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27 NORMAS LEGALES Lunes 9 de julio de 2018 El Peruano / Documento a presentarPlazo de Pre- sentaciónElaborado porA quién pre- sentaPlazo de Opi- niónLevanta- miento de Observacio- nes por el Ejecutor A quien se informa de la revisión y/o aprobación Informe TrimestralHasta 15 días después de culminado el trimestre a informarEjecutorJefatura del ANP10 días 5 díasEjecutor Toma conoci-miento la DGANP (a través de informe de opi-nión de la JANP que adjunta el informe trimestral del Ejecutor) Informe AnualHasta 30 días después de culminado el año a informarEjecutorJefatura del ANP 10 días DGANP DGANP 30 días 10 días Ejecutor, JANP Informe QuinquenalHasta 60 días después de culminado el último año del quinquenio a informarEjecutorJefatura del ANP15 días DGANP DGANP 30 días 10 días Ejecutor, JANP Balance Financiero AuditadoAntes de culminado el primer semestre del año siguiente de ejecuciónEjecutor DGANP 30 días 10 días Ejecutor, JANP Propuesta Técnica Financiera quinquenal Seis meses antes de culminado el quinquenio previoEjecutor en coordina- ción con Jefatura del ANP (adjun- tar carta de la JANP con opinión favorable)DGANP 45 15 Ejecutor, JANP 1666995-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Zona Especial de Desarrollo Ilo - ZED ILO ORDENANZA REGIONAL N° 05-2018-CR/GRM Fecha: 03-05-2018VISTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, en Sesión Ordinaria N° 05-2018-CR/GRM, de fecha 03 de mayo de 2018, aprobó el dictamen para la aprobación del Proyecto de Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Zona Especial de Desarrollo Ilo – ZED ILO, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 191° de la Constitución Política del Perú, reformado por la Ley Nº 28607, concordante con la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, el Gobierno Regional Moquegua es persona jurídica de derecho público interno, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, con jurisdicción en el ámbito en la circunscripción territorial del departamento de Moquegua; Que, la Ley Nº 30446, en su artículo primero dispone el cambio de denominación de los CETICOS por el de Zonas Especiales de Desarrollo - ZED; Que, con Ley Nº 29014 se adscribe ZED ILO al Gobierno Regional de Moquegua, manteniendo su personería de derecho público, autonomía administrativa, técnica, económica, fi nanciera y operativa, otorgada por la Ley Nº 28569; en tanto que el Gobierno Regional Moquegua se encarga, de conformidad con las normas aplicables a su gestión, de supervisar la administración, la promoción y desarrollo de dicho organismo; Que, ante ZED no se tramitan procedimientos administrativos y se presta servicios en exclusividad a través de sus diferentes áreas administrativas, por lo que ha elaborado el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, como documento de gestión institucional que brinda a los administrados o ciudadanía en general la información sobre todos los procedimientos administrativos que se tramitan ante dicha entidad; Que, el mencionado TUPA comprende diferentes procedimientos administrativos que observan el principio de legalidad establecido en el Artículo 36º de la Ley 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General (modi fi cada por D.L Nº 1272), con la descripción clara y taxativa de todos los requisitos exigidos en cada uno de ellos, la cali fi cación de cada procedimiento de evaluación previa o aprobación automática, el silencio administrativo, los supuestos en que procede el pago de derechos de tramitación, las vías de recepción adecuadas para acceder a dichos procedimientos, la autoridad competente llamada a resolver en cada instancia y los formularios que serán empleados durante la tramitación del respectivo procedimiento, cumpliendo lo dispuesto en el artículo37 de la Ley en mención. Que, estando a lo dispuesto en el artículo 38° de la Ley Nº 27444 (modi fi cada por D.L. Nº 1272), concordante con el artículo 15º del Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, el inciso a) del artículo 15º y el artículo 38° de la Ley Nº 27867, el TUPA a que se re fi eren los considerandos precedentes debe ser aprobado mediante la presente Ordenanza Regional, luego de haber sido evaluado, por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial según Informe Nº 04 -2018-0DI-GRPPATIGR.MOQ, así como por la Dirección Regional de Asesoría Jurídica, según el informe Nº 39-2018-DRAJIGR.MOQ, la sustentación legal y técnica remitida por ZED ILO: Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modi fi catorias, Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053 y el reglamento interno del Consejo Regional. El Consejo Regional con el voto por mayoría de sus miembros y la dispensa de lectura y aprobación del acta, aprobó lo siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL TUPA DE ZED - ILO Artículo Primero. - APROBAR el “Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Zona Especial de Desarrollo Ilo - ZED ILO”, formato que con veintiocho (28) procedimientos administrativos y su respectiva sustentación legal y técnica, en Anexos, forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo. - PUBLICAR, la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial El Peruano y conjuntamente con el formato del TUPA en la página web del Gobierno Regional de Moquegua. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Moquegua para su promulgación. En Moquegua, a los 3 días del mes de mayo de 2018.YESNANY P. QUILCO FLORES Consejera DelegadaConsejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional Moquegua, a los catorce días del mes de mayo del dos mil dieciocho. JAIME ALBERTO RODRIGUEZ VILLANUEVA Gobernador Regional 1667108-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales.