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31 NORMAS LEGALES Viernes 13 de julio de 2018 El Peruano / Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1668761-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0392/RE-2018 Lima, 9 de julio de 2018CONSIDERANDO:Que, el 23 y 24 de julio de 2018, se realizarán el V Encuentro Empresarial de la Alianza del Pací fi co, el III Encuentro del Consejo de Ministros con Estados Observadores; y, la XIII Cumbre Presidencial de la Alianza del Pací fi co, en la ciudad de Puerto Vallarta, Estados Unidos Mexicanos; Que, en el marco de la XIII Cumbre Presidencial, la República del Perú asumirá la Presidencia Pro Tempore de este mecanismo de integración por el período de doce meses; Que, con la fi nalidad de coordinar, organizar los aspectos logísticos, protocolares y de ceremonial vinculados a la participación peruana en las citadas reuniones, se estima necesario que el Embajador en el Servicio Diplomático de la República Juan Carlos Gamarra Skeels, Director General de Protocolo y Ceremonial del Estado, viaje a la ciudad de Puerto Vallarta, Estados Unidos Mexicanos, del 22 al 24 de julio de 2018; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N° 1838 del Despacho Viceministerial; y la Memoranda (PRO) N° PRO00245/2018, de la Dirección General de Protocolo y Ceremonial del Estado, ambos de 4 de julio 2018; y (OPR) N° OPR00257/2018, de la O fi cina de Programación y Presupuesto, de 6 de julio de 2018, que otorga la certi fi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por la Ley N° 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y sus modi fi catorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modi fi catorias; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 130-2003-RE y sus modi fi catorias; y, la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Juan Carlos Gamarra Skeels, Director General de Protocolo y Ceremonial del Estado, a la ciudad de Puerto Vallarta, Estados Unidos Mexicanos, del 22 al 24 de julio de 2018, para participar en reuniones de avanzada de la XIII Cumbre de la Alianza del Pací fi co. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0094385 Protocolo, Ceremonial del Estado y Diplomático, Privilegios e Inmunidades, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes aéreos Clase Económica US$Viáticos por día US$N° de díasTotal viáticos US$ Juan Carlos Gamarra Skeels1,480.00 440.00 3 + 1 1,760.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1668761-2 SALUD Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1153, que regula la Política Integral de Compensaciones y Entregas Económicas del Personal de la Salud al Servicio del Estado DECRETO SUPREMO Nº 015-2018-SA El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1153, se regula la Política Integral de Compensaciones y Entregas Económicas del Personal de la Salud al Servicio del Estado, cuya fi nalidad es que el Estado alcance mayores niveles de e fi cacia, e fi ciencia, y preste efectivamente servicios de calidad en materia de salud a la ciudadanía, a través de una política integral de compensaciones y entregas económicas que promueva el desarrollo del personal de la salud al servicio del Estado; Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1153, señala que el Reglamento del precitado Decreto Legislativo se aprueba mediante Decreto Supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Salud en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas; y para el caso de las Compensaciones No Económicas, a propuesta del Ministerio de Salud, en coordinación con la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 451-2017/ MINSA, se dispuso la publicación del Proyecto de Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1153, que regula la Política Integral de Compensaciones y Entregas Económicas del Personal de la Salud al Servicio del Estado, y su Exposición de Motivos, en el portal institucional del Ministerio de Salud, a efectos de recibir las sugerencias y comentarios de las entidades públicas o privadas, así como de la ciudadanía en general, durante el plazo de treinta (30) días calendario; Que, en consecuencia resulta necesario aprobar el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1153 que regula la Política Integral de Compensaciones y Entregas Económicas del Personal de la Salud al Servicio del Estado; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Legislativo Nº 1153, que aprueba la Política Integral de Compensaciones y Entregas Económicas del Personal de la Salud al Servicio del Estado; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA:Artículo 1.- Aprobación Apruébese el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1153, que regula la Política Integral de Compensaciones y Entregas Económicas del Personal de la Salud al Servicio del Estado, el mismo que consta de cuatro (4) capítulos, diecisiete (17) artículos, siete (7) Disposiciones