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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JULIO DEL AÑO 2018 (13/07/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 39

39 NORMAS LEGALES Viernes 13 de julio de 2018 El Peruano / ORGANISMOS EJECUTORES SEGURO INTEGRAL DE SALUD Aprueban Transferencia Financiera del SIS a favor del Instituto Regional de Oftalmología e Instituto Regional de Enfermedades Neoplásicas del Gobierno Regional de La Libertad RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 137-2018/SIS Lima, 12 de julio de 2018VISTOS: El Informe Nº 029-2018-SIS/GNF-SGGS/ EAVR con Proveído N° 416-2018-SIS/GNF y el Informe N° 049-2018-SIS/GNF-SGF/PMRA con Proveído Nº 417-2018-SIS/GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, el Informe N° 024-2018-SIS/OGPPDO-DADZ con Proveído N° 128-2018SIS/OGPPDO de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y el Informe N° 203-2018-SIS/OGAJ-DE con Proveído N° 480-2018-SIS/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece los principios, los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se re fi ere el artículo 11 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77 y 78 de la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza al Seguro Integral de Salud - SIS a efectuar transferencias fi nancieras para el fi nanciamiento del costo de las prestaciones de salud brindadas a sus asegurados; asimismo, en el numeral 15.2 del artículo 15 de la citada Ley, se señala que las referidas transferencias deberán aprobarse mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose de informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, y que dicha resolución debe publicarse en el Diario O fi cial El Peruano; Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1163, que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud establece que la transferencia de fondos o pago que efectúe el SIS requiere la suscripción obligatoria de un convenio o contrato, pudiendo tener una duración de hasta tres (3) años; Que, la Resolución Jefatural N° 275-2017/SIS, que aprueba la Directiva Administrativa N° 001-2017-SIS-GNF-V.01 «Directiva Administrativa para el Monitoreo, Supervisión y Seguimiento de las Transferencias Financieras del Seguro Integral de Salud», señala que la fi nalidad de ésta norma técnica es establecer los criterios para veri fi car el cumplimiento de los fi nes de las transferencias fi nancieras y, de ese modo, preservar la cobertura de atenciones de salud y prestaciones administrativas a sus asegurados; Que, mediante el Informe N° 029-2018-SIS/GNF- SGGS/EAVR, la Gerencia de Negocios y Financiamiento - GNF propone la programación de transferencias fi nancieras por el importe de S/ 4 357 143.00 (Cuatro millones trescientos cincuenta y siete mil ciento cuarenta y tres y 00/100 Soles), en el marco del Convenio suscrito entre el Seguro Integral de Salud y el Gobierno Regional de La Libertad para el Financiamiento de las Prestaciones de Salud brindadas a sus asegurados en Hospitales y/o Institutos Especializados, así como sus respectivas adendas, detallados en el mencionado informe. Asimismo, mediante Memorando N° 564-2018-SIS/GNF se solicitó a la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional aprobar la Certi fi cación Presupuestal N° 975, a fi n de realizar las transferencias mencionadas; Que, mediante Informe N° 024-2018-SIS/OGPPDO- DADZ, la OGPPDO emite opinión favorable respecto a la disponibilidad presupuestal y aprueba la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 975-2018, por el importe de S/ 4 357 143.00 (CUATRO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO CUARENTA Y TRES), para el fi nanciamiento de las prestaciones de las prestaciones de salud de los asegurados del Seguro Integral de Salud en Institutos Especializados del Gobierno Regional de La Libertad, para el ejercicio 2018; Que, según Informe N° 049-2018-SIS/GNF-SGF/ PMRA, conforme a las cláusulas establecidas en el Convenio suscrito entre el Seguro Integral de Salud y el Gobierno Regional de La Libertad para el Financiamiento de las Prestaciones de Salud brindadas a sus asegurados en Hospitales y/o Institutos Especializados, así como sus adendas respectivas, la GNF procedió a realizar el cálculo de los importes a transferir y propuso efectuar las transferencias de los recursos fi nancieros, por el monto ascendente a S/ 4 357 143.00 (CUATRO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO CUARENTA Y TRES); Que, mediante Informe N° 203-2018-SIS/OGAJ-DE con Proveído N° 480-2018-SIS/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, sobre la base de lo opinado por los órganos técnicos, considera viable emitir la Resolución Jefatural de Transferencias Financieras a favor de las Unidades Ejecutoras del Gobierno Regional antes mencionado, para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud a los asegurados del SIS; Con el visto del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 15.2 del artículo 15 de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo N° 002-2016- SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 001 Seguro Integral de Salud - SIS hasta por la suma de S/ 4 357 143.00 (CUATRO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO CUARENTA Y TRES), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios y al calendario julio de 2018, a favor de las Unidades Ejecutoras Instituto Regional de Oftalmología e Instituto Regional de Enfermedades Neoplásicas conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural, para fi nanciar las prestaciones de salud que se brinden, en el marco del Convenio y adendas respectivas suscritos por el Seguro Integral de Salud con el Gobierno Regional de La Libertad, a favor de los asegurados SIS. Artículo 2.- Los recursos de las transferencias fi nancieras autorizadas por el artículo 1 precedente no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son autorizados. Artículo 3.- Encargar a la Gerencia de Negocios y Financiamiento la publicación del reporte que detalle la transferencia descrita en el Anexo de la presente Resolución Jefatural a través del Portal Institucional del Seguro Integral de Salud - SIS, http://www.sis.gob.pe. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.DORIS MARCELA LITUMA AGUIRRE Jefa del Seguro Integral de Salud 1669297-1