Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2018 (09/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Viernes 9 de marzo de 2018

NORMAS LEGALES

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Despacho Ministerial, a la ciudad de Brasilia, República Federativa de Brasil, del 18 al 22 de marzo de 2018, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, serán cubiertos por el Ministerio del Ambiente, de acuerdo al siguiente detalle: JOSE LUIS RUIZ PEREZ Pasajes internacionales Viáticos (por 4 días) US$ US$ 795.12 1480.00

Artículo 3.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, el servidor cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deberá presentar un informe detallado sobre el resultado del evento y las acciones que se deriven a favor del Ministerio del Ambiente; así como, la respectiva rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- Notificar la presente Resolución Ministerial al Gabinete de Asesores, así como a la Oficina General de Recursos Humanos, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELSA GALARZA CONTRERAS Ministra del Ambiente 1623915-1

Aprueban Ficha Técnica de proyectos de inversión Estándar y/o Simplificados Servicio de limpieza pública, y el Instructivo para su aplicación
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 101-2018-MINAM Lima, 8 de marzo de 2018 Vistos, el Informe N° 0056-2018-MINAM/VMGA/ DGRS, de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos; el Informe 132-2018-MINAM/SG/OGPP/OPPMI, de la Oficina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones; el Informe N° 170-2018-MINAM/SG/ OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 1252 crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país; Que, el artículo 6 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, aprobado por el Decreto Supremo Nº 027-2017EF, en adelante el Reglamento, establece que el Órgano Resolutivo es el Ministro, el Titular o la máxima autoridad ejecutiva del Sector; a quien le corresponde, entre otras funciones, aprobar las metodologías específicas para la formulación y evaluación de los proyectos de inversión que se enmarquen en su responsabilidad funcional, aplicables a los tres niveles de gobierno; Que, el literal k) del numeral 7.1 del artículo 7 del Reglamento establece que la Oficina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) de un Sector del Gobierno Nacional es la unidad orgánica con la responsabilidad de elaborar y proponer las metodologías específicas para la formulación de los proyectos de inversión que se enmarquen en la responsabilidad funcional del Sector, en coordinación con las Unidades Formuladoras del Sector, cuando corresponda;

Que, el numeral 11.4 del artículo 11 del Reglamento establece que en el marco de las metodologías específicas, los Órganos Resolutivos de los Sectores del Gobierno Nacional, definirán progresivamente las Fichas Técnicas aplicables a los proyectos de inversión, las cuales pueden ser para proyectos estándar, o simplificadas. Asimismo, señala que la OPMI de cada Sector del Gobierno Nacional propone a su Órgano Resolutivo, la estandarización de proyectos y las Fichas Técnicas respectivas; Que, los literales a) y b) del numeral 5.3 del artículo 5 de la Directiva N° 002-2017-EF/63.01, Directiva para la Formulación y Evaluación en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral N° 0022017-EF/63.01, establecen como función de la OPMI elaborar y proponer las metodologías específicas para la formulación de los proyectos de inversión que se enmarquen en la responsabilidad funcional del Sector, en coordinación con las Unidades Formuladoras del Sector, cuando corresponda; así como proponer a su Órgano Resolutivo, la estandarización de proyectos y las fichas técnicas respectivas para su desarrollo; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 167-2017-MINAM, modificada por Resolución Ministerial N° 373-2017-MINAM, se designó a la Oficina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Ambiente como unidad orgánica encargada de realizar las funciones de la OPMI del Sector Ambiente, así como a los órganos encargados de realizar las funciones de Unidades Formuladoras del Sector y sus responsables. Asimismo, mediante Resolución Ministerial Nº 240-2017-MINAM, se designó a la Especialista Responsable en Inversiones de la Oficina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones del Ministerio del Ambiente, como Responsable de la OPMI del Sector Ambiente; Que, en el marco del Programa Multianual de Inversiones 2018 ­ 2020 del Sector Ambiente, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 109-2017-MINAM y actualizado mediante Resolución Ministerial Nº 271-2017-MINAM, se definieron las tipologías de proyectos, bienes y/o servicios públicos que brinda el Sector Ambiental, así como los indicadores de brechas de bienes y/o servicios de los mismos; Que, a través del Informe Nº 0056-2018-MINAM/ VMGA/DGRS, la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos remite la versión validada de la Ficha Técnica de proyectos de inversión Estándar y/o Simplificados - Servicio de limpieza pública y de su Instructivo, y recomienda proseguir con el trámite para su aprobación; Que, con el Memorando N° 200-2018-MINAM/ SG/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 132-2018-MINAM/ SG/OGPP/OPPMI, mediante el cual la Oficina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones sustenta y recomienda la aprobación de la Ficha Técnica de proyectos de inversión Estándar y/o Simplificados - Servicio de limpieza pública y la aprobación de su respectivo instructivo; Que, a través del Informe N° 170-2018-MINAM/SG/ OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que resulta viable la aprobación de los referidos instrumentos; Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; el Decreto Supremo N° 027-2017-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252; el Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y, la Resolución Directoral N° 002-2017-EF/63.01, que aprueba la Directiva Nº 002-2017-EF/63.01, Directiva para la Formulación y Evaluación en el marco del Sistema

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