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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE OCTUBRE DEL AÑO 2018 (21/10/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Domingo 21 de octubre de 2018 / El Peruano 70 70-71 47.14 227°39'59" 314245.101 8052025.46 71 71-72 33.98 154°5'45" 314246.473 8052072.5872 72-73 47.83 219°19'2" 314262.199 8052102.773 73-74 11.58 230°21'29" 314252.462 8052149.5374 74-75 19.91 113°10'47" 314242.224 8052154.9575 75-76 15.36 231°7'14" 314243.861 8052174.7976 76-77 29.06 159°39'19" 314232.738 8052185.3877 77-78 19.4 112°12'15" 314219.973 8052211.48 78 78-79 17.81 236°20'42" 314232.891 8052225.96 79 79-80 54.17 153°2'30" 314228.398 8052243.280 80-81 49.19 111°45'39" 314239.984 8052296.1281 81-82 123.88 199°13'21" 314288.512 8052304.1682 82-83 36.47 162°7'21" 314397.238 8052363.5283 83-84 135.61 197°4'21" 314433.072 8052370.3384 84-85 240.55 205°28'34" 314553.003 8052433.64 85 85-86 56.53 184°33'50" 314696.747 8052626.51 86 86-87 38.37 214°40'49" 314726.813 8052674.3887 87-01 35.55 143°45'10" 314725.107 8052712.72 TOTAL 6459.99 15300°0'2" Artículo Segundo.- Disponer la aplicación de las medidas provisionales señaladas en el siguiente cuadro en la poligonal especi fi cada en el párrafo precedente, correspondiente al “Sitio Arqueológico Cerro San Antonio” ubicado en el distrito de Locumba, provincia de Jorge Basadre, departamento de Tacna: Medida Referencia Paralización y/o cese de la afectación:X Desalojo de invasores, ocupantes ilegales. Incautación XIncautación de herramientas, maquinaria pesada y vehículos de todo tipo que hayan sido utilizados para exploración, excavaciones y/o remoción sin autorización del Ministerio de Cultura. Artículo Tercero.- Precisar que en base a lo establecido en el artículo 102° numeral 102.2 del Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, toda trasgresión contra las medidas preventivas establecidas en la presente resolución será causal de responsabilidad administrativa susceptible de sanción y las demás medidas legales aplicables de conformidad con el artículo 49° de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que correspondan al caso. Artículo Cuarto.- Precisar que, dada la naturaleza provisoria de la presente resolución, la autoridad administrativa a cargo podrá disponer la modi fi cación de las dimensiones del área que comprende a los bienes protegidos señalados en su Artículo Primero, así como la variación de las medidas complementarias respectivamente especi fi cadas su Artículo Segundo, en virtud de hallazgos y/o circunstancias sobrevenidas o que no pudieron ser consideradas en el momento de su adopción. Artículo Quinto .- Precisar que de acuerdo a lo establecido en el artículo 100° del Reglamento de la Ley N° 28296, la presente determinación de protección provisional tendrá una vigencia máxima de un (1) año calendario, pudiendo ser prorrogado por un (1) año adicional previa justi fi cación técnica y/o legal. Artículo Sexto .- Encargar a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Tacna, la ejecución de las medidas dispuestas en el Artículo Segundo de la presente resolución así como las acciones de control y coordinación interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución en salvaguarda del Patrimonio Cultural de la Nación. Artículo Sétimo .- Encargar a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el presente régimen de protección provisional, según corresponda, en coordinación con la Dirección de Certi fi caciones del Ministerio de Cultura. Artículo Octavo .- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “EL Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe) conjuntamente con el Informe de Inspección N° 001-2018-IOH-DDC TAC-MC del 28/09/2018. Artículo Noveno .- Noti fi car la presente resolución a la Municipalidad Provincial de Jorge Basadre, departamento de Tacna, a fi n de que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias establecidas en el artículo 82° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Décimo .- Noti fi car la presente resolución a las partes administradas especi fi cadas en el artículo 104° del Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, con sujeción a las formalidades de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ERNESTO AUSEJO CASTILLO Director General 1704324-1 ECONOMIA Y FINANZAS Aceptan renuncia de Director de la Dirección de Seguimiento y Evaluación de la Inversión Pública RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 360-2018-EF/43 Lima, 19 de octubre de 2018 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial N° 002-2017- EF/43, se designó al señor Osvaldo David Gavagnin Pay, en el cargo de Director de Programa Sectorial II – Director de la Dirección de Seguimiento y Evaluación de la Inversión Pública, Categoría F-3, de la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el señor Osvaldo David Gavagnin Pay ha presentado su renuncia al referido cargo, por lo que resulta pertinente aceptarla; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y, en el Decreto Supremo N° 117-2014-EF, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE:Artículo Único. Aceptar la renuncia presentada por el señor Osvaldo David Gavagnin Pay al cargo de Director de Programa Sectorial II – Director de la Dirección de Seguimiento y Evaluación de la Inversión Pública, Categoría F-3, de la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, a partir del 20 de octubre de 2018, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS AUGUSTO OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1704375-1 Modifican Anexo de la R.D. N° 022- 2018-EF/50.01 mediante la cual se aprobaron resultados de la evaluación del cumplimiento de las metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal correspondientes al 31 de julio del año 2018 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 024-2018-EF/50.01 Lima, 18 de octubre de 2018