Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2018 (13/07/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 40

40

NORMAS LEGALES

Viernes 13 de julio de 2018 /

El Peruano

Aprueban la "Directiva Administrativa que regula la Atención de Denuncias sobre Actos de Corrupción en el Seguro Integral de Salud y sobre el Otorgamiento de Medidas de Protección al Denunciante"
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 138-2018/SIS Lima, 12 de julio de 2018 VISTOS: El Informe N° 002-2018-SIS/SG-UFI de la Unidad Funcional - Oficina de Integridad Institucional, el Memorando N° 517-2018-SIS-SG de la Secretaría General, el Informe N° 058-2018/SIS-OGPPDO-UOCAAMZ con Proveído N° 130-2018-SIS/OGPPDO, el Informe N° 029-2018-SIS/OGTI/WBB con Proveído N° 331-2018-SIS/OGTI de la Oficina General de Tecnología de la Información, el Informe N° 270-2018-SIS-OGAR/ OGRH de la Oficina Gestión de Recursos Humanos, el Memorando N° 1635-2018-SIS-OGAR de la Oficina General de Administración de Recursos y el Informe N° 207-2018-SIS/OGAJ-EBH con Proveído N° 484-2018SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Seguro Integral de Salud - SIS es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Salud, conforme a las disposiciones de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, constituido como Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS), en virtud a lo dispuesto por el artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2014-SA, cuya misión es administrar fondos y gestionar riesgos de salud, a través de una gestión eficiente, financiando siniestros, fomentando la cultura de aseguramiento y de prevención en salud para la satisfacción de la población objetivo; Que, el Decreto Legislativo N° 1327 que establece Medidas de Protección para el denunciante de actos de corrupción y sanciona las denuncias realizadas de mala fe, tiene por objeto establecer procedimientos y mecanismos para facilitar e incentivar las denuncias realizadas de buena fe de actos de corrupción y sancionar las denuncias realizadas de mala fe, con la finalidad de fomentar y facilitar que cualquier persona que conoce de la ocurrencia de un hecho de corrupción en la Administración Pública pueda denunciarlo; Que, el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1327, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2017-JUS, establece en sus artículos 4 y 5, el procedimiento de denuncia y de implementación y ejecución de las medidas de protección del denunciante; Que, la Primera Disposición Complementaria Final del citado Reglamento dispone que las entidades bajo el ámbito de aplicación de dicho Reglamento emitan las directivas y protocolos necesarios para la implementación del Decreto Legislativo N° 1327, los que deben difundirse por los canales habituales que la entidad utiliza para comunicarse con todos los servidores civiles que la integran, así como publicitarse en los espacios comunes de atención al público, a proveedores y contratistas de la entidad; Que, el numeral 2.1 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1327, establece que la Oficina de Integridad Institucional es la unidad orgánica que asume regularmente las labores de promoción de la integridad y ética institucional en las entidades públicas; Que, mediante Decreto Supremo N° 092-2017-PCM, se aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción que tiene dentro de sus objetivos específicos fortalecer el mecanismo para la gestión de denuncias por presuntos actos de corrupción, siendo responsabilidad de las entidades llevar a cabo campañas y programas de comunicación para difusión; Que, a través del documento de Vistos, la Unidad Funcional - Oficina de Integridad Institucional de la Secretaría General, conformada mediante Resolución

Jefatural N° 059-2018/SIS, propone la aprobación del proyecto de Directiva Administrativa que regula la Atención de Denuncias sobre Actos de Corrupción en el Seguro Integral de Salud y sobre el Otorgamiento de Medidas de Protección al Denunciante, cuyo objetivo es establecer el mecanismo que facilite e incentive el trámite de denuncias por presuntos actos de corrupción en el Seguro Integral de Salud, dentro del marco del Decreto Legislativo N° 1327 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2017-JUS; Que, mediante la Resolución Jefatural N° 026-2015/ SIS se aprobó la Directiva Administrativa N° 001-2015SIS/OGPPDO - V.01 "Directiva Administrativa sobre Normas para la Elaboración o Actualización, Aprobación, Difusión, Implementación y Evaluación de las Directivas Administrativas del Seguro Integral de Salud (SIS)", cuyo numeral 5.4.5 señala que la aprobación de una Directiva Administrativa se concretará mediante la expedición de la correspondiente Resolución, emitida por la Jefatura del SIS; Con el visto del Director General de la Oficina General de Administración de Recursos, del Director General de la Oficina General de Tecnología de la Información, de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General; De conformidad con lo establecido en el numeral 11.8 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA, modificado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Directiva Administrativa N° 0012018-SIS/SG - V.01, "Directiva Administrativa que regula la Atención de Denuncias sobre Actos de Corrupción en el Seguro Integral de Salud y sobre el Otorgamiento de Medidas de Protección al Denunciante", cuyo texto y Anexos forman parte integrante de la presente Resolución Jefatural. Articulo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. DORIS MARCELA LITUMA AGUIRRE Jefa del Seguro Integral de Salud 1669299-1

ORGANISMOS REGULADORES

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES
Modifican Reglamento de Portabilidad Numérica en el Servicio Público Móvil y el Servicio de Telefonía Fija
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 159-2018-CD/OSIPTEL Lima, 5 de julio de 2018 MATERIA : Modificación del Reglamento de Portabilidad Numérica en el Servicio Público Móvil y el Servicio de Telefonía Fija.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.