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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JUNIO DEL AÑO 2018 (12/06/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 6

6 NORMAS LEGALES Martes 12 de junio de 2018 / El Peruano promoviendo el estudio y difusión de la herencia ancestral afroperuana. Manuel Augusto Bravo Urriola, en reconocimiento a su trayectoria difundiendo la cultura afroperuana en Italia, en donde en innumerables conciertos demostró el talento innato para desarrollar esa magia que también lo ha llevado a ser distinguido por la Municipalidad Provincial de Cañete otorgándole la Medalla Cívica del Arte Negro. José Luis Palomino de la Mata, en reconocimiento a su destacado profesionalismo y su depurada técnica como artista plástico, dibujante y muralista que difunde la ancestralidad africana en nuestro país. Sus obras son una hermosa narración de historias de arte en donde cuenta con singular carácter el valor de lo afroperuano. Ha representado al país a nivel internacional. Compañía de Morenos de Tacna Nº 1, en reconocimiento a su invalorable aporte a la conservación de la cultura afrodescendiente desde su fecha de fundación el 09 de junio de 1988. Ha sido galardonada por la Municipalidad Provincial de Tacna como “Patrimonio de la Heroica ciudad de San Pedro de Tacna”. Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución a la O fi cina de Comunicación e Imagen Institucional, para los fi nes pertinenetes. Regístrese, comuníquese y publíquese.PATRICIA BALBUENA PALACIOS Ministra de Cultura 1658690-1 DEFENSA Autorizan viaje de oficial del Ejército del Perú a Colombia, por tratamiento médico RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 742-2018 DE/EP Lima, 8 de junio de 2018VISTA:La Hoja Informativa N° 003/COSALE-2018, de fecha 25 de mayo de 2018, del Comandante General del Ejército. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo indicado por la Junta Médica Intersanidades; el Informe Médico del Jefe del Servicio de Rehabilitación Física del Hospital Militar Central; y, la Junta Médica Institucional del Servicio de Rehabilitación Física - Hospital Militar Central del Comando de Salud del Ejército, el Capitán EP (R) Carlos Enrique FELIPA CÓRDOVA, requiere atención médica especializada en el Centro Ortopédico excelencia OTTOBOCK health care andina S.A.S, calle 138 N° 53-38 Bogotá, Colombia. Que, la “Hoja de Gastos y Declaración que Ningún Organismo Internacional Cubre los Costos que Genera la Evacuación en el Exterior”, de fecha 25 de abril de 2018, del Jefe del Departamento de Planeamiento y Presupuesto del Comando de Salud del Ejercito, hace constar que los gastos derivados de los conceptos de compensación extraordinaria, pasaje aéreo internacional y costo de tratamiento especializado (prótesis biónica), que ocasione la presente autorización de viaje, cuentan con la correspondiente certi fi cación presupuestal, de Recursos Ordinarios (RO), Grupo Genérico de Gasto 3 Bienes y Servicios, con cargo a la Unidad Ejecutora 0790: COSALE, 2.3.2.7.11.99 (servicios diversos) del Año Fiscal 2018;; Que, mediante Hoja Recomendación N° 005/ COSALE-2018, del 30 de abril de 2018, suscrita por el Comando de Salud del Ejército y aprobada por el Comandante General del Ejército, se recomienda la evacuación internacional del Capitán EP (R) Carlos Enrique FELIPA CÓRDOVA, para renovación de prótesis supracondilea de miembro inferior izquierdo y tratamiento pre protésico especializado en el Centro Ortopédico excelencia OTTOBOCK health care andina S.A.S, calle 138 N° 53-38 Bogotá, Colombia, por el periodo de uno (01), mes comprendido entre el 16 de junio al 16 de julio de 2018, debiendo viajar el 15 de junio y retornar el 16 de julio del 2018; Que, en el citado documento se detallan los conceptos que serán sufragados por el Ejército del Perú: compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, tratamiento médico altamente especializado y compra de pasajes de ida y retorno, los cuales concuerdan con los supuestos previstos en los literales c) y d) del artículo 14 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, el artículo 15 del Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG establece que el personal militar en la situación de disponibilidad y retiro cuya lesión o afección ha sido contraída en Acción de Armas o en acto, con ocasión o como consecuencia de servicio, y cuyo estado de salud requiera necesariamente tratamiento médico altamente especializado, podrá ser evacuado en centros de salud altamente especializados, sujetos a la disponibilidad presupuestal, para lo cual deberá contar previamente con el peritaje medico e informe de la Junta de Sanidad de la Institución Armada; Que, mediante el Dictamen N° 1297-2018/OAJE/L.4, de fecha 28 de mayo de 2018, la O fi cina de Asuntos Jurídicos del Ejército, opino que es viable autorizar el viaje al exterior del Capitán EP (R) Carlos Enrique FELIPA CORDOVA, con la fi nalidad que reciba el tratamiento médico altamente especializado; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducida en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y Policial de la Policía Nacional del Perú, que se encuentran percibiendo el personal militar que sea nombrado en Misión de Estudios, Comisión de Servicios o Tratamiento Médico Altamente Especializado; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 006-2016-DE; la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y su modi fi catoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2003-PCM; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, y sus modi fi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del Personal Militar y Civil del sector defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior y, Estando a lo propuesto por el señor General de Ejército Comandante General del Ejército; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior por tratamiento médico altamente especializado del Capitán EP (R) Carlos Enrique FELIPA CÓRDOVA, identi fi cado con DNI 41225073, al Centro Ortopédico excelencia OTTOBOCK health care andina S.A.S, calle 138 N° 53-38 Bogotá, Colombia, por el periodo de uno (01), mes comprendido entre el 16 de junio al 16 de julio de 2018, debiendo viajar el 15 de junio y retornar el 16 de julio del 2018; Artículo 2.- El Ejército del Perú efectuará los pagos que correspondan, con cargo a su presupuesto