Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 2018 (21/10/2018)


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70 71 72 73 74 75 76 77 78 79 80 81 82 83 84 85 86 87 70-71 71-72 72-73 73-74 74-75 75-76 76-77 77-78 78-79 79-80 80-81 81-82 82-83 83-84 84-85 85-86 86-87 87-01 TOTAL 47.14 33.98 47.83 11.58 19.91 15.36 29.06 19.4 17.81 54.17 49.19 123.88 36.47 135.61 240.55 56.53 38.37 35.55 6459.99 227°39'59" 154°5'45" 219°19'2" 230°21'29" 113°10'47" 231°7'14" 159°39'19" 112°12'15" 236°20'42" 153°2'30" 111°45'39" 199°13'21" 162°7'21" 197°4'21" 205°28'34" 184°33'50" 214°40'49" 143°45'10" 15300°0'2" 314245.101 314246.473 314262.199 314252.462 314242.224 314243.861 314232.738 314219.973 314232.891 314228.398 314239.984 314288.512 314397.238 314433.072 314553.003 314696.747 314726.813 314725.107

NORMAS LEGALES
8052025.46 8052072.58 8052102.7 8052149.53 8052154.95 8052174.79 8052185.38 8052211.48 8052225.96 8052243.2 8052296.12 8052304.16 8052363.52 8052370.33 8052433.64 8052626.51 8052674.38 8052712.72

Domingo 21 de octubre de 2018 /

El Peruano

de Tacna, a fin de que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias establecidas en el artículo 82° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Décimo.- Notificar la presente resolución a las partes administradas especificadas en el artículo 104° del Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, con sujeción a las formalidades de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ERNESTO AUSEJO CASTILLO Director General 1704324-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Aceptan renuncia de Director de la Dirección de Seguimiento y Evaluación de la Inversión Pública
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 360-2018-EF/43 Lima, 19 de octubre de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 002-2017EF/43, se designó al señor Osvaldo David Gavagnin Pay, en el cargo de Director de Programa Sectorial II ­ Director de la Dirección de Seguimiento y Evaluación de la Inversión Pública, Categoría F-3, de la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el señor Osvaldo David Gavagnin Pay ha presentado su renuncia al referido cargo, por lo que resulta pertinente aceptarla; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y, en el Decreto Supremo N° 117-2014-EF, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo Único. Aceptar la renuncia presentada por el señor Osvaldo David Gavagnin Pay al cargo de Director de Programa Sectorial II ­ Director de la Dirección de Seguimiento y Evaluación de la Inversión Pública, Categoría F-3, de la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, a partir del 20 de octubre de 2018, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS AUGUSTO OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1704375-1

Artículo Segundo.- Disponer la aplicación de las medidas provisionales señaladas en el siguiente cuadro en la poligonal especificada en el párrafo precedente, correspondiente al "Sitio Arqueológico Cerro San Antonio" ubicado en el distrito de Locumba, provincia de Jorge Basadre, departamento de Tacna:
Medida Paralización y/o cese de la afectación: X Referencia Desalojo de invasores, ocupantes ilegales. Incautación de herramientas, maquinaria pesada y vehículos de todo tipo que hayan sido utilizados para exploración, excavaciones y/o remoción sin autorización del Ministerio de Cultura.

Incautación

X

Artículo Tercero.- Precisar que en base a lo establecido en el artículo 102° numeral 102.2 del Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, toda trasgresión contra las medidas preventivas establecidas en la presente resolución será causal de responsabilidad administrativa susceptible de sanción y las demás medidas legales aplicables de conformidad con el artículo 49° de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que correspondan al caso. Artículo Cuarto.- Precisar que, dada la naturaleza provisoria de la presente resolución, la autoridad administrativa a cargo podrá disponer la modificación de las dimensiones del área que comprende a los bienes protegidos señalados en su Artículo Primero, así como la variación de las medidas complementarias respectivamente especificadas su Artículo Segundo, en virtud de hallazgos y/o circunstancias sobrevenidas o que no pudieron ser consideradas en el momento de su adopción. Artículo Quinto.- Precisar que de acuerdo a lo establecido en el artículo 100° del Reglamento de la Ley N° 28296, la presente determinación de protección provisional tendrá una vigencia máxima de un (1) año calendario, pudiendo ser prorrogado por un (1) año adicional previa justificación técnica y/o legal. Artículo Sexto.- Encargar a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Tacna, la ejecución de las medidas dispuestas en el Artículo Segundo de la presente resolución así como las acciones de control y coordinación interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución en salvaguarda del Patrimonio Cultural de la Nación. Artículo Sétimo.- Encargar a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la definitiva identificación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el presente régimen de protección provisional, según corresponda, en coordinación con la Dirección de Certificaciones del Ministerio de Cultura. Artículo Octavo.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "EL Peruano", así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe) conjuntamente con el Informe de Inspección N° 001-2018-IOH-DDC TAC-MC del 28/09/2018. Artículo Noveno.- Notificar la presente resolución a la Municipalidad Provincial de Jorge Basadre, departamento

Modifican Anexo de la R.D. N° 0222018-EF/50.01 mediante la cual se aprobaron resultados de la evaluación del cumplimiento de las metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal correspondientes al 31 de julio del año 2018
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 024-2018-EF/50.01 Lima, 18 de octubre de 2018

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