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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JULIO DEL AÑO 2018 (13/07/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 80

80 NORMAS LEGALES Viernes 13 de julio de 2018 / El Peruano Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 1678-2018; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al Banco Azteca del Perú S.A. la recti fi cación del distrito y provincia de dos o fi cinas especiales según el siguiente cuadro: DISTRITO PROVINCIA Nº DIRECCIÓN DICEDEBE DECIRDICEDEBE DECIRDEPAR- TAMENTO 1Av. Dos de Mayo 1267Puerto MaldonadoTambo- pataPuerto MaldonadoTambo- pataMadre de Dios 2Av. Centenario 113APucallpa Calleria PucallpaCoronel PortilloUcayali Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTES Intendente General de Banca 1668617-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO Aprueban convocatoria y cronograma de Audiencias Públicas Regionales de “Logros y Avances 2018 del Gobierno Regional de Ayacucho” DECRETO REGIONAL Nº 002-2018-GRA/GR Ayacucho, 3 de julio del 2018 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización Ley Nº 27680, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y sus modi fi catorias, se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política y administrativa en los asuntos de competencia. Que, en atención a los principios enunciados, el artículo 24º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, dispone que “El Gobierno Regional realizará como mínimo 02 Audiencias Públicas Regionales al año, una en la capital de la Región y otra en una Provincia, en las que dará cuenta de los logros y avances alcanzados durante el periodo”; Que, Las Audiencias Públicas tienen como propósito posibilitar mejores condiciones de transparencia, generar confi anza en la Ciudadanía hacia el Gobierno Regional, así como facilitar el control social, permitiendo una mayor comunicación entre la Ciudadanía y Autoridades; y contribuir a la credibilidad y legitimidad del ejercicio; Que, mediante Ordenanza Regional Nº002-2011- GRA/GR, de fecha 20 de agosto de 2011, se aprueba el Reglamento para el Desarrollo de Audiencias Públicas Regionales del Gobierno Regional de Ayacucho. Que, asimismo con Ordenanza Regional Nº 015-2012- GRA/CR, de fecha 31 de mayo de 2012, se modi fi ca el Reglamento aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 020-2011-GRA/CR, para el Desarrollo de las Audiencias Públicas Regionales del Gobierno Regional de Ayacucho, el cual en su artículo 9º establece que la convocatoria para la Audiencia Pública Regional será realizada por la Presidencia Regional aprobada mediante Decreto Regional. Que siendo política del Gobierno, llevar a cabo una Gestión Pública Regional basada en principios de e fi ciencia, transparencia y de compromiso con el desarrollo de la Región Ayacucho, se ha visto por conveniente convocar a las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas que realizará el Gobierno Regional de Ayacucho en el año 2018. En uso de las atribuciones conferidas, la Gobernación Regional de Ayacucho; DECRETA:Artículo Primero.- APROBAR la convocatoria que en anexo 01 adjunto forma parte del presente Decreto y el cronograma de las Audiencias Públicas Regionales de “Logros y Avances 2018 del Gobierno Regional de Ayacucho”, conforme se describe a continuación: - 1º Audiencia Pública Regional Descentralizada en la ciudad de Víctor Fajardo, capital de la provincia de Víctor Fajardo, el día viernes 24 de Agosto del 2018, a las 9:00 horas. - 2ºAudiencia Pública Regional en la ciudad de Ayacucho, capital de la provincia de Huamanga, el día viernes 28 de Diciembre del 2018, a las 9:00 horas Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional e Informática y Unidad de Comunicaciones, la publicación y difusión de la Convocatoria de las Audiencias Públicas Regionales para el Año Fiscal 2018. Artículo Tercero.- TRANSCRIBIR el presente Decreto al Consejo Regional, Gerentes Regionales, Directores Regionales Sectoriales, Directores de las Ofi cinas Sub Regionales, Unidades Operativas, Consejo de Coordinación Regional y demás instancias técnico - administrativo del Gobierno Regional de Ayacucho, que corresponda para su cumplimiento. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.WILFREDO OSCORIMA NÚÑEZ Gobernador 1668927-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Ordenanza que aprueba el Reglamento de Supervisión Ambiental de la Municipalidad ORDENANZA Nº 513-MPL Pueblo Libre, 7 de junio de 2018EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE VISTO: en Sesión Ordinaria Nº 10 de la fecha el Dictamen Nº 3-2018-MPL-CPL/CODUMA de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, así como, el numeral 22 del artículo 2º de la Carta Magna señala que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que la autonomía que la Carta Magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos