10 días ANP

5 días

Informe Anual

Hasta 30 días después de culminado el año a informar

Ejecutor

Jefatura del 10 días ANP DGANP 30 días Jefatura del 15 días ANP DGANP 30 días

Hasta 60 días después de Informe culminado el Quinquenal último año del quinquenio a informar Antes de culminado Balance el primer Financiero semestre del Auditado año siguiente de ejecución

Ejecutor

Ejecutor

DGANP 30 días

10 días

Ejecutor, JANP

Seis meses Propuesta antes de Técnica culminado el Financiera quinquenio quinquenal previo

Ejecutor en coordinación con Jefatura del ANP (adjun- DGANP tar carta de la JANP con opinión favorable)

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15

Ejecutor, JANP

1666995-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA
Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Zona Especial de Desarrollo Ilo - ZED ILO
ORDENANZA REGIONAL N° 05-2018-CR/GRM Fecha: 03-05-2018 VISTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, en Sesión Ordinaria N° 05-2018-CR/GRM, de fecha 03 de mayo de 2018, aprobó el dictamen para la aprobación del Proyecto de Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Zona Especial de Desarrollo Ilo ­ ZED ILO, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 191° de la Constitución Política del Perú, reformado por la Ley Nº 28607, concordante con la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, el Gobierno Regional Moquegua es persona jurídica de derecho público interno, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, con jurisdicción en el ámbito en la circunscripción territorial del departamento de Moquegua; Que, la Ley Nº 30446, en su artículo primero dispone el cambio de denominación de los CETICOS por el de Zonas Especiales de Desarrollo - ZED; Que, con Ley Nº 29014 se adscribe ZED ILO al Gobierno Regional de Moquegua, manteniendo su personería de derecho público, autonomía administrativa, técnica, económica, financiera y operativa, otorgada por la Ley Nº 28569; en tanto que el Gobierno Regional

Moquegua se encarga, de conformidad con las normas aplicables a su gestión, de supervisar la administración, la promoción y desarrollo de dicho organismo; Que, ante ZED no se tramitan procedimientos administrativos y se presta servicios en exclusividad a través de sus diferentes áreas administrativas, por lo que ha elaborado el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, como documento de gestión institucional que brinda a los administrados o ciudadanía en general la información sobre todos los procedimientos administrativos que se tramitan ante dicha entidad; Que, el mencionado TUPA comprende diferentes procedimientos administrativos que observan el principio de legalidad establecido en el Artículo 36º de la Ley 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General (modificada por D.L Nº 1272), con la descripción clara y taxativa de todos los requisitos exigidos en cada uno de ellos, la calificación de cada procedimiento de evaluación previa o aprobación automática, el silencio administrativo, los supuestos en que procede el pago de derechos de tramitación, las vías de recepción adecuadas para acceder a dichos procedimientos, la autoridad competente llamada a resolver en cada instancia y los formularios que serán empleados durante la tramitación del respectivo procedimiento, cumpliendo lo dispuesto en el artículo37 de la Ley en mención. Que, estando a lo dispuesto en el artículo 38° de la Ley Nº 27444 (modificada por D.L. Nº 1272), concordante con el artículo 15º del Decreto Supremo Nº 079-2007PCM, el inciso a) del artículo 15º y el artículo 38° de la Ley Nº 27867, el TUPA a que se refieren los considerandos precedentes debe ser aprobado mediante la presente Ordenanza Regional, luego de haber sido evaluado, por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial según Informe Nº 04 -2018-0DI-GRPPATIGR.MOQ, así como por la Dirección Regional de Asesoría Jurídica, según el informe Nº 39-2018-DRAJIGR.MOQ, la sustentación legal y técnica remitida por ZED ILO: Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias, Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053 y el reglamento interno del Consejo Regional. El Consejo Regional con el voto por mayoría de sus miembros y la dispensa de lectura y aprobación del acta, aprobó lo siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL TUPA DE ZED - ILO Artículo Primero. - APROBAR el "Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Zona Especial de Desarrollo Ilo - ZED ILO", formato que con veintiocho (28) procedimientos administrativos y su respectiva sustentación legal y técnica, en Anexos, forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo. - PUBLICAR, la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y conjuntamente con el formato del TUPA en la página web del Gobierno Regional de Moquegua. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Moquegua para su promulgación. En Moquegua, a los 3 días del mes de mayo de 2018. YESNANY P. QUILCO FLORES Consejera Delegada Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional Moquegua, a los catorce días del mes de mayo del dos mil dieciocho. JAIME ALBERTO RODRIGUEZ VILLANUEVA Gobernador Regional 1667108-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.

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