Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2018 (13/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano / Viernes 13 de julio de 2018

NORMAS LEGALES

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ORGANISMOS EJECUTORES

SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Aprueban Transferencia Financiera del SIS a favor del Instituto Regional de Oftalmología e Instituto Regional de Enfermedades Neoplásicas del Gobierno Regional de La Libertad
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 137-2018/SIS Lima, 12 de julio de 2018 VISTOS: El Informe Nº 029-2018-SIS/GNF-SGGS/ EAVR con Proveído N° 416-2018-SIS/GNF y el Informe N° 049-2018-SIS/GNF-SGF/PMRA con Proveído Nº 417-2018-SIS/GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, el Informe N° 024-2018-SIS/OGPPDODADZ con Proveído N° 128-2018SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y el Informe N° 203-2018-SIS/ OGAJ-DE con Proveído N° 480-2018-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece los principios, los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el artículo 11 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77 y 78 de la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza al Seguro Integral de Salud - SIS a efectuar transferencias financieras para el financiamiento del costo de las prestaciones de salud brindadas a sus asegurados; asimismo, en el numeral 15.2 del artículo 15 de la citada Ley, se señala que las referidas transferencias deberán aprobarse mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose de informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, y que dicha resolución debe publicarse en el Diario Oficial El Peruano; Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1163, que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud establece que la transferencia de fondos o pago que efectúe el SIS requiere la suscripción obligatoria de un convenio o contrato, pudiendo tener una duración de hasta tres (3) años; Que, la Resolución Jefatural N° 275-2017/SIS, que aprueba la Directiva Administrativa N° 001-2017-SISGNF-V.01 «Directiva Administrativa para el Monitoreo, Supervisión y Seguimiento de las Transferencias Financieras del Seguro Integral de Salud», señala que la finalidad de ésta norma técnica es establecer los criterios para verificar el cumplimiento de los fines de las transferencias financieras y, de ese modo, preservar la cobertura de atenciones de salud y prestaciones administrativas a sus asegurados; Que, mediante el Informe N° 029-2018-SIS/GNFSGGS/EAVR, la Gerencia de Negocios y Financiamiento - GNF propone la programación de transferencias financieras por el importe de S/ 4 357 143.00 (Cuatro millones trescientos cincuenta y siete mil ciento cuarenta y tres y 00/100 Soles), en el marco del Convenio suscrito entre el Seguro Integral de Salud y el Gobierno Regional de La Libertad para el Financiamiento de las Prestaciones de Salud brindadas a sus asegurados en Hospitales y/o Institutos Especializados, así como sus respectivas adendas, detallados en el mencionado informe. Asimismo, mediante Memorando N° 564-2018-SIS/GNF se solicitó a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional aprobar la Certificación

Presupuestal N° 975, a fin de realizar las transferencias mencionadas; Que, mediante Informe N° 024-2018-SIS/OGPPDODADZ, la OGPPDO emite opinión favorable respecto a la disponibilidad presupuestal y aprueba la Certificación de Crédito Presupuestario N° 975-2018, por el importe de S/ 4 357 143.00 (CUATRO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO CUARENTA Y TRES), para el financiamiento de las prestaciones de las prestaciones de salud de los asegurados del Seguro Integral de Salud en Institutos Especializados del Gobierno Regional de La Libertad, para el ejercicio 2018; Que, según Informe N° 049-2018-SIS/GNF-SGF/ PMRA, conforme a las cláusulas establecidas en el Convenio suscrito entre el Seguro Integral de Salud y el Gobierno Regional de La Libertad para el Financiamiento de las Prestaciones de Salud brindadas a sus asegurados en Hospitales y/o Institutos Especializados, así como sus adendas respectivas, la GNF procedió a realizar el cálculo de los importes a transferir y propuso efectuar las transferencias de los recursos financieros, por el monto ascendente a S/ 4 357 143.00 (CUATRO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO CUARENTA Y TRES); Que, mediante Informe N° 203-2018-SIS/OGAJ-DE con Proveído N° 480-2018-SIS/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, sobre la base de lo opinado por los órganos técnicos, considera viable emitir la Resolución Jefatural de Transferencias Financieras a favor de las Unidades Ejecutoras del Gobierno Regional antes mencionado, para el financiamiento de las prestaciones de salud a los asegurados del SIS; Con el visto del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 15.2 del artículo 15 de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 0112011-SA, modificado por Decreto Supremo N° 002-2016SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 001 Seguro Integral de Salud - SIS hasta por la suma de S/ 4 357 143.00 (CUATRO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO CUARENTA Y TRES), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios y al calendario julio de 2018, a favor de las Unidades Ejecutoras Instituto Regional de Oftalmología e Instituto Regional de Enfermedades Neoplásicas conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural, para financiar las prestaciones de salud que se brinden, en el marco del Convenio y adendas respectivas suscritos por el Seguro Integral de Salud con el Gobierno Regional de La Libertad, a favor de los asegurados SIS. Artículo 2.- Los recursos de las transferencias financieras autorizadas por el artículo 1 precedente no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son autorizados. Artículo 3.- Encargar a la Gerencia de Negocios y Financiamiento la publicación del reporte que detalle la transferencia descrita en el Anexo de la presente Resolución Jefatural a través del Portal Institucional del Seguro Integral de Salud - SIS, http://www.sis.gob.pe. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. DORIS MARCELA LITUMA AGUIRRE Jefa del Seguro Integral de Salud 1669297-1

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