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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018 (27/11/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 6

6 NORMAS LEGALES Martes 27 de noviembre de 2018 / El Peruano Artículo 3.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, los servidores cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deberán presentar un informe detallado sobre el resultado del evento y las acciones que se deriven a favor del Instituto Geofísico del Perú - IGP; así como, la respectiva rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- Noti fi car la presente Resolución Ministerial al Instituto Geofísico del Perú, para los fi nes correspondientes. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.minam.gob.pe) en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.FABIOLA MUÑOZ DODERO Ministra del Ambiente 1716589-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia Financiera en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de la Empresa Nacional de Puertos S.A. DECRETO SUPREMO N° 269-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el párrafo 9.1 del artículo 9 del Decreto de Urgencia N° 006-2018, que establece medidas para impulsar la inversión pública a través del gasto público, autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a realizar transferencias fi nancieras a favor de la Empresa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A., hasta por la suma de S/ 30 000 000,00 (TREINTA MILLONES Y 00/100 SOLES), a fi n de fi nanciar inversiones en puertos bajo el ámbito de dicha empresa, debiendo contar con el registro aprobado en el Formato Nº 2 de la Directiva Nº 002-2017-EF/63.01; Que, el párrafo 9.2 del citado artículo establece que la referida transferencia fi nanciera se aprueba mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Transportes y Comunicaciones, a propuesta de este último, previa suscripción de convenio y previa opinión del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE en el marco de sus competencias; precisando que los recursos materia de transferencia se administran en las cuentas del Tesoro Público conforme a lo que disponga la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, y pueden ser considerados aporte de capital del Estado, emitiéndose las acciones correspondientes en el marco de la Ley N° 27170, Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado; Que, el párrafo 9.3 del citado artículo exonera, para tal efecto, al Ministerio de Transportes y Comunicaciones de lo establecido en el párrafo 80.1 del artículo 80 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, el párrafo 8.2 del artículo 8 de la Ley N° 30847, Ley que aprueba diversas disposiciones presupuestarias para promover la ejecución del gasto público en inversiones públicas y otras medidas, autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones para que, con cargo al monto de la transferencia fi nanciera autorizada a favor de la Empresa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A., hasta por la suma de S/ 30 000 000,00 (TREINTA MILLONES Y 00/100 SOLES) mediante el párrafo 9.1 del artículo 9 del Decreto de Urgencia N° 006-2018, realice transferencias fi nancieras a dicha empresa para fi nanciar las inversiones “Mejoramiento del Servicio de Embarque y Desembarque de Pasajeros en el Terminal Portuario de Iquitos, Distrito de Villa de Punchana, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto”, con Código Uni fi cado N° 2301232, y “Reparación y Mantenimiento de Pontones y Puente Basculante de los Muelles 1 y 2 del Terminal Portuario de Iquitos”, con Código Uni fi cado N° 2391354; resultando para dicho efecto aplicables los párrafos 9.2, 9.3 y 9.4 del artículo 9 del Decreto de Urgencia N° 006-2018; Que, mediante O fi cio N° 493-2018-MTC/09, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, adjunta el Ofi cio N° 365-ENAPU S.A./GG de la Gerencia General de la Empresa Nacional de Puertos S.A. -ENAPU S.A. y el Memorando N° 254-2018-MTC/09.02 de su Ofi cina de Inversiones, mediante los cuales precisa la correspondencia de la denominación de la Inversión en Optimización, Ampliación Marginal, Reposición y Rehabilitación (IOARR) con Código Uni fi cado N° 2391354, registrada en el Banco de Inversiones (“Reparación de Muelle; en el (la) Empresa Nacional de Puertos S.A. en la localidad Punchana, Distrito de Punchana, Provincia Maynas, Departamento Loreto”) con la denominación considerada en el párrafo 8.2 del artículo 8 de la Ley N° 30847 (“Reparación y Mantenimiento de Pontones y Puente Basculante de los Muelles 1 y 2 del Terminal Portuario de Iquitos”); Que, con Memorando N° 1930-2018-MTC/09, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, adjunta el Informe N° 476-2018-MTC/09.03 de su O fi cina de Presupuesto, mediante el cual emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone un proyecto de Decreto Supremo que autoriza una Transferencia Financiera, hasta por la suma de S/ 20 000 000,00 (VEINTE MILLONES Y 00/100 SOLES), a favor de la Empresa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A., para fi nanciar el proyecto de inversión “Mejoramiento del Servicio de Embarque y Desembarque de Pasajeros en el Terminal Portuario de Iquitos, Distrito de Villa de Punchana, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto”, con Código Uni fi cado N° 2301232, y la Inversión de Optimización, Ampliación Marginal, Reposición y Rehabilitación (IOARR) “Reparación de Muelle; en el (la) Empresa Nacional de Puertos S.A. en la localidad Punchana, Distrito de Punchana, Provincia Maynas, Departamento Loreto”, con Código Unifi cado N° 2391354; asimismo, indica que cuenta con el convenio correspondiente, la opinión favorable del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE y con recursos sufi cientes en el presupuesto institucional para el Año Fiscal 2018, del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en la Unidad Ejecutora 001: Administración General por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; en virtud de lo cual, con O fi cio N° 2489-2018-MTC/04, la Secretaria General del citado Ministerio solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia Financiera del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 001: Administración General, a favor de la Empresa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A. hasta por la suma de S/ 20 000 000,00 (VEINTE MILLONES Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar la ejecución del proyecto de inversión con Código Uni fi cado N° 2301232 y de la Inversión de Optimización, Ampliación Marginal, Reposición y Rehabilitación (IOARR) con Código Uni fi cado N° 2391354; De conformidad con lo establecido por el artículo 9 del Decreto de Urgencia N° 006-2018, que establece medidas para impulsar la inversión pública a través del gasto público, y el párrafo 8.2 del artículo 8 de la